Recuperar los bienes indebidamente inmatriculados por la Iglesia Católica

Recuperar los bienes indebidamente inmatriculados por la Iglesia Católica

Mezquita de Córdoba.AOL

A través de un Real Decreto del Gobierno de José María Aznar, en 1998 se le concedió a la Iglesia Católica la potestad de inmatricular bienes como si fuera una Institución Pública. La inconstitucionalidad de esta norma ha sido defendida por muchos juristas, ya que la Iglesia Católica, al igual que el resto de instituciones religiosas, no pueden tener nunca la consideración de Instituciones Públicas por ser entidades privadas, no obstante nunca se llegó a presentar ningún recurso ante el Tribunal Constitucional.

Lo que sí ha habido son dos sentencias del Tribunal Europeo de los Derechos Humanos de Estrasburgo que consideran que estos actos de inmatriculación vulneran la Convención Europea de los Derechos Humanos.

Este cambio normativo fue el resultado de una intriga sibilina a beneficio de la Iglesia del que todavía desconocemos sus consecuencias

Este cambio normativo fue el resultado de una intriga sibilina a beneficio de la Iglesia del que todavía desconocemos sus consecuencias, puesto que está por saber el uso o abuso que ha hecho la Iglesia Católica de esta potestad y el número de inmatriculaciones que ha efectuado. No obstante, conforme pasa el tiempo, se han ido descubriendo miles de bienes inmatriculados a lo largo y ancho del territorio nacional, lo que ha provocado una comprensible indignación en parte de la población, por ser actos que van contra le interés general y por considerarse actos impropios de la Iglesia Católica.

El ejemplo más demostrativo ha sido el de la Mezquita de Córdoba que en el 2006 la inscribió a su nombre la Diócesis de Córdoba por 30 euros. Este enriquecimiento fraudulento por parte de la Iglesia Católica no solo ha sido un escándalo nacional sino que muchos medios internacionales también se han interesado para darlo a conocer por lo incomprensible e indignante que supone este "affaire eclesiástico".

El Grupo Parlamentario Socialista, en la sesión de la Comisión de Justicia celebrada a principios del mes de abril de este año, defendió una proposición no de ley sobre las inmatriculaciones de la Iglesia Católica. Esta proposición salió adelante con los votos en contra del PP y Ciudadanos y la abstención del PNV.

El Grupo Parlamentario Socialista ha sacado adelante una proposición no de ley en la que se insta al Gobierno a que en el plazo de seis meses se aporte la relación de bienes inmatriculados por la Iglesia

En la misma se insta al Gobierno a que en el plazo de seis meses se aporte la relación de bienes inmatriculados por la Iglesia, acogiéndose al artículo 206 de la Ley Hipotecaria que fue modificado en 1998 a través del citado Real Decreto. Transcurrido el plazo de los seis meses establecidos en la proposición aprobada, el Gobierno ha respondido a una pregunta escrita que se le ha encomendado al Colegio de Registradores de la Propiedad la elaboración de esta lista de bienes inmatriculados por la Iglesia Católica.

Parece ser que el Gobierno acata el acuerdo de la Comisión de Justicia en el primer punto de la proposición. No obstante, desde el Grupo Parlamentario Socialista requerimos que cuando se aporte este listado al Gobierno, se remita a los distintos Grupos Parlamentarios y se haga pública. La difusión de este listado lo consideramos muy importante para que las Instituciones Públicas o cualquier persona que considere que han sido vulnerados sus derechos de propiedad con esas inscripciones puedan reclamar por vía judicial su recuperación.

Esta clara connivencia y aceptación, por parte del Gobierno, del abuso de esta potestad encomendada a la Iglesia Católica es inaceptable y debe ser conocida por la ciudadanía

Pero en esta proposición aprobada también se requiere al Gobierno analizar los documentos acreditativos de la propiedad que se han utilizado por la Iglesia y que, en caso de no ser documentos suficientes ni válidos, se reclame la propiedad de estos bienes y de aquellos considerados de dominio público que también hayan sido inmatriculados. En este caso, sin embargo, la respuesta del Gobierno ha sido bien distinta, porque considera que todas las inmatriculaciones son ajustadas a derecho y por tanto las da por válidas sin hacer ningún tipo de comprobación de los documentos aportados en la inscripción efectuada en el correspondiente Registro de la Propiedad.

Esta clara connivencia y aceptación, por parte del Gobierno, del abuso de esta potestad encomendada a la Iglesia Católica es inaceptable y debe ser conocida por la ciudadanía. La rapiña y avidez demostrada con las inmatriculaciones de miles de bienes ha producido un enorme enriquecimiento De la Iglesia Católica, a la vez que un enorme perjuicio para el patrimonio nacional. La mayoría de los bienes inmatriculados han sido bienes considerados de dominio público, por lo que no necesitaban de su inmatriculación, y de los que se han apropiado sin escritura notarial, resolución judicial o resolución administrativa que diese soporte jurídico como título de propiedad para poder registrarse.

Debemos marcarnos como objetivo político el recuperar los bienes indebidamente inmatriculados por la Iglesia Católica

Por todo ello, considero que para defender el interés general y poner en valor nuestros principios democráticos debemos marcarnos como objetivo político el recuperar los bienes indebidamente inmatriculados por la Iglesia Católica.

También es el momento de avanzar en la aconfesionalidad del Estado, eliminando los privilegios que la Iglesia Católica ha tenido, para lo que hay que denunciar los acuerdos de España con la Santa Sede de 1979, eliminar la asignación tributaria que tiene la Iglesia Católica por el 0,7% del IRPF y eliminar las exenciones fiscales que tiene en el IBI y en el resto de impuestos estatales, autonómicos y locales.

Considero que con estas iniciativas conseguiremos la igualdad de trato de la Iglesia Católica con respecto a otras confesiones religiosas, la autofinanciación con las aportaciones de los fieles de las distintas confesiones y la obligación de someterse al principio de transparencia y fiscalización del uso de fondos públicos que reciban.

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