Reformar la reforma

Reformar la reforma

A mi juicio, el vicio más gravoso de la reforma del artículo 135 de la Cosntitución lo impuso la Disposición Adicional de la reforma, al mandatar la aprobación en una nueva Ley Orgánica de Estabilidad presupuestaria en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor del nuevo artículo 135: esa nueva ley orgánica la hizo ya el PP en el poder, y fue la que restableció el déficit cero, que en ningún caso figuraba en la reforma constitucional de 2011.

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La reforma constitucional del artículo 135 de la Constitución española, aprobada en noviembre de 2011, ha sido objeto de debate crítico y autocrítico en el interior del PSOE desde el mismísimo momento en que se anunció, y con mayor fuerza si cabe desde el día de su adopción.

En la Conferencia Política de noviembre de 2013, el PSOE resolvió promover una reforma constitucional de mayor alcance, que estableciera una cláusula de "estabilidad social" -en compensación a la regla de "estabilidad financiera" ya constitucionalizada-, al tiempo que se blindaran los derechos sociales y de prestación (educación, sanidad, servicios sociales, pensiones, prestación por desempleo) con el mismo rango de protección que los derechos fundamentales (artículos 15 a 29 CE).

En sintonía con esa profunda autocrítica, el debate de primarias por la Secretaría General del PSOE manifestó el estado de insatisfacción general de la mayoría de los afiliados del Partido con el modo en que se resolvió aquella reforma. Desde entonces, la posición del PSOE apuesta por su revisión en un sentido social.

Personalmente, he participado en la discusión orientada a la revisión de esa reforma en mis intervenciones públicas y en mis escritos publicados (estudios constitucionales, ensayos y artículos periodísticos).

El epicentro de mi lectura crítica no se centra en el objeto ni en el procedimiento, sino en la urgencia y el apremio en el manejo de los tiempos.

En cuanto al objeto, nada hay en los valores socialdemócratas que pueda oponerse a una regla de sostenibilidad de las finanzas públicas: nada hay de progresista tampoco en permitir que tu país se despeñe en el endeudamiento excesivo y la presión especulativa de los mercados financieros.

En cuanto al procedimiento, el artículo 135 es en efecto reformable por la vía del artículo 167 CE: reforma "menos agravada" (3/5 de cada Cámara) sin necesidad de acudir a un referéndum preceptivo (a diferencia de la reforma extremadamente rígida que el artículo 168 CE reserva para otros segmentos del texto constitucional).

El principal problema de aquella operación política estuvo en el desdichado manejo de los tiempos: el trámite de vigencia (completado en 18 días) y de lectura única (como si una reforma constitucional pudiese calificarse por su simplicidad carente de complejidad que requiere un debate de enmiendas) sí que resultó, sin duda, enormemente lesivo para el prestigio de la Constitución.

La teoría democrática de una Constitución consensual e irrepetible, fuente de un extraordinario acierto histórico colectivo, cuyas modificaciones deberían ser tomadas muy en serio y acometerse precedidas de un debate doctrinal y político de envergadura, quedó entonces irreversiblemente dañada.

Si a ello añadimos, además, la ausencia de un debate previo -entre los especialistas, los estudiosos, la doctrina y, desde luego, los actores políticos y sociales- que orientase, acotase y explicara al conjunto de la ciudadanía el fundamento y el objetivo a perseguir, la evaluación de daños ha venido incrementándose hasta hacerse inasumible.

Dicho esto, los socialistas debemos ahora conjugar el derecho a expresar honestamente nuestra autocrítica a aquel manejo precipitoso y destemplado de los tiempos con un ejercicio de dureza y coraje que plante cara a los infundios, fabricaciones y falacias propensas a la demagogia que pretenden que aquella reforma fue la "causa del mal causado": la austeridad recesiva y los brutales recortes que, tras la derrota del PSOE en noviembre de 2011, impuso implacablemente la mayoría absoluta del PP.

No es cierto tampoco que aquella reforma introdujera la primacía "absoluta" de las obligaciones de la deuda (esa regla ya estaba en el anterior artículo 135 CE) ni que la nueva redacción no contuviese cláusula de garantías sociales frente a "emergencias" o situaciones de riesgo a la "sostenibilidad social", puesto que sí que las contenía.

En realidad, a mi juicio, el vicio más gravoso de aquella decisión lo impuso la Disposición Adicional de la reforma constitucional, al mandatar la aprobación en una nueva Ley Orgánica de "Estabilidad presupuestaria" en un plazo de seis meses desde la entrada en vigor del nuevo artículo 135: esa nueva ley orgánica la hizo ya el PP en el poder, y fue la que restableció el déficit cero, que en ningún caso figuraba en la reforma constitucional de 2011.

A partir de ahí, la batalla de la opinión pública se perdió cuando no se dio, ni se entabló siquiera: difícilmente podía librarla una militancia socialista aturdida por una decisión inesperada, que le había cogido por sorpresa, como al conjunto de la sociedad española.

A estas alturas, la única reparación es una reforma constitucional mayor: el reseteo general de la democracia en España.

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Licenciado en Derecho por la Universidad de Granada con premio extraordinario, Licenciado en Ciencias Políticas y Sociología por la Universidad Complutense de Madrid, becario de la Fundación Príncipe de Asturias en EE.UU, Máster en Derecho y Diplomacia por la Fletcher School of Law and Diplomacy (Tufts University, Boston, Massasachussetts), y Doctor en Derecho por la Universidad de Bolonia, con premio extraordinario. Desde 1993 ocupa la Cátedra de Derecho Constitucional en la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria. Es, además, titular de la Cátedra Jean Monnet de Derecho e Integración Europea desde 1999 y autor de una docena de libros. En 2000 fue elegido diputado por la provincia de Las Palmas y reelegido en 2004 y 2008 como cabeza de lista a la cámara baja de España. Desde 2004 a febrero 2007 fue ministro de Justicia en el primer Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero. En octubre de 2007 fue elegido Secretario general del PSC-PSOE, cargo que mantuvo hasta 2010. En el año 2009 encabezó la lista del PSOE para las elecciones europeas. Desde entonces hasta 2014 presidió la Delegación Socialista Española y ocupó la presidencia de la Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos de Interior en el Parlamento Europeo. En 2010 fue nombrado vicepresidente del Partido Socialista Europeo (PSE).