Seis juzgados de Cataluña investigan la actuación de los Mossos por no impedir la votación del 1-O

Seis juzgados de Cataluña investigan la actuación de los Mossos por no impedir la votación del 1-O

El ministerio público ha expresado su malestar contra la policía autonómica por "haber traicionado la confianza de jueces y fiscales".

Susana Vera / Reuters

Seis juzgados de Cataluña han abierto diligencias para investigar la actuación de los Mossos d'Esquadra por no haber impedido hoy la votación del referéndum de independencia, como ordenaba el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

Según ha informado el TSJC en un comunicado, las diligencias se han abierto, en unos casos de oficio y en otros a raíz de denuncias de particulares, en juzgados de Barcelona, El Vendrell (Tarragona), La Seu d'Urgell (Lleida), Lleida, Cerdanyola del Vallès (Barcelona) y Santa Coloma de Gramenet (Barcelona).

La Fiscalía, por su parte, actuará contra los Mossos por comportarse como una "policía política" ante su pasividad frente a la orden de cerrar colegios electorales en la consulta del 1 de octubre. Fuentes del ministerio público han expresado su malestar contra la policía autonómica por "haber traicionado la confianza que jueces y fiscales depositaron en ellos hasta el último momento".

El juzgado de instrucción 4 de Lleida, por ejemplo, ha abierto una investigación por un delito de desobediencia ante la actuación de los Mossos d'Esquadra en el 1-O y les encomienda que le remitan un informe antes de las 15.00 horas de hoy con los motivos que les impiden cumplir con la orden del TSJC.

En un auto, el juez titular de ese juzgado, en funciones de guardia, acuerda abrir diligencias previas ante la posible comisión de un delito de desobediencia frente a la resolución judicial del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que ordena a los Mossos, Policía Nacional y Guardia Civil impedir la votación en la consulta, suspendida por el Tribunal Constitucional.

En el escrito, el juez toma esta decisión de oficio en base al artículo 303 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que encomienda, recuerda el magistrado, "la formación de sumario a los jueces de instrucción por los delitos que se comentan dentro de su partido, pudiendo hacerlo de oficio".

"Es un hecho notorio -dice el magistrado- que en el partido judicial de Lleida están produciéndose actos encaminados a la celebración del denominado 'referéndum del 1 de octubre' en los centros que habían sido designados como 'colegio electoral' por la Generalitat".

Para el juez, como se están produciendo hechos que incumplen el mandato del TSJC "y los destinatarios de la resolución judicial no están cumpliendo con ese concreto mandato", procede abrir diligencias para "determinar la naturaleza y circunstancias del hecho, así como las personas que en el mismo hayan podido participar".

Así, en su parte dispositiva acuerda requerir al jefe de la Comisaría de Ponent de los Mossos para que le informe "en el plazo más breve posible, y en todo caso antes de las 15.00 horas, de los motivos que impiden a dicho cuerpo cumplir" la resolución del TSJC en el partido judicial de Lleida.