El Parlamento aprueba la ley de nacionalidad de los sefardíes

El Parlamento aprueba la ley de nacionalidad de los sefardíes

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El Parlamento ha aprobado este jueves la ley que otorga la nacionalidad española a los sefardíes para reparar así "una justicia histórica", según han declarado los grupos políticos.

La ley, que entrará en vigor el 1 de octubre, va dirigida a los descendientes de los sefardíes expulsados en 1492 de la península ibérica, que ahora podrán recuperar la ciudadanía española si acreditan su origen y su especial vinculación con España a través del conocimiento de la lengua y la cultura, aunque no tengan residencia legal en el país.

"REPARACIÓN DE UNA DEUDA HISTÓRICA"

Los ministros de Exteriores, José Manuel García-Margallo, y de Justicia, Rafael Catalá, presentes en el pleno del Congreso de los Diputados, han coincidido en que la norma supone la "reparación de una deuda histórica" con las comunidades judías.

También ha asistido a la Cámara Baja Isaac Querub, presidente de la Federación de Comunidades Judías de España, quien ha descrito el día como "histórico". Se abre "una nueva era en la relación de las comunidades judías con la hispanidad", ha afirmado.

UNA LEY CON "GRAVÍSIMAS CARENCIAS"

Los grupos de la oposición han mostrado su respaldo a la nueva ley, pero han puesto de relieve sus "gravísimas carencias" y han destacado que la norma pone muchas dificultades para que los sefardíes accedan a la nacionalidad, como el pago de una tasa de cien euros o las pruebas que demuestran una especial vinculación con España.

La condición de sefardí originario de la Península podrá acreditarse con un certificado expedido por el presidente de la Comisión Permanente de la Federación de Comunidades Judías de España, el cargo análogo de la comunidad judía de residencia o de la autoridad rabínica competente.

También servirá la acreditación del uso como idioma familiar del ladino y se tendrán en cuenta otros indicios que demuestren la tradición de pertenencia a tal comunidad, como los apellidos de origen español, la partida de nacimiento o el certificado de matrimonio en el que conste su celebración según las tradiciones de Castilla.

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