Condenados un periodista y un medio por decir que un político no hacía nada

Condenados un periodista y un medio por decir que un político no hacía nada

EFE

“Hoy sabemos que en cuatro años no hiciste ni una pregunta ni una interpelación ni nada de nada en el Senado. Cobrar y callar”.

Esta frase le ha costado una multa solidaria de 5.000 euros al periodista José Manuel Rubín y a La Voz de Galicia, el medio donde se publicó la columna de opinión que incluye esas palabras. El motivo: atentado al honor del exsenador Miguel Ángel Pérez de Juan Romero, representante del Partido Popular en el Cámara Alta en dos legislaturas (2008- 2011 y 20011-2015) y el político a quien iba dirigido ese “nada de nada”.

Según la juez titular del juzgado de 1ª Instancia número 5 de Orense, Ana María Gómez Bande, “la expresión nada de nada crea un efecto despectivo, pues da lugar aún a más crítica por parte del público, pues aunque la actuación hubiera sido poco notoria lo cierto es que si se dice nada de nada lo que viene a significar es que no se hizo nada de nada en ningún terreno y ello como dice el periodista Sr. Rubín no fue así pues reconoció que había tenido importantes intervenciones, que matizó en el ámbito pesquero fluvial pero ello no se puso en el artículo, por lo que el atentado al derecho al honor se produjo. Y se produjo existiendo una falta a la verdad”.

19 PREGUNTAS Y DOS INTERVENCIONES

El exsenador del PP, según consta en el página web del Senado, presentó 19 preguntas e intervino dos veces, una en pleno y otra en comisión, en los 4 años de la X legislatura (2011- 2015).

El periodista condenado asegura a El Huffington Post que esta sentencia crea un precedente peligroso: "Habrá que medir las palabras que utilizamos los periodistas para saber si una expresión de uso cotidiano como ‘nada de nada’ puede ser un delito”.

La juez distingue dos partes en el artículo de opinión de Rubín. Una, en la que el periodista critica que el exsenador mantuviera su consulta como médico en Orense al tiempo que cobraba como representante público en el Senado. Esta crítica, según la magistrada, no constituye delito puesto que es un debate que “está en la calle”. Según se lee en la sentencia, “no podemos calificarlo de injurioso porque traslada al papel la opinión de una importante parte de la sociedad, la crítica a pie de calle ahora se plasmó por escrito, con tono irónico e hiriente si se quiere, pero no injurioso. El malestar de la población por estas situaciones es palpable”.

Pero sobre la otra parte del artículo, la que incluye la expresión “nada de nada” la juez no opina lo mismo: “El Sr. Rubín pudo haber matizado su expresión, si lo que quería es como dice ahora referirse a que por la ciudad de Orense no hizo nada, pero no ha sido el caso y la vulneración se ha producido”.

“En estos momentos en el que es un clamor que el Senado no sirve para nada, me parece una ironía que se castigue a mí por decirlo”, se lamenta José Manuel Rubín.

La sentencia subraya que el exsenador ha sufrido un perjuicio económico debido a esa columna de opinión. “Es evidente que sí tuvo repercusión por el personaje público ante el que nos encontramos y los efectos económicos negativos que ello supuso en la actividad privada de su consulta médica”.

Y, aunque desestima la petición inicial de 50.000 euros del exsenador, impone al periodista y al medio una multa de 5.000 euros.

Sentencia por intromisión en el honor