El PSOE recurre ante el Constitucional la ley que regula el cierre de Canal 9

El PSOE recurre ante el Constitucional la ley que regula el cierre de Canal 9

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La portavoz del Grupo Parlamentario Socialista, Soraya Rodríguez, y el secretario general del PSPV-PSOE, Ximo Puig, presentarán este lunes un recurso ante el Tribunal Constitucional contra la Ley de las Cortes valencianas que suprimió el servicio público de la Radio Televisión Valenciana (RTVV).

Canal 9 puso fin a sus emisiones el pasado 29 de noviembre, tras 24 años de emisión, 24 días después de que el presidente de la Generalitat, Alberto Fabra, anunciara el cierre de Radio Televisión Valenciana (RTVV). De este modo, a las 12.19 horas la pantalla de la televisión se fundía 'a negro'. En el caso de Nou Ràdio, el cese fue a medianoche.

El pasado día 5 de noviembre, Fabra anunciaba el cierre de RTVV, apenas siete horas más tarde de conocerse la nulidad judicial del Expediente de Regulación de Empleo (ERE), que afectó a alrededor de un millar de trabajadores. Desde ese día, las protestas de los trabajadores no cesaron. El 11 de noviembre, 49 votos a favor de diputados del grupo popular aprobaron en el pleno del parlamento autononómico la proposición de ley presentada por el PP en la que autorizaba al Consell a la extinción, disolución y liquidación de la sociedad pública.

La norma entró en vigor el jueves 14 de noviembre, tras su publicación en el Diari Oficial de la Comunitat Valenciana (DOCV) el mismo día de su aprobación.

El PSOE ya presentó ese mismo día otro recurso ante el Constitucional contra el decreto ley 'ilegal y dictatorial' de la Generalitat valenciana de cerrar la Radio Televisión Valenciana (RTVV) y de modificar de urgencia su normativa para cambiar su dirección.

La portavoz parlamentaria Soraya Rodríguez explicó que este decreto ley era "claramente ilegal", porque va en contra del artículo 86.1 de la Constitución española, que establece que las condiciones para que se pueda dictar un decreto ley son razones extraordinarias y de urgente necesidad. El Tribunal Constitucional admitió este primer recurso, pero no suspendió la vigencia de la norma.