El motivo por el que el IMSERSO ha eliminado los viajes de 15 días

El motivo por el que el IMSERSO ha eliminado los viajes de 15 días

Los estudios efectuados por el Instituto de Mayores y Servicios Sociales desaconsejan ofrecer este tipo de estancias.

Viaje del IMSERSOEUROPA PRESS

Los viajes de 15 días del IMSERSO han llegado a su fin. Con la irrupción de la pandemia de covid-19, el Instituto de Mayores y Servicios Sociales decidió finalizar las estancias de medio mes de duración.

Sin embargo, pese a que los contagios de coronavirus ya han remitido, el IMSERSO ha decidido continuar sin ofertar este tipo de viajes (que duran 14 noches y 15 días) durante la temporada 2023-2024.

El motivo no es otro que la baja demanda de esta clase de desplazamientos. El director general del IMSERSO, Luis Alberto Barriga, ha resaltado que “aparte de evaluar la calidad de los viajes, hacemos estudios preguntando por las preferencias. Los mayores quieren viajes de más corta duración”.

En concreto, el máximo responsable del Instituto de Mayores y Servicios Sociales ha precisado que “los viajes de 15 días fueron suprimidos porque solo eran demandados por un 3%. El 97% elegía los otros”.

Los requisitos para acceder a los viajes del IMSERSO

Tal y como detalla el IMSERSO en su página web, los residentes en España deben cumplir alguno de estos requisitos para poder acceder al Programa de Turismo del organismo:

  • Ser pensionista de jubilación del sistema de Seguridad Social español.
  • Ser pensionista de viudedad con cincuenta y cinco o más años de edad del sistema de Seguridad Social español.
  • Ser pensionista por otros conceptos del sistema de Seguridad Social español o perceptor de prestaciones o subsidios de desempleo, con 60 años cumplidos o más años de edad.
  • Ser asegurado o beneficiario del Sistema de la Seguridad Social español, con sesenta y cinco años cumplidos o más años de edad.

Asimismo, también pueden participar en los viajes del IMSERSO los españoles residentes en el extranjero y los españoles de origen emigrantes que hayan retornado a España, siempre y cuando cumplan alguna de las condiciones enumeradas anteriormente.