El TSJN confirma la condena de 9 años de prisión a los miembros de La Manada

El TSJN confirma la condena de 9 años de prisión a los miembros de La Manada

Por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento.

EFEEFE

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha confirmado la condena de 9 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento, impuesta por la Sección Segunda de la Audiencia de Navarra a los cinco acusados de la violación grupal a una joven madrileña el 7 de julio de 2016 en Pamplona.

El pleno de la Sala de lo Civil y Penal del TSJN, integrado por los magistrados Joaquín Cristóbal Galve Sauras (presidente), Francisco Javier Fernández Urzainqui, Alfonso Otero Pedrouzo, Miguel Ángel Abárzuza Gil y José Antonio Álvarez Caperochipi (ponente), estima uno de los motivos de los recursos, en concreto respecto de la absolución de los inculpados del delito contra la intimidad, por la grabación parcial de los hechos.

Así, el TSJN ordena a la Sección Segunda de la Audiencia, que no entró a valorar este delito, que una vez sea firme la presente resolución dicte una nueva sentencia sobre el delito contra la intimidad imputado.

Según ha informado el TSJN, la sentencia de la Sala de lo Civil y Penal cuenta con un voto particular formulado por dos de los cinco magistrados, Joaquín Galve y Miguel Ángel Abárzuza, que estiman que habría que condenar a los cinco procesados por un delito continuado de agresión sexual, al apreciar la existencia de intimidación, a sendas penas de 14 años, 3 meses y un día.

A uno de los cinco acusados, Antonio Manuel Guerrero, le consideran, además, responsable de un delito de robo con intimidación, por el que deberían imponerle 2 años más de prisión en lugar de los 900 euros de multa fijados por la Audiencia, por un delito leve de hurto, por quitarle el móvil a la denunciante.

Según ha continuado señalando el TSJN, la Sala, por unanimidad, desestima el resto de los recursos planteados por los acusados y, en esencia, ratifica la decisión de la Audiencia Provincial de dar verosimilitud a la declaración de la denunciante, principal prueba de cargo.

Sin consentimiento

En suma, el Tribunal Superior de Justicia mantiene que las relaciones sexuales enjuiciadas fueron llevadas a cabo por los procesados sin el libre consentimiento de la víctima, según explica el TSJN.

Por lo que se refiere a la calificación jurídica de los hechos juzgados, la Sala, por mayoría, desestima los recursos de las acusaciones. Así, confirma la calificación de dichas acciones como abuso sexual continuado, pues, de un lado, el relato de los hechos probados de la sentencia recurrida excluye expresamente la violencia, señala el Tribunal.

Asimismo, a juicio de la mayoría del Tribunal, es dudosa la concurrencia de la intimidación, necesaria para calificar aquellas acciones como agresión sexual o violación, puesto que los hechos probados de la sentencia de la Audiencia, a los que la Sala debe atenerse en estos recursos, no recogen la imprescindible acción intimidatoria o amenaza de los procesados, expresa o tácita. "Lo relevante es el contenido de la acción intimidatoria llevada a cabo por el sujeto activo, más que la reacción de la víctima frente a aquélla", expresa la Sala.

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JOSÉ ÁNGEL 'PRENDA'

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Condenado a 9 años de prisión, 15 años de alejamiento a más de 500 metros de la víctima, 5 años de libertad vigilada posterior a la pena privativa de libertad, y a una indemnización de 50 mil euros entre todos los condenados.

ÁNGEL BOZA

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Autor de un delito continuado de abuso sexual, por el que se le condena a 9 años de prisión, alejamiento de la víctima a más de 500 metros durante 15 años, 5 años de libertad vigilada, y 50 mil euros de indemnización entre todos los condenados.

ANTONIO MANUEL GUERRERO

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Condenado como autor de un delito de abuso sexual continuado a la pena de 9 años de cárcel, alejamiento de la víctima a más de 500 metros durante 15 años, 5 años de libertad vigilada, y 50 mil euros de indemnización entre todos los condenados. Además suma dos meses de multa, a 15 euros diarios, por un delito de hurto.

ALFONSO JESÚS CABEZUELO

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9 años de prisión, alejamiento de la víctima a más de 500 metros durante 15 años, 5 años de libertad vigilada, y 50 mil euros de indemnización entre todos los condenados.

JESÚS ESCUDERO DOMÍNGUEZ

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Condenado a 9 años de prisión por un delito de abuso sexual continuado, alejamiento de la víctima a más de 500 metros durante 15 años, 5 años de libertad vigilada y al pago de 50 mil euros de indemnización entre todos los condenados.

José Ángel 'El Prenda', Ángel Boza, Antonio Manuel Guerrero, Alfonso Jesús Cabezuelo y Jesús Escudero han sido condenados a 9 años de prisión y 5 años de libertad vigilada por abuso sexual continuado y no por violación. ¿Cómo valoras la sentencia?

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