Al menos 14 jueces avalan rebajas de penas en delitos sexuales con la ley del sí es sí

Al menos 14 jueces avalan rebajas de penas en delitos sexuales con la ley del sí es sí

Los jueces de Madrid se reúnen para unificar criterios en las sentencias: "Si la ley establece una pena inferior, hay que aplicarla, pero hay que revisar caso por caso".

La ministra de Igualdad, Irene Montero, en el Congreso.Eduardo Parra/Europa Press via Getty Images

Once jueces de la Audiencia Provincial de Madrid y tres del Tribunal Superior de Justicia de Galicia firman las cinco resoluciones judiciales conocidas hasta este martes en las que se rebajan condenadas a distintos agresores sexuales en aplicación de la ley del solo sí es sí.

Uno de esos magistrados es Ignacio González Vega, anterior portavoz de Juezas y Jueces para la Democracia (JJpD), asociación de carácter progresista, y miembro de la sección 17 de la Audiencia de Madrid que condenó a un hombre a la pena mínima por agresión sexual con el anterior Código Penal (seis años) y que ahora la rebaja a cuatro años.

“Si la legislación nueva aplicable establece una pena inferior para ese delito, hay que aplicarla; eso sí, las revisiones hay que hacerlas caso por caso, de forma individualizada”, señala en declaraciones a Efe.

Si la legislación nueva aplicable establece una pena inferior para ese delito, hay que aplicarla; eso sí, las revisiones hay que hacerlas caso por caso
Ignacio González Vega, exportavoz de Juezas y Jueces para la Democracia

González Vega recuerda que también hubo revisiones de condenas cuando el PP impulsó en 2012 una reforma del Código Penal que endureció las penas para los delitos fiscales, pero rebajó las mínimas.

A su juicio, es lógico esperar que los abogados defensores de agresores sexuales pidan más revisiones de condenas.

También revisiones de oficio: de seis a cuatro años por violación

Pero hay también revisiones de oficio, como ha ocurrido en Galicia. Un hombre recurrió la condena que le había impuesto la Audiencia Provincial de A Coruña por violar a una mujer a la que conoció a través de Tinder y, aunque el Tribunal Superior de Justicia ha desestimado su recurso y ha ratificado los hechos, ha rebajado la pena por el delito de violación de seis a cuatro años.

Siendo más favorable al reo, explica, debe aplicarse de oficio la nueva ley, que establece en cuatro años la pena cuando el delito de agresión sexual ha sido fijado en el grado mínimo, como determinó la Audiencia.

La Fiscalía no se opone

El tribunal gallego destaca que la Fiscalía ha avalado esa aplicación de oficio de la nueva regulación, tras entrar en vigor de la reforma del Código Penal que estableció la ley de garantía integral de la libertad sexual.

En dos de los cuatro casos analizados por EFE en la Audiencia Provincial de Madrid, la Fiscalía no se opuso a la revisión de las penas solicitadas por la defensa del condenado, según los autos, contra los que cabe recurso.

En el caso de un profesor a quien la Audiencia rebajó de casi siete años a un año y tres meses la condena por abusos sexuales de alumnos menores de edad, la Fiscalía sí se manifestó en contra al considerar que la nueva ley no modifica las penas impuestas en su parte inferior, de modo que pidió la aplicación de la legislación vigente en el momento de los hechos.

Pero la Audiencia no rebajó la condena por ese motivo sino porque, explicó, tres delitos de abuso sexual continuado habían quedado destipificados con la reforma.

Es el artículo 182, que castigaba a quien, mediante engaño o abusando de una posición de confianza, autoridad o influencia sobre la víctima, realice actos de carácter sexual con alguien mayor de 16 y menor de 18. Según la Sala, al destipificarse este artículo, “el consentimiento prestado por personas mayores de 16 años no es constitutivo de delito”, excepto si hay violencia, intimidación o abuso de una situación de superioridad o vulnerabilidad de la víctima, que, dicen los magistrados, “no es el caso”.

Los jueces se reúnen para unificar criterios

Los presidentes de las secciones de lo Penal de la Audiencia Provincial de Madrid se reunirán el próximo 25 de noviembre para estudiar los efectos de la nueva Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, con lo que se pretende que las quince secciones de lo Penal de la Audiencia de Madrid unifiquen criterios a la hora de aplicar esta nueva ley. La reunión fue convocada el pasado 7 de octubre a raíz de la entrada en vigor de esta modificación legislativa, según han informado a Efe fuentes jurídicas.

Esta ley introdujo que todo acto sexual sin el consentimiento de la otra persona es una agresión, si bien también supuso la reducción de algunas penas mínimas. La pena mínima del delito de agresión quedó por ejemplo en cuatro años, frente a los seis contemplados anteriormente en el Código Penal. La nueva tipificación de los delitos sexuales ya ha supuesto que algunas  secciones de la Audiencia Provincial hayan revisado a la baja las sentencias de varios condenados, a petición de sus respectivos abogados defensores.

Igualdad cuestiona la interpretación de los jueces

Desde el Ministerio de Igualdad se ha cuestionado la interpretación que están haciendo los jueces de la reforma.

El poder judicial tiene que hacer su trabajo formándose y aplicando la ley completa tal como es, y no de una manera tan reaccionaria y sorprendente
Victoria Rosell, delegada del Gobierno contra la violencia de género

“El poder judicial tiene que hacer su trabajo formándose y aplicando la ley completa tal como es, y no de una manera tan reaccionaria y sorprendente”, ha señalado este martes la delegada del Gobierno contra la violencia de género, Victoria Rosell, quien ha asegurado que la norma es “magnífica”.

Sobre la reducción de la condena al profesor ha considerado que se trata de una “lectura superficial y de brocha gorda”.