Si protestas, pagas

Si protestas, pagas

La protesta organizada y no violenta es una característica de una sociedad democrática. Los derechos fundamentales a la libertad de expresión, asociación y reunión pacífica están firmemente garantizados en la legislación internacional y europea.

En el transcurso de los últimos cinco años, las quejas contra las

medidas de austeridad y un sentido de la injusticia económica han

hecho que la protesta tenaz, perturbadora pero pacífica se convirtiese

en una parte de la vida de España. Los trepidantes movimientos

sociales del país han levantado acampadas en las plazas de las

ciudades, movilizado manifestaciones masivas, organizado escraches

delante de los domicilios de los políticos y paralizado centenares de

desahucios de viviendas embargadas. Es como si el Gobierno español

quisiese paralizar todo esto.

El proyecto de Ley sobre seguridad ciudadana que será pronto sometido al

parlamento es un batiburrillo de medidas, con multas para todo desde

la torpeza (obstrucción indebida del tránsito peatonal que cree

disturbios innecesarios) hasta el olvido (pérdida del documento de

identidad tres veces en un periodo de cinco años). Multa a las persona

que se cuelgan de un edificio público, por beber en público, e impedir

el tráfico de peatones o vehículos jugando partidos en el espacio

público.

Pero resulta que el objetivo real del proyecto de ley es el activismo.

Tildado rápidamente de ley antiprotesta, el proyecto de ley ha

desatado una tormenta de críticas, protestas y la escalada no

autorizada de un edificio madrileño por activistas de Greenpeace para

colgar una enorme pancarta de protesta.

Es asombroso observar que España, en el propio seno de la Unión

Europea, se está moviendo para disuadir y sancionar la protesta

pública mientras decenas de miles de personas ocupan las calles de

Ucrania, corriendo el peligro de ser detenidos o de ser aporreados por

la policía para pedir lazos más estrechos con Europa. España no

debería crear un mal ejemplo limitando estas libertades fundamentales.

El Gobierno del presidente Rajoy quiere imponer multas de hasta

30.000 euros por planificar o participar en protestas espontáneas

frente a los parlamentos nacionales o autonómicos, y por insultar a las

instituciones, símbolos, o himnos de España o de cualquiera de sus

Comunidades Autónomas "mediante cualquier medio" (¡atención, usuarios

de Twitter!). La obstrucción a las autoridades que llevan a cabo

órdenes administrativas o judiciales, por ejemplo un desahucio, podría

dar pie a la imposición de la misma severa multa.

Todo ello es definido como infracciones graves, pero si se cometen

tres infracciones de esta índole en dos años, se ha cometido una

infracción muy grave, que puede ser sancionada con una multa de hasta

la cantidad astronómica de 600.000 euros. El proyecto de ley establece

la creación de un registro del Ministerio del Interior con el nombre

de aquellas personas que han sido multadas por infringir la ley. En

particular, el proyecto de ley responsabiliza a los líderes de facto,

a los convocantes y a los no mejor definidos "inspiradores" de las

protestas, por los actos de los participantes.

El proyecto de ley establece también multas de hasta 1.000 euros por

insultar a las fuerzas del orden durante una manifestación o por

distribuir imágenes que ofendan su honor, así como por insultar o

faltar al respecto, por cualquier medio, a los representantes e

instituciones públicas, cuando dichas acciones no están sujetas a

acciones penales.

Todo este conjunto de medidas permitiría a las autoridades obviar a

los tribunales en la sanción de la disidencia. El proyecto de ley se

inscribe en una tendencia preocupante: las estadísticas del Ministerio

del Interior muestran que la aplicación de multas administrativas a

los que protestan aumentó en un 350% en 2012 respecto al año anterior,

aunque el número de manifestaciones ha disminuido.

Afortunadamente, los tribunales han respaldado el derecho a reunirse

pacíficamente. En mayo, un tribunal de Madrid desestimó una denuncia

contra 18 personas por amenazas y acoso en una manifestación

espontánea frente al domicilio de la vicepresidenta del Gobierno,

aduciendo que no había habido amenaza al orden público o infracción

contra su derecho a la privacidad. En julio, otro tribunal de Madrid

dictó sentencia argumentando que multar a una persona que participe en

una manifestación espontánea y no violenta violaba el derecho de

reunión pacífica.

La Constitución española garantiza una sólida protección al derecho de

reunión, afirmando de forma explícita que no se requiere una

autorización previa. Los organizadores deben notificar previamente a

las autoridades, pero las manifestaciones tan sólo pueden ser

prohibidas si existen temores bien fundados de peligro para personas o

bienes. De conformidad con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de

Derechos Humanos, el Tribunal Constitucional español ha precisado que

puede tolerarse un cierto grado de disturbios porque "en una sociedad

democrática, el espacio público es un área no sólo de circulación,

sino también de participación".

La protesta organizada y no violenta es una característica de una

sociedad democrática. Los derechos fundamentales a la libertad de

expresión, asociación y reunión pacífica están firmemente garantizados

en la legislación internacional y europea. El derecho internacional de

los derechos humanos establece un umbral elevado para prohibir o

castigar las manifestaciones públicas; las protestas pacíficas no

autorizadas, molestas u ofensivas pueden ser perfectamente legítimas.

El Relator especial de las Naciones Unidas sobre el derecho a la

libertad de reunión pacífica y de asociación, Maina Kiaia, ha

recomendado a todos los países que las asambleas espontáneas sean

permitidas por la ley y que los organizadores y los participantes en

manifestaciones de cualquier índole, tanto autorizadas como no, no

pueden ser consideradas responsables de actos ilegales cometidos por

otras personas.

Mucho antes de que el proyecto de ley sea sometido al Parlamento

(probablemente no antes del año próximo), ya ha merecido críticas a

escala internacional. El Comisario de Derechos Humanos del Consejo de

Europa Nils Muiznieks declaró a principios de este mes que el

proyecto de ley causa "graves preocupaciones". En un informe de

octubre sobre España, Muiznieks ya destacó que multar a los

manifestantes puede constituir una infracción de su derecho a la libre

expresión y a la reunión pacífica. Recordando las opiniones del

Tribunal de Estrasburgo, el comisario advirtió que los requisitos de

notificación no deberían convertirse en un obstáculo "oculto" al

disfrute de dichos derechos.

No es demasiado tarde para que el proceso democrático corrija los

excesos de dicho proyecto de ley y para garantizar los derechos de los

ciudadanos españoles para alzar sus voces de desacuerdo sin tener que

preocuparse por su dinero.