Las víctimas de acoso sexual en las Fuerzas Armadas podrán denunciar a su superior sin informarle

Las víctimas de acoso sexual en las Fuerzas Armadas podrán denunciar a su superior sin informarle

EFE

Los militares que sufran acoso sexual podrán denunciar a su superior, en caso de que éste sea el presunto infractor, sin necesidad de informarle, tal y como ocurría hasta ahora por el respeto a la jerarquía, al tiempo que informarán directamente de lo ocurrido a la "autoridad con competencia sancionadora", esto es, al jefe del Estado Mayor de la Defensa (JEMAD), Subsecretaría de Defensa o jefe de Estado Mayor del Ejército de Tierra, de la Armada o del Ejército del Aire.

Así consta en el borrador del protocolo contra el acoso sexual en las Fuerzas Armadas que ha elaborado el Ministerio de Defensa y ha remitido a los grupos parlamentarios del Congreso para que formulen observaciones y aportaciones que consideren pertinentes.

Defensa ha ultimado este protocolo a raíz de la repercusión que ha tenido el caso de la comandante Zaida Cantera, quien denunció por acoso sexual a un teniente coronel, que también era uno de sus superiores. Después de ser condenado a dos años y diez meses de prisión, la oficial denunció a varios compañeros de promoción del que ahora coronel Isidro José de Lezcano-Mújica por acoso laboral.

VÍA DISCIPLINARIA O PENAL

El protocolo que ha redactado el departamento que dirige Pedro Morenés establece un procedimiento de actuación para casos de acoso sexual paso por paso. Así, deja claro que el militar que sea víctima de acoso podrá acudir a la vía disciplinaria o penal, según considere él mismo.

En el caso de acudir a la vía disciplinaria, deberá cumplimentar la denuncia o parte según un formulario anexo al protocolo, sin perjuicio de acudir en cualquier momento a la vía penal. El citado formulario lo remitirá directamente, según corresponda, al JEMAD, la Subsecretaría de Defensa o jefes de Estado Mayor de los Ejércitos.

Al mismo tiempo, deberá remitir una fotocopia del formulario al superior jerárquico de quien presenta el escrito, salvo que éste coincida con el presunto infractor, en cuyo caso lo remitirá al superior jerárquico de éste. El superior informará a su jefe de unidad.

El Ministerio de Defensa ha subrayado que esta novedad en el procedimiento para denunciar acoso sexual en las Fuerzas Armadas "se facilita la denuncia, sobre todo en los casos en que el presunto acosador es el superior jerárquico de la víctima".

ASESORAMIENTO Y PROTECCIÓN

Además, el protocolo posibilita también su remisión a una unidad de nueva creación, la Unidad de Protección frente al Acoso, y al Observatorio Militar para la Igualdad entre mujeres y hombres en las Fuerzas Armadas.

Estas nuevas unidades se podrán encontrar en la Dirección General de Personal, en cada Mando o Jefatura de Personal de los Ejércitos y en la Jefatura de Seguridad y Servicios del Estado Mayor de la Defensa. Su principal cometido será la prevención del acoso, sirviendo de canal de asesoramiento e información, de protección de la víctima a través de una labor de asistencia, apoyo, control y seguimiento.

Recibido el formulario en el que se denuncia el acoso sexual, la autoridad competente podrá acordar la práctica de una información previa para el esclarecimiento de los hechos con carácter previo a la apertura de procedimiento disciplinario o remisión de la denuncia a los órganos judiciales. Para llevar a cabo esta parte del proceso se designará a un militar ajeno a la unidad de destino de los implicados en el supuesto de acoso y recibirá todo el apoyo necesario por parte de la unidad de la víctima.

CAMBIO DE UNIDAD

En cuanto a las medidas de protección de la víctima, ésta tendrá derecho a solicitar cambio de puesto en la unidad o cambio de destino en la misma o distinta localidad. Al presunto acosador se le podrá cambiar de puesto en la unidad por decisión del jefe de ésta, destinar en comisión de servicio a otra unidad o pasar a la situación administrativa de suspenso de funciones.

Sobre las medidas cautelares para el presunto infractor, el protocolo elaborado por el ministerio contempla el arresto cautelar por un periodo máximo de 48 horas, el cese en sus funciones por un máximo de dos días, el arresto preventivo por un máximo de 20 días, el cese en funciones por un máximo de 20 días, y el pase a la situación administrativa de suspenso de funciones por seis meses.

Tal y como va a contemplar la Ley de la Carrera Militar cuando el Congreso apruebe su reforma, este protocolo también prevé consecuencias de la denuncia sobre el ascenso. Así, será obligatorio informar, tanto a los órganos de evaluación como a las autoridades responsables de aprobar la ordenación definitiva para el ascenso, del personal evaluado que se encuentre dentro en un procedimiento disciplinario por falta muy grave de acoso, con el objetivo de que se tenga en cuenta dicha circunstancia.

En los casos de sentencia firme por acoso, la repercusión en el ascenso o ascensos del condenado que hubiera podido tener desde que ocurrieron los hechos serán las señaladas en el Código Penal Militar.