El juez procesa a Teddy Bautista y José Luís Rodríguez Neri en la pieza principal del caso SGAE

El juez procesa a Teddy Bautista y José Luís Rodríguez Neri en la pieza principal del caso SGAE

Concluye que la trama cometió delitos de organización criminal, falsedad, administración desleal y apropiación indebida

EFE

El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha concluido la instrucción del denominado caso SGAE y encuentra indicios para juzgar a un total de once personas por este asunto, entre los que se encuentra el que fuera presidente del Consejo de Dirección de la sociedad de autores Teddy Bautista por los delitos de asociación ilícita u organización criminal, falsedad en documento mercantil, administración desleal y apropiación indebida.

En el auto de transformación del procedimiento abreviado dado a conocer este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional José de la Mata concluye que los investigados llevaron a cabo "una sofisticada estratagema para derivar masivamente fondos de la SGAE" a la organización comandada por José Luis Rodríguez Neri, mediante la asignación arbitraria a Microgénesis de decenas de millones de euros supuestamente para el desarrollo de soluciones tecnológicas, causando "perjuicios y pérdidas constatadas" para la sociedad de autores.

La resolución da a partir de ahora un plazo de 10 días a la Fiscalía y las acusaciones para que soliciten la apertura de juicio oral mediante la presentación de su escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa, que se dirige también contra 14 sociedades mercantiles como responsables civiles, entre ellas Microgénesis SA.

Además de Bautista y José Luís Rodríguez Neri, el resto de procesados son Enrique Loras, Ricardo Azcoaga, Rafael Ramos Díaz, María Antonia García Pombo, Eva García Pombo, Elena Vázquez Serrano, Celedonio Martín Mateos, Juana Cristina Rodríguez Neri y Leticia Rodríguez.

El magistrado también dirige la causa como responsables civiles a 14 empresas que son Microgénesis, Ribera de Mayorga, Hipotálamo, Micromega Consultores, Servicios Informáticos Ciberneto, Imago Mundi, Canal Micro, Microgénesis producciones, Res Cognita, Luna Promociones, Sciralia, Coqnet, Microgénesis Medio y Communi TV.

Todas estas empresas se han enriquecido a costa y en perjuicio de SDAE y Portal Latino, los cuales evolucionaron negativamente en su situación financiera, con constantes pérdidas, las cuales en última instancia tenían que ser sufragadas por su matriz SGAE, ha subrayado el juez.

PERJUICIOS CAUSADOS A LA SGAE

El auto detalla los perjuicios económicos causados a la SGAE. Entre ellos, señala que en el caso de SDAE, entre 2001 y 2011, SGAE ha pagado al menos 57.154.984,40 € (tomando datos AEAT, que serían 71.700.561,36 € de acuerdo con la contabilidad de SGAE). Y, por ejecutarle los proyectos específicos, 39.552.880,30 €. SDAE también recibió 494.597€ de IBERAUTOR SL y otros importes menores de otras sociedades del Grupo SGAE. Sólo de los fondos de SDAE Microgénesis recibió 31.054.784,39 €.

Por su parte, en relación con Portal Latino y mediante facturas por servicios prestados, SGAE inyectó 10.370.605,39 €. Entre 2003 y 2006 el dinero procedía directamente de SGAE. La inversión fue prácticamente perdida ya que, a pesar del supuesto valor de la marca Portal Latino, de la que se había presumido en numerosas ocasiones por parte de las personas imputadas, en la Junta General Extraordinaria de 31.01.2011, Bautista procedió a sustituir tal denominación por la de Servicios Autorales SL, cuya disolución, a su vez, se produjo por los nuevos dirigentes de SGAE en 2012.

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Las periciales practicadas en relación con el coste de los desarrollos informáticos han evaluado que la diferencia entre las cantidades pagadas por SGAE y el coste estimado de los entregables recibidos a cambio por SGAE, supera los 21,5 millones de euros, que constituirían perjuicios sufridos por el Grupo SGAE como consecuencia de los hechos investigados.

