El juez no ve delito en la pitada al himno en la final de Copa

El juez no ve delito en la pitada al himno en la final de Copa

EFE

Pitar no es delito. El juez de la Audiencia Nacional Fernando Andreu ha rechazado investigar por un delito de injurias contra el rey y otro de ultrajes a los símbolos o emblemas de España la "masiva y colectiva" pitada al himno nacional que tuvo lugar el pasado 30 de mayo durante la final de la Copa, presidida por Felipe VI, en el Camp Nou mientras se disputaban el título el Barcelona y el Athletic.

El magistrado ha dictado un auto en el que acepta la competencia de la causa de la que se inhibió el juzgado de Instrucción número 2 de Barcelona, para a continuación decretar el archivo de las actuaciones al no ser los hechos investigados constitutivos de ninguna infracción penal, al contrario de lo que sostenía la Fiscalía.

Manos Limpias se querelló en los juzgados de Barcelona contra los clubes, mientras que Vox denunció a Catalunya Acció por la emisión de un "manifiesto" de convocatoria, al que se adhirieron Sobirania i Progres; CADCI, Plataforma pel Dret a Decidir, Internacional Comisión of European Citizens, Fundació Pr-esident Macia, Ara o Mai, Catalunya diu Prou, Casal per la Llibertad i la Independencia de Catalunya, Societat Catalana de Lliure Opinió, Movimiento de Cultura Popular El Sotrac y Units per Declarar la Independencia de Catalunya.

En su auto, el juez Andreu recuerda que el magistrado de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz ya archivó una querella presentada por la Fundación Denaes por hechos similares que se produjeron en la final de la Copa del Rey de 2009 y la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal avaló su decisión.

"FORMA DE EXPRESAS DETERMINADAS CRÍTICAS"

En aquel entonces, apunta, la Fiscalía enmarcó la "sonora" pitada en el derecho a la libertad de expresión y afirmó que "esa forma de expresar unas determinadas críticas, en las que se mezclan reivindicaciones deportivas (como es el solicitar que determinadas autonomías tengan selecciones deportivas propias) con políticas (no considerarse parte de un país) no pueden considerarse como delictivas, aunque las mismas se dirijan al jefe del Estado y al himno de la nación".

El magistrado añade que la Sección Cuarta de la Sala de lo Penal respaldó el archivo dictado por el juez Pedraz en 2009, cuando señaló que "el comportamiento más que desagradable que tuvieron que soportar los monarcas y todo aquel que no compartiera lo que estaba aconteciendo" no encaja en una conducta injuriosa ni encajada en ningún tipo penal.

El responsable jurídico de VOX, Javier Ortega-Smith, ha anunciado a Europa Press su intención de recurrir el auto de archivo dictado por Andreu. El partido ya denunció los hechos en el juzgado de Instrucción número 2 de Barcelona al entender que la pitada "implicó directamente una afrenta y un perjuicio a todos los españoles".