Esta es la información que deben darte a partir de ahora cuando compres alimentos sin envasar

Esta es la información que deben darte a partir de ahora cuando compres alimentos sin envasar

GTRESONLINE

En los últimos tres meses quizá te hayas fijado en que las etiquetas de algunos alimentos como las galletas, los cereales o la leche han cambiado. Se leen mejor porque la letra es más grande, los alérgenos están más destacados y viene especificada la cantidad de sal que contienen. Esto se debe a una normativa que entró en vigor en España el pasado 13 de diciembre.

La Unión Europea está implantando una serie de leyes comunitarias para que el consumidor tenga más información sobre todo aquello que come y ahora es el turno de los alimentos que vienen sin envasar o que se envasan en el punto de venta minorista. "Afecta a todos aquello que compramos a granel o al peso, como carne, pescado, queso, frutas u hortalizas, por ejemplo", detalla José María Ferrer, de Ainia Centro Tecnológico. Según explica, la norma afecta a quienes venden estos productos a petición del consumidor y también al sector de la hostelería, la restauración y el catering. "Esto incluye a los puestos móviles de comida, como el típico en el que compramos churros y buñuelos", apunta Ferrer.

El Boletín Oficial del Estado publicado este miércoles 4 de marzo recoge el Real Decreto 126/2015, que entra en vigor este jueves 5, que especifica toda la información obligatoria que a partir de ahora debe facilitar el vendedor de estos productos. La principal exigencia es que el consumidor debe recibir información clara sobre la presencia de ingredientes que pueden causar alergias o intolerancias. No era obligatorio hasta ahora, pero la norma lo impone porque se ha constatado que la mayoría de los casos de alergia alimentaria tienen su origen en alimentos no envasados.

Esta es la información que se deberá facilitar a partir de ahora al consumidor de alimentos sin envasar, según cómo se presente el producto:

1. AQUELLOS ALIMENTOS QUE SE PRESENTAN SIN ENVASAR Y AQUELLOS ENVASADOS EN EL LUGAR DE VENTA A PETICIÓN DEL COMPRADOR

Ejemplo: unos filetes comprados en la carnicería que el carnicero pesa, envuelve en papel de estraza y nos entrega.

  • Denominación del alimento.
  • Sustancias o productos que puedan causar alergias o intolerancias, como cereales con gluten, crustáceos, moluscos, huevo, pescado, cacahuetes, soja, leche y derivados, frutos de cáscara, apio, mostaza, granos de sésamo, dióxido de azufre o sulfitos en altas concentraciones o altramuces.
  • Cantidad de ingredientes utilizados en la fabricación.
  • El grado alcohólico de todas aquellas bebidas que superen una graduación en volumen de 1,2 sobre 100.

2. LOS ENVASADOS EN UN COMERCIO AL POR MENOR PARA SU VENTA INMEDIATA

Ejemplo: unos filetes comprados en la carnicería que el dependiente ya tiene preparados y empaquetados en bandejas.

  • Denominación del alimento.
  • Enumeración de los ingredientes y cantidad de cada uno.
  • Potenciales alérgenos (los mencionados en el punto anterior).
  • Cantidad neta del alimento.
  • Fecha de duración mínima o fecha de caducidad.
  • Condiciones especiales de conservación o de utilización, si fuera necesario.
  • Se especificará el grado alcohólico adquirido en el caso de las bebidas con más de 1,2% en volumen de alcohol.
  • Información nutricional.

Dentro de este punto, el BOE aclara que si el envase o la bolsa permite identificar a simple vista el producto, como en el caso de frutas, hortalizas, tubérculos o frutos secos, la información obligatoria sería la siguiente.

  • Denominación del alimento con su categoría y variedad, además del país de origen.
  • Cantidad neta.
  • Identificación del operador de la empresa alimentaria.

El vendedor tiene distintas opciones para dar la información: puede aparecer rotulada en carteles colocados junto a la mercancía, estar escrita en etiquetas adheridas al producto o, según recoge la norma, en algunos casos puede transmitirla de manera oral. Para esto último, la información dada de palabra debe ser fácilmente entendible, producirse antes del acto de compra y, "obviamente, que no tenga un coste adicional para el cliente", recuerda Ferrer.

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