La Audiencia Nacional rechaza aplicar medidas cautelarísimas y mantiene las restricciones en Madrid

La Audiencia Nacional rechaza aplicar medidas cautelarísimas y mantiene las restricciones en Madrid

"En este caso no concurren las razones de especial urgencia".

Un control policial en Madrid el 3 de octubre de 2020 (AP Photo/Paul White)ASSOCIATED PRESS

La Audiencia Nacional ha desestimado la medida cautelarísima solicitada por un abogado particular, el abogado Curro Nicolau, contra el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y la Orden Comunicada del ministro de Sanidad por la que la Comunidad de Madrid ha tenido que aplicar restricciones en diez municipios, entre ellos la capital, para atajar los contagios de coronavirus.

En un auto, el Tribunal explica que “en este caso no concurren las razones de especial urgencia que exige la doctrina para adoptar una suspensión en este caso del Acuerdo y de la Orden Ministerial sin oír a la otra parte, la Abogacía del Estado”.

La Audiencia recuerda que para adoptar esta medida se exigen circunstancias que pongan de manifiesto una urgencia excepcional o extraordinaria de mayor intensidad que la normalmente exigible para la adopción de las cautelares.

El tribunal destaca que las resoluciones impugnadas van dirigidas a las comunidades autónomas y no a las personas

Nicolau consideraba que el acuerdo del CISNS lesiona los derechos a la libre circulación y a la reunión.

El tribunal destaca que las resoluciones impugnadas van dirigidas a las comunidades autónomas y no a las personas “en el sentido que obligará a las comunidades autónomas a adoptar, al menos, las medidas que se prevén en el apartado 2 en los municipios de más de 100.000 habitantes que formen parte de su territorio cuando concurran determinadas circunstancias”.

Por ello la Sala concluye que no producen “la afección directa de los derechos fundamentales del actor. La afección tendrá lugar, en su caso, cuando las destinatarias de los actos administrativos impugnados, las Comunidades Autónomas y las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla dicten resoluciones adoptando medidas que ya directa e individualmente afecten a los ciudadanos”.

Admitido a trámite el recurso de la Comunidad

Por otra parte, la Audiencia Nacional admitió a trámite el sábado 3 de octubre el recurso contencioso-administrativo de la Comunidad de Madrid contra la orden del Ministerio de Sanidad.

Dicho tribunal ha dado un plazo de diez días hábiles a la Abogacía del Estado para que se pronuncie sobre las medidas cautelares, lo que implica que si ésta agota el plazo, podría contestar el 20 de octubre y la Sala resolvería a continuación.

El consejero de Interior y Justicia y secretario de Justicia del PP, Enrique López, explicó el pasado viernes que la orden del Ministerio supone una “invasión de competencias” y por ello la han llevado ante la Audiencia Nacional, por fallos de “forma”.

En cuanto al fondo, para López las medidas del Gobierno central son “peores” y “menos eficaces” que las del autonómico y pueden provocar “un caos” como consecuencia de la forma en la que están redactadas.

López recalcó que el recurso de la Comunidad “no es contra el funcionamiento del estado de derecho, ni para cambiar la Constitución, ni para saltarse las leyes, sino para defender el estado de derecho, el autogobierno y las competencias, y sobre todo para proteger mejor la salud de los madrileños”.

“Actuamos con lealtad, responsabilidad y, sobre todo, con coherencia. Tenemos que proteger a los ciudadanos, y por eso vamos a aprobar esta orden sanitaria que supone la trasposición de lo ordenado por el ministro”, afirmó.