El PSOE propone multar a las empresas por la brecha salarial de género

El PSOE propone multar a las empresas por la brecha salarial de género

Ferraz plantea crear una Oficina Nacional de Lucha contra la Discriminación por razón de sexo.

La secretaria de Igualdad del PSOE, Carmen Calvo, en rueda de prensa.Europa Press

La secretaria de Igualdad del PSOE, Carmen Calvo, ha presentado este lunes una proposición de Ley para la igualdad retributiva de hombres y mujeres que llevará al Congreso de los Diputados y que plantea reformar la Ley de Igualdad y el Estatuto de los Trabajadores para erradicar la brecha salarial, con sanciones a los empresarios que incurran en discriminación.

En rueda de prensa en Ferraz, ha explicado que se trata de atajar la brecha salarial y "más adelante" el partido presentará otra iniciativa con un "abanico más amplio" sobre igualdad laboral, y una más sobre usos del tiempo, como parte de un "libro violeta" para dar respuesta a las necesidades de las ciudadanas. Ahora, insta a reformar media docena de normas, ningún contenido orgánico, y confía en alcanzar "un acuerdo parlamentario rápido".

El texto parte de dos premisas, el derecho de los trabajadores a tener información sobre la política salarial de su empresa y la obligación de las empresas a partir de 6 trabajadores de suministrar ese tipo de datos, al menos anualmente y siempre a demanda de sus empleados. Se mantiene no obstante, que sólo tendrán obligación de elaborar planes de igualdad las compañías que tengan más de 250 asalariados.

En el Estatuto de los Trabajadores y en el del Empleado Público, el PSOE quiere introducir el concepto de trabajo de igual valor y lo define como aquel en que "la naturaleza de las actividades efectivamente encomendadas, las condiciones educativas, profesionales o de formación exigidas para su ejercicio, los factores estrictamente relacionados con su desempeño y las condiciones laborales en las que dichas actividades se llevan a cabo en realidad sean equivalentes".

Fija así que "el empresario está obligado a pagar por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución, satisfecha directa o indirectamente, y cualquiera que sea la naturaleza de la misma" igual que estará "obligado a llevar un registro con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo" y por categorías y grupos profesionales, al que sus trabajadores "tienen derecho a acceder".

De hecho, introduce un artículo según el cual "cuando en una empresa con al menos veinticinco trabajadores, el promedio de las retribuciones a los trabajadores de un sexo sea superior a los del otro en un veinticinco por ciento o más, tomando el conjunto de la masa salarial o la media de las percepciones satisfechas, se presumirá que concurre discriminación salarial por razón de sexo, salvo prueba en contrario que lo justifique por motivos no relacionados con el sexo de los trabajadores".

Conforme ha recordado Calvo, uno de "los problemas" de la Ley de Igualdad era la ausencia de régimen sancionador para estos casos. Introduce dos apartados y modifica otro del artículo 7 del la Ley sobre Infracciones del Orden Social para tipificar los incumplimientos: será infracción muy grave "no elaborar o no aplicar el plan de igualdad, incluida la auditoría salarial, o hacerlo incumpliendo manifiestamente los términos previstos", cuando exista la obligación de realizarlos.

Multas por no informar

En cuanto a las infracciones graves, lo será incumplir el deber que se introduce de información a los trabajadores sobre el registro salarial de la empresa, carecer de dicho registro o incumplir las obligaciones que se introducen en la misma reforma en materia de planes de igualdad y auditorías salariales.

Las sanciones serán de multa y con una horquilla que dependerá de la cantidad de trabajadores de la empresa afectada. Las infracciones graves conllevarán en su grado mínimo una multa del 0,11% al 0,30% de la masa salarial; en grado medio del 0,31% al 0,50%; y en su grado máximo, del 0,51 al 0,70% de la masa salarial de la empresa. Las muy graves podrán ir de del 0,71% al 1,30% en su grado máximo, aunque el PSOE está abierto a negociar estos términos con los partidos.

Se prevé además una modificación del artículo 46 bis que en la actualidad recoge las "responsabilidades empresariales específicas" para fijar que en el caso de las infracciones muy graves y en los casos de discriminación, las sanciones accesorias que ya prevé la legislación no prescribirán y 'podrán ser sustituidas por la elaboración y aplicación de un plan de igualdad, incluida una auditoría salarial en la empresa', aunque no esté obligada, "si así se determina por la autoridad laboral competente".

"En el supuesto de que no se elabore o no se aplique el plan de igualdad, incluida la auditoría salarial, o se haga incumpliendo manifiestamente los términos establecidos en la resolución de la autoridad laboral, ésta, a propuesta de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, sin perjuicio de la imposición de la sanción que corresponda (...) dejará sin efecto la sustitución de las sanciones accesorias", añade.

Una Oficina Nacional para sancionar

En materia de Inspección de Trabajo, el PSOE propone crear en los estatutos del Organismo Estatal de Inspección de Trabajo, una "Oficina Nacional de Lucha contra la Discriminación por razón de sexo en el empleo y la ocupación, en la formación profesional, en la promoción profesional, en las condiciones de trabajo, en especial las retributivas, y en las de despido".

Esta oficina deberá contar con la colaboración de todos los organismos públicos de igualdad de oportunidades y 'agentes de enlace' designados por otros Departamentos y Administraciones para una mayor coordinación, pues podrá tener entre sus funciones 'la tramitación y, en su caso, resolución de los procedimientos sancionadores iniciados por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en el ámbito de las competencias de la Administración General del Estado'.

La propuesta busca además tocar la Ley de Sociedades de Capital, con medidas como la obligación de informar sobre el importe desagregado por sexo de los sueldos, dietas y remuneraciones y cualquier clase de devengos en el personal de alta dirección y consejo de administración, así como de los anticipos y créditos concedidos a cada uno de sus miembros con el mismo desglose.

Auditorías salariales

El derecho del trabajador a recibir información no se restringe a lo salarial, pues la reforma del PSOE plantea que pueda acceder a datos, al menos anualmente, sobre la aplicación en su empresa de la igualdad de género, con datos sobre la proporción de mujeres y hombres en los diferentes niveles profesionales, así como, en su caso, sobre las medidas que se hubieran adoptado para fomentar la igualdad y la aplicación del plan de igualdad si lo hubiera.

Estos planes se quieren modificar también tocando la Ley de Igualdad, de modo que contengan medidas evaluables dirigidas a remover obstáculos que dificulten la equidad de género en las áreas de contratación, clasificación profesional, formación, promoción profesional, condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial, prevención del acoso sexual y por razón de sexo.

Es en este contexto, el de la reforma de la Ley de Igualdad, donde el PSOE introduce la regulación de las auditorías salariales, una medida propuesta por la Comisión Europea y adoptada ya en Alemania que, además, el Gobierno lleva en el borrador del Plan Estratégico de Igualdad de Oportunidades y en la Mesa Sectorial de Calidad del Empleo. La propuesta socialista dice que se desarrollarán 'reglamentariamente' junto al resto de contenidos y evaluación de los planes de igualdad.

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