Demandan a Patrimonio Nacional ante el Supremo por obstaculizar las exhumaciones

Demandan a Patrimonio Nacional ante el Supremo por obstaculizar las exhumaciones

EFE

Los familiares de los hermanos Lapeña han presentado una demanda contencioso-administrativa ante el Tribunal Supremo contra Patrimonio Nacional por condicionar la exhumación de los restos mortales de los dos hermanos en el Valle de los Caídos a dos informes técnicos sobre la viabilidad del procedimiento.

En la demanda, a la que ha tenido acceso Efe, Purificación Lapeña, nieta de una de las víctimas, señala que Patrimonio Nacional debe autorizar de inmediato la entrada del equipo del especialista forense don Francisco Etxeberría Gabilondo y de la Asociación por la Recuperación e Investigación Contra el Olvido (Arico), y no obstaculizar el proceso con la petición de dos informes.

Patrimonio Nacional recibió hace días una comunicación del Juzgado de Primera Instancia número 2 de San Lorenzo de El Escorial (Madrid), que ha decretado que el auto que autoriza la exhumación de los dos cuerpos es firme y, por tanto, no es recurrible.

Esta institución aseguró en su momento que "cumplirán escrupulosamente las resoluciones judiciales en cuanto se les notifique" y este martes fuentes de la institución dijeron a Efe que el organismo dio luz verde a la exhumación.

"Si el auto es firme, que lo es, y se dice que se tiene que hacer, Patrimonio Nacional va a actuar", aseguraron las fuentes, que no precisaron cuándo se iniciarán los trabajos.

ESCRITO A LA FAMILIA

Al respecto, Patrimonio Nacional envió un escrito a la familia, rubricado por su presidente del consejo de administración, Alfredo Pérez de Armiñán y de la Serna, que dice que "esta entidad inicia las actuaciones conducentes a su ejecución en sus propios términos".

Dicho documento, al que ha tenido acceso Efe, señala que para ejecutar la sentencia solicitará informe al Instituto Torroja del Consejo Superior de Investigaciones Científicas "para que se pronuncie sobre la viabilidad técnica" de acceder al columbario donde reposan los restos cadavéricos.

Y añade que en el supuesto de que se pueda acceder al tercer piso de la cripta, se pedirá un segundo informe al Consejo Médico Forense, para que estudie "el procedimiento más adecuado para la localización, identificación y traslado de los restos".

"De todas estas actuaciones, que estarán a cargo del presupuesto de Patrimonio Nacional, se mantendrá informado al interesado", concluye el escrito de la institución.

Pero la familia indica que "la institución debe dar cumplimiento a la sentencia de inmediato y no licitar dos informes técnicos, tras lo cual valorarán o no realizar la exhumación", como así ha explicado a Efe el abogado de la familia.

Además, señala que "no puede considerarse razonable" que en un procedimiento de esta naturaleza se haya obviado que el padre de la demandante e hijo de uno de los dos hermanos tiene 92 años, "lo que puede suponer que el proceso legal o administrativo de Patrimonio Nacional, sea superior al resto de vida, con evidente perjuicio para la parte demandante, sin que su conducta merezca reproche alguno".

UNA DÉCADA

La demanda recuerda que "Patrimonio Nacional ha tenido casi diez años para solicitar dichos informes" sobre la viabilidad de las exhumaciones en el Valle de los Caídos si se tiene en cuenta como punto de referencia la Ley de Memoria Histórica de 2007.

"Patrimonio Nacional, como su propio nombre indica, debe estar al servicio de todos los ciudadanos, y no de una parte o de un partido. No se trata de un favor que ellos pueden hacer a las víctimas del franquismo, sino del deber constitucional de cumplimiento de las resoluciones firmes, así como del derecho a digna sepultura", añade.

El juez José Manuel Delgado autorizó la exhumación tras estimar la petición de la nieta de los fallecidos para recuperar los restos mortales de Manuel y Antonio Ramiro Lapeña Altabás y reconoce su derecho a darles una "digna sepultura".

Se trata del primer caso de exhumación judicial en el Valle de los Caídos, y del primer caso de exhumación por vía civil, en base al expediente de jurisdicción voluntaria, en aplicación del articulado de la perpetua memoria.