Condenado a diez años de cárcel por maltratar durante 17 años de matrimonio a su esposa y violarla
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Condenado a diez años de cárcel por maltratar durante 17 años de matrimonio a su esposa y violarla

GTRES

Una pena de 17 años de maltrato se paga con 10 años de prisión. Es lo que ha decidido el Tribunal Supremo (TS), que ha condenado a penas varias que suman diez años de cárcel a un hombre que infligió durante 17 años de matrimonio "continúas agresiones" tanto "físicas como verbales" a su esposa. Además de los golpes y las vejaciones, la mujer fue violada al menos en una ocasión, después de que ella optase por separarse.

La sentencia, difundida por Europa Press, subraya que los "empujones, bofetones, agresiones" y los "insultos e improperios" eran "continuos, llegando a decirle que la tenía que matar", lo que, según remarca el fallo, ocasionó en la víctima "un enorme malestar, temor y desasosiego". Señala, además, que, como consecuencia de esta situación, ella sufre hoy una afectación psíquica, "padeciendo un trastorno adaptativo de tipo mixto ansioso-depresivo", así como "estrés postraumático".

El Alto Tribunal desestima el recurso de casación interpuesto por la defensa de A.S.S. y ratifica en todos sus pronunciamientos el fallo de la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Almería, que le condenó previamente como autor de delitos de amenazas en el ámbito familiar, lesiones, violencia habitual y agresión sexual. Por este último, se le impuso otra pena de ocho años de libertad vigilada.

EL INFIERNO EN CASA

El relato de hechos probados apunta a que, durante el matrimonio, y con una hija en común ya mayor de edad, A.S.S. maltrató a su esposa en el domicilio conyugal; se hace alusión a dos episodios de violencia concretos, uno de los cuales llevó a la víctima a poner una denuncia ante la Guardia Civil, "aunque casi de inmediato la retiró". El segundo episodio de maltrato le causó la pérdida de un diente a causa de "un puñetazo".

Un vez separados, relata la sentencia que, el 14 de mayo de 2013, el procesado se personó en un cortijo donde trabajaba como cuidadora su exmujer y comenzó a dar "grandes voces, diciéndole 'puta, ábreme la puerta' y 'zorra, si no eres para mi, no eres para nadie'".

Cuando ella salió a la puerta, A.S.S. saltó la valla, la cogió "fuertemente del pelo y la tiró al suelo, a la vez que le daba patadas y la insultaba". Finalmente, depuso su actitud porque llegó al lugar su yerno y se fue, no sin antes decirle de nuevo: "Te voy a matar. Si no eres para mí, no eres para nadie".

"COMO ABORTES, TE MATO"

Un día después, de madrugada, volvió de nuevo al cortijo, "dando gritos y golpeando la puerta" para que, así, le abrieran, por lo que la víctima optó "por franquearle el paso, con ánimo de tranquilizarle".

"Pero, nada mas entrar, el acusado le agarró por el brazo y del pelo y le llevó por la fuerza hasta la cama, al tiempo que le insultaba. Una vez en la habitación, la agredió sexualmente y, acto seguido, le dijo: 'Ahí tienes otro hijo más y, cómo abortes, te mato'", sostiene el tribunal, que remarca que ella forcejeó y le expresó "en todo momento su negativa a mantener relaciones con él".

Al marcharse, A.S.S. le amenazó diciéndole que como "le denunciara o se lo dijera a sus hijos, le iba a matar" y horas después la llamó asegurándole "que era una desgraciada porque se lo había dicho a sus hijas y, que, como le estaba buscando la ruina, él se buscaría a ella", una amenaza con insultos que repitió días después.

Como consecuencia de estos hechos, la víctima sufrió contusiones en extremidades superiores e inferiores, así como en ambas mamas y estado de ansiedad. El Supremo confirma que el proceso no podrá acercarse a ella a menos de 200 metros durante la libertad vigilada por ocho años.

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