El Tribunal Constitucional avala el envío de los 'papeles de Salamanca' a Cataluña

El Tribunal Constitucional avala el envío de los 'papeles de Salamanca' a Cataluña

EFE

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad que interpuso la Junta de Castilla y León contra la ley por la que se enviaron a Cataluña los llamados "papeles de Salamanca" en 2006.

La resolución considera que el envío a Cataluña de los papeles no vulnera la obligación que la Constitución impone al Estado central de custodiar documentos de este valor histórico, como defendía la Junta. Los conocidos como "papeles de Salamanca" son un conjunto de documentos incautados durante la Guerra Civil por las tropas de Franco a la Generalitat republicana y a otras instituciones catalanas, que fueron depositados en Salamanca y que regresaron a Cataluña en 2006, después de 25 años de reclamaciones y posturas encontradas.

La Junta de Castilla y León recurrió contra la medida en un escrito que denunciaba el "expolio" que suponía dividir el archivo, enviando una parte central del mismo a Cataluña, y privarlo de su sentido global de memoria sobre toda la represión posterior a la Guerra Civil. Por ello, la medida vulneró la obligación constitucional del Estado de proteger estos bienes públicos, decía el recurso.

La Junta recordaba cómo en 1979 los documentos incautados "por los organismos represores" se integraron en el Archivo Histórico Nacional con sede en Salamanca, "beneficiándose de la protección que el ordenamiento jurídico dispensa a éste y a los demás archivos estatales". Pasaron luego a integrar el Archivo General de la Guerra Civil Española, todo ello siguiendo la voluntad del ejecutivo estatal, un proceso culminado en 1999.

RECURSO DE LA JUNTA

Años después, la ley impugnada "pone en peligro de pérdida o destrucción los valores vinculados a los fondos documentales que se conservan en un archivo de titularidad estatal perturbando gravemente el cumplimiento de su función social, lo que constituye un supuesto típico de expoliación", dice el recurso.

La ley recurrida, "en la medida que desvirtúa y mutila el Archivo General de la Guerra Civil Española", creado para conservar y custodiar "todo el acervo documental concerniente a la represión política", es contraria al texto fundamental que debería "garantizar la integridad del Archivo y su permanencia como tal en manos del Estado", añadía el recurso.

"La adopción, por parte del legislador democráticamente elegido, de la decisión de contribuir a dar satisfacción a instituciones o ciudadanos que sufrieron, directamente o en la persona de sus familiares, las consecuencias de la Guerra Civil no puede constituir, en ningún caso, una decisión arbitraria o irracional", dice la sentencia.

"NO PUEDE TACHARSE DE ARBITRARIA"

"La protección del interés de los propietarios originarios o de sus sucesores de recuperar lo que en su día les fue incautado, que se promueve con la restitución legalmente prevista, constituye un interés constitucionalmente legítimo", añade.

"No puede tacharse de arbitraria una norma que persigue una finalidad razonable y que no se muestra desprovista de todo fundamento, aunque pueda legítimamente discreparse de la concreta solución adoptada", dice también la sentencia.

Y añade que "entrar en un enjuiciamiento de cuál sería la medida justa supone discutir una opción tomada por el legislador que, aun cuando pueda ser discutible", no es inconstitucional.

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Rodrigo Carretero es Traffic Editor Manager en 'El HuffPost' y trabaja desde Madrid. Licenciado en Periodismo por la Universidad de Valladolid y Máster en Periodismo por la Universidad Autónoma de Madrid, ha trabajado en 'El Día de Valladolid', en 'El País' y en las radios musicales del grupo Prisa. Puedes contactar con él en rodrigo.carretero@elhuffpost.es