La Abogacía del Estado, favorable al recurso ante el TC de la declaración de soberanía de Cataluña

La Abogacía del Estado, favorable al recurso ante el TC de la declaración de soberanía de Cataluña

La Abogacía del Estado aprecia argumentos favorables para interponer el recurso de inconstitucionalidad contra la declaración de soberanía aprobada por el Parlament de Catalunya el pasado 23 de enero.

La Abogacía del Estado concluye en su informe que "reconocer la soberanía del pueblo catalán, y su derecho a decidir por ser sujeto político, vulnera distintos artículos de la Constitución", entre ellos el 1.2, donde se precisa que la titularidad de la soberanía reside en el pueblo español, el 2.9 —"La Constitución se fundamenta en la indisoluble unidad de la Nación española (...) y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que la integran— y el 168 de la Constitución Española.

Artículo 168

1. Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o una parcial que afecte al Titulo preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y a la disolución inmediata de las Cortes.

2. Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto constitucional, que deberá ser aprobado por mayoría de dos tercios de ambas Cámaras.

3. Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.

Según ha explicado este viernes la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, el Ejecutivo ha acordado pedir al Consejo de Estado el "informe preceptivo" antes de adoptar la decisión de recurrir la declaración. Para recurrir una decisión de esa naturaleza es necesario que sea una resolución de "contenido inconstitucional y que sea impugnable", ha concretado.

A juicio de Sáenz de Santamaría, la Abogacía del Estado ha fundamentado "muy rigurosamente" que la declaración catalana sí que es recurrible ante el Tribunal Constitucional dado que, a diferencia del plan Ibarretxe —que era un "mero trámite"—, la decisión del Parlament es una "resolución" que supone la apertura de un proceso más amplio.

LA RESOLUCION TIENE EFECTOS JURIDICOS

La vicepresidenta ha comentado que, en este caso, se está "ante una resolución que agota lo que es el procedimiento de decisión en sí mismo y que supone además la apertura de un proceso más amplio", aunque ha dejado claro que no iba a condicionar ese informe del Consejo de Estado a la decisión del Gobierno, pero insistió en la necesidad de "sus argumentos", que, sostiene, "se tendrán muy presentes" porque se trata del máximo órgano consultivo del Gobierno.

No obstante, ha admitido que el hecho de que la Abogacía diga que hay argumentos favorables para recurrir esa declaración, es un "argumento muy importante". Es, ha recalcado, un "punto muy determinante" para la decisión que adopte con posterioridad el Gobierno.