El juez rechaza incorporar los correos de Blesa a la causa de las preferentes

El juez rechaza incorporar los correos de Blesa a la causa de las preferentes

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El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha rechazado incorporar los correos del expresidente de Caja Madrid Miguel Blesa a la causa en la que le investiga por "idear" la emisión de participaciones preferentes, porque, afirma, fueron obtenidos "ilícitamente".

En un auto, el magistrado señala que es "palmaria la inviabilidad de establecer" una "desconexión de antijuricidad" de esta prueba, ya que "cualquier dato que se conociese a través de los correos electrónicos", que fueron anulados por la Audiencia Provincial de Madrid, "generaría la nulidad subsiguiente de todo aquello que dicha información genere".

Andreu, que rechaza así la petición que le realizó un particular representado por el despacho Jausas para que reclamara al Juzgado de Instrucción número 9 de Madrid estos documentos, afirma que "no cabe rehabilitar una prueba declarada nula por vulneración de derecho fundamental" por medio de otras pruebas que "tienen su origen o fuente precisamente en aquella primera actuación anulada".

Preferentistas personados como acusación en la causa solicitaron incorporar los emails al considerar que la correspondencia de Blesa "puede contener pruebas de la planificación llevada a cabo desde Caja Madrid para una capitalización de la entidad mediante la venta de preferentes".

"INDEBIDAMENTE ALOJADOS"

De acuerdo con el criterio de la Fiscalía, el magistrado recuerda que la Audiencia Provincial de Madrid dejó sin efecto la providencia en la que el juez Elpidio José Silva ordenó incautarlos en el marco de la causa, también anulada, en la que investigaba la concesión de un crédito de 26,6 millones al Grupo Marsans de Gerardo Díaz Ferrán.

El propio Blesa le pidió que no accediera a la petición de la acusación, alegando que sus correos corporativos fueron "ilegalmente obtenidos" y que estaban "indebidamente alojados" en un servidor de Bankia, entidad de la que no formó parte y a la que "nunca" autorizó para que "mantenga o administre su correspondencia".

"Al considerar que la providencia declarada nula vulneró el derecho a la intimidad personal y al secreto de las comunicaciones, impide la incorporación a este procedimiento de los correos electrónicos", afirma el juez, ya que la prueba, insiste, fue obtenida de manera ilegal.

No obstante, el juez sí acepta, tal y como le reclamó este querellante, solicitar a la Fundación Caja Madrid las copias íntegras y literales de todas las actas del Consejo de Administración entre abril y junio de 2009 y de la comisión de control entre enero y septiembre de ese mismo año, por ser "de interés" para la causa.