El Constitucional admite a trámite los recursos contra la ley mordaza y la prisión permante

El Constitucional admite a trámite los recursos contra la ley mordaza y la prisión permante

REUTERS

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite este lunes dos recursos de constitucionalidad, uno presentado por los partidos de la oposición contra la prisión permanente revisable, incluída en la reforma del Código Penal que entró en vigor el pasado 1 de julio. El segundo, presentado por el Parlament de Catalunya, es contra la Ley de Seguridad Ciudadana.

En el caso de la prisión permanente, el tribunal ha aceptado valorar el recurso que presentó el PSOE, Convergencia i Unión, IU, ICV-EUiA, CHA, la Izquierda Plural, UPyD, el Grupo Parlamentario Vasco y el Mixto. La mayoría de la oposición alegaba que la prisión permanente revisable -que muchas voces equiparan a la cadena perpetua- vulnera cuatro artículos de la Constitución, en concreto el 15.1, que prohíbe penas inhumanas; el 17, que regula el principio de proporcionalidad; el 25.1, ya que no es una pena determinada sino que se prolonga en el tiempo incluso hasta la muerte del reo, y el 25.2, al restringir la posibilidad de reinserción.

La nueva pena podrá ser impuesta en los casos que la norma considera "casos de excepcional gravedad", como el homicidio del rey o su heredero, de jefes de Estado extranjeros, genocidio, asesinatos en serie, cometidos en el seno de una organización criminal o contra menores de 16 años o personas especialmente vulnerables.

Las condenas serán revisadas, tras el cumplimiento de 25 a 35 años, para verificar si el pronóstico es favorable a la reinserción social. Los jueces examinarán si debe mantenerse la prisión cada dos años de oficio o a petición del recluso, si bien puede no dar curso a nuevas solicitudes durante un año.

RECURSO DEL PARLAMENTO DE CATALUNYA

En cuanto a la Ley de Seguridad Ciudadana, conocida como Ley Mordaza, el recurso admitido es el presentado por el Parlamento de Catalunya. El alto tribunal ya admitió a trámite el pasado mes de junio otro recurso registrado por la mayor parte de la oposición y en el que se consideraba que la norma vulnera una docena de artículos de la Constitución.

La ley regula como sanciones administrativas una serie de conductas que, en su mayoría antes eran faltas incluidas en el Código Penal. Las mayores multas, de entre 30.000 y 600.000 euros son para quienes se manifiesten ante "infraestructuras críticas". Otras sanciones prevén castigar a quienes se manifiesten frente al Congreso, convoquen protestas por las redes sociales o impidan la actuación de agentes de la administración, por ejemplo, cuando se intenta parar un desahucio.

El Pleno ha acordado dar traslado de las demandas al Congreso de los Diputados, el Senado y el Gobierno que disponen ahora de un plazo de 15 días personarse en el procedimiento y formular alegaciones. La admisión a trámite no supone pronunciamiento alguno sobre el fondo de los dos asuntos, sobre los que el tribunal se pronunciará en próximas fechas.