Yo, robot (europeo)

Yo, robot (europeo)

Varios medios de comunicación se han echo eco de un reciente informe del Parlamento europeo, elaborado por la eurodiputada Mady Delvaux, que han rebautizado como "informe de la personalidad electrónica", y del que derivan especulaciones acerca de un "alucinógeno" estatuto de personalidad para los robots.

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Foto: Getty Images.

El pasado jueves 12 de enero, la comisión de Asuntos Jurídicos del Parlamento Europeo aprobó el informe elaborado por la eurodiputada luxemburguesa Mady Delvaux en el que se expresaban distintas recomendaciones acerca del desarrollo de normas de Derecho civil sobre robótica. Varios medios de comunicación se han apresurado a rebautizar el presentado como "informe de la personalidad electrónica", interpretando uno de los términos que Delvaux emplea en su trabajo y acogiendo especulaciones acerca de un alucinógeno estatuto de personalidad para los robots.

No es para menos: el informe arranca ya de forma melodramática refiriendo en su introducción a Frankenstein, al Golem y al inventor del término robot, el escritor checo Karel Capek. A partir de ahí, Delvaux mezcla consideraciones racionales o propuestas jurídica y técnicamente aceptables con auténticas divagaciones. Así, es correcto plantear qué puede pasar en el momento en que la evolución tecnológica dé paso a robots autónomos capaces de tomar y ejecutar sus propias decisiones sin necesidad de una programación previa exhaustiva, qué o quién debiera asumir la responsabilidad por los efectos del funcionamiento de una máquina dotada de capacidades de adaptación y aprendizaje que entrañan un cierto grado de imprevisibilidad.

Es interesante también anticipar la necesidad de adaptar la normativa a la inminente realidad de los vehículos autónomos. Pero al mismo tiempo es algo absurdo sugerir que deberían revisarse, por ejemplo, los conceptos básicos de la propiedad intelectual en atención a las capacidades creativas (al menos no se atreve a señalar si plásticas o literarias, y es un alivio) de los robots. En otro momento del informe se les denomina "agentes no pertenecientes a la especie humana". Confío en que los animalistas pongan las cosas en su sitio y soliciten la extensión de ese estatus para, al menos, las mascotas.

Ninguno de ellos puede ser hecho responsable civil de nada en absoluto porque, aunque admitiéramos tal fantasía, tampoco podría hacer efectiva esa responsabilidad.

Delvaux regresa a la sensatez cuando sugiere que la formación de los futuros médicos debería incluir la aplicación de conocimientos técnicos para el manejo de las herramientas robóticas que, cada vez con más frecuencia, se emplean en campos como la cirugía. Pero vuelve a abandonarla en caída libre cuando se aventura en una delimitación de la responsabilidad civil de los robots basada en criterios de lo más peregrino. Mady Delvaux es profesora de literatura clásica, y tal vez debiera haber dejado de lado su conocimiento de los mitos a la hora de elaborar este informe; los robots son objetos sometidos a relaciones de propiedad y no sujetos, pertenecen a personas físicas o jurídicas. Tienen fabricantes, programadores, proveedores y propietarios. No tienen ni pueden tener patrimonio, ni ninguna clase de autonomía individual, e incluso los más avanzados o sofisticados, los capaces de una cierta innovación o variabilidad en su funcionamiento (que no comportamiento, como insiste en llamar el informe a su mecánica), están aplicados estrictamente al desarrollo de funciones predeterminadas.

Los hay que pintan carrocerías en una cadena de montaje, los hay que analizan cantidades ingentes de datos y los hay que juegan al ajedrez. Ninguno de ellos puede ser hecho responsable civil de nada en absoluto porque, aunque admitiéramos tal fantasía, tampoco podría hacer efectiva esa responsabilidad. Cuando el informe aconseja estudiar la creación de una personalidad jurídica para los robots, "de modo que al menos los más complejos puedan ser considerados personas electrónicas con derechos y obligaciones específicos, incluida la obligación de reparar los daños que puedan causar", está planteando un gran absurdo, e ignorando los fundamentos básicos del concepto jurídico de personalidad además de incurrir en un contrasentido lógico sobre el que insistiré: ¿Cómo va a reparar un robot los daños causados? ¿Pidiendo un crédito?

Si estas son las premisas legislativas que va a contemplar el Parlamento Europeo, que Mazinger nos asista.