Las comunidades podrán contratar a médicos sin plaza que hayan aprobado el MIR y extracomunitarios

Las comunidades podrán contratar a médicos sin plaza que hayan aprobado el MIR y extracomunitarios

La medida puede afectar en torno a 10.000 profesionales.

Con el objetivo de aliviar la “presión asistencial” las comunidades autónomas que lo necesiten podrán contratar a médicos que han aprobado el MIR pero que no han obtenido plaza en la convocatoria 2019/2020 y a especialistas no comunitarios, según ha informado este martes la ministra de Política Territorial y Función Pública, Carolina Darias.

“La crisis sanitaria en la que nos encontramos obliga a adoptar una serie de medidas excepcionales y transitoria en materia de recursos humanos”, ha avanzado.

La medida, según los datos de Sanidad, puede afectar en torno a 10.000 profesionales facultativos y no facultativos.

En concreto, en el ámbito de la Medicina son 4.557 los profesionales que realizaron las pruebas selectivas de la formación sanitaria especializada que no tienen plaza. Otras titulaciones que optaban a perfiles facultativos fueron Psicología con 2.802 profesionales, Farmacia con 917 profesionales, Biología con 557, Química con 161 y Física con 93.

En el caso de las contrataciones a médicos especialista no comunitarios, podrán hacerse “siempre y cuando el comité de evaluación haya emitido el informe propuesta, es decir, esté en primera fase de tramitación del expediente”.

El número de profesionales extracomunitarios que se pueden contratar asciende a 234, 153 están pendientes de realización de prácticas profesionales, 81 pendientes de realización de formación complementaria y 282, de la superación de una prueba teórico-práctica.

El texto recoge que el contrato que se suscriba permitirá el desempeño de la actividad asistencial y podrá prolongarse hasta doce meses prorrogables por sucesivos períodos de tres meses y el periodo de servicios prestados será tenido en cuenta para el reconocimiento de efectos profesionales del título de especialista.

Lo acordado por el Ejecutivo contempla también que las comunidades autónomas podrán destinar el personal estatutario de Enfermería y médico facultativo especialista de área de cualquier especialidad, dentro de su centro hospitalario, a unidades asistenciales de otra especialