612.000 euros de indemnización para una joven que se operó de obesidad y quedó casi ciega después

612.000 euros de indemnización para una joven que se operó de obesidad y quedó casi ciega después

La chica, de El Ejido (Almería), tiene una discapacidad del 76% y pérdida de movilidad en sus miembros inferiores.

Imagen de archivo del Hospital Torrecárdenas de Almería.EFE

La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a la aseguradora del Servicio Andaluz de Salud (SAS), Zurich, al pago de 611.973 euros de indemnización a una joven de El Ejido (Almería) que se sometió una operación para reducir su obesidad y terminó afectada por ceguera, entre otras patologías.

La sentencia, de octubre y contra la que cabe recurso, eleva la cuantía en 65.000 euros respecto a la dictada en primera instancia. El tribunal recuerda que la joven, cuya defensa ha sido ejercida por un letrado a través del Defensor del Paciente, no recibió el control postoperatorio nutricional protocolario, lo que le llevó a sufrir un síndrome carencial por el que, tras múltiples actos médicos, se le reconstruyó el intestino por mala absorción.

La perjudicada, que contaba con 30 años en el momento de los hechos, fue intervenida en septiembre de 2007 de cirugía bariátrica en el Hospital Torrecárdenas de Almería. Sufrió un síndrome carencial que en los años sucesivos le provocó una discapacidad del 76% debido a las diferentes secuelas que, según el demandante, le han supuesto "la quiebra total de su joven vida", ya que además de la ceguera ha sufrido pérdida de movilidad en sus miembros inferiores.

El tribunal ha estimado parcialmente el recurso de la perjudicada, que pidió 1,7 millones de indemnización, y dice que la reclamación no estaba prescrita, como defiende la aseguradora, dado que "aparte de cirugías y otros tratamientos médicos durante ese período las lesiones fueron evolucionando" hasta el reconocimiento de discapacidad definitivo del 76% reconocido por la Junta en diciembre de 2015.

Fue entonces, dice el tribunal, cuando la paciente "pudo tener un cabal conocimiento" del alcance final del daño. "La mala praxis era tan evidente que Zúrich no la discutió, pero sí la vigencia de la acción, los daños y su valoración, y así decía la sentencia de primera instancia", han trasladado desde el Defensor en una nota.