El auto, de 129 páginas, relata cómo Bautista —a quien únicamente se le imputan los delitos de apropiación indebida y administración desleal— presidente de SGAE, introdujo a Rodríguez Neri y su empresa Microgénesis desde 1998 para abordar líneas de investigación y desarrollo en materia de tecnologías de la información y las comunicaciones.

En el año 2000 se crea SDAE para llevar a cabo la transición de la sociedad de autores hacia un nuevo modelo en esa línea. "Desde el comienzo SDAE fue concebida como un mero artificio, sin existencia real, con capacidad instalada, sin actividad propia y sin empleados. La única finalidad de SDAE era pues firmar contratos con SGAE para, cada vez con carácter inmediato, firmar un contrato de idéntico contenido con Microgénesis, burlando el marco estatutario y los mecanismo de control de SGAE", apunta De la Mata.

Añade que no consta que a lo largo de esta relación, que se extendió como un auténtico monopolio desde 1998 a 2011, se realizaran nunca procesos de petición y selección de ofertas de contratación entre SDAE y Microgénesis, ni que la oferta de esta última se hiciera a precio de mercado o contratado con otras, ni de que se siguiera la regla de pedir tres presupuestos que existía en SGAE.

CONTRATACIÓN ARBITRARIA

A lo largo del auto el titular del Juzgado Central de Instrucción 5 detalla otra serie de presuntas ilegalidades y explica que esta situación de contratación arbitraria, automática y no sometida a controles de SDAE y el Grupo Microgénesis, como le denominaban, fue "inmediatamente aprovechado por la organización de Rodríguez Neri y Ramos Díaz".

Así, Rodríguez Neri y su pareja, junto con varios miembros de sus familias y otros investigados, se pusieron de acuerdo y bajo la dirección de aquel, con un alto grado de coordinación y distribución de roles, "activaron un entramado de sociedades alrededor de Microgénesis, que les permitió la distribución y apropiación de los fondos de SGAE (a través de SDAE, de Portal Latino y de otras sociedades del Grupo SGAE, incluida directamente la propia SGAE en ocasiones), con la seguridad que les daba el haber montado un sistema cuasi monopolístico, arbitrario e incontrolado de contratación con SGAE a la que, en sus propios términos, tenían atrapada".

"A tal efecto, y mediante estas estructuras societarias interpuestas, armaron un sistema de subcontrataciones entre Microgénesis y tales sociedades y de facturación cruzada entre ellas, que les permitió conseguir unos márgenes de beneficio constantes, con el consiguiente perjuicio también constante para la SGAE".

"Todas estas empresas se han enriquecido a costa y en perjuicio de SDAE y Portal Latino, los cuales evolucionaron negativamente en su situación financiera, con constantes pérdidas, las cuales en última instancia tenían que ser sufragadas por su matriz SGAE", subraya De la Mata.

ENRIQUECIMIENTO SISTEMÁTICO

En sus razonamientos jurídicos, la resolución judicial analiza los delitos atribuidos a los investigados, que en el caso del de organización criminal, dice el magistrado, se deriva de los indicios de que la organización constituida tenía como finalidad "enriquecerse de forma sistemática con cargo a fondos de SGAE, mediante la obtención de contratos y otros mecanismos depredatorios".

En cuanto a los delitos de apropiación indebida y administración desleal señala que, de un lado, estamos ante un abuso fraudulento de las obligaciones societarias por parte de los administradores de SGAE, con la cooperación necesaria de una organización criminal, para dar al dinero un destino distinto al que correspondía, causando un perjuicio económico evidente a la sociedad (en este caso al grupo SGAE).

Para ello, "Bautista —con el conocimiento y consentimiento de Loras García y Azcoaga Quincoces—, y Rodríguez Neri, pusieron en marcha una sofisticada estratagema para derivar masivamente fondos de SGAE a la organización comandada por Rodríguez Neri y Ramos Díaz, asignando arbitrariamente a Microgénesis (pero también a otras sociedades de este grupo), decenas de millones de euros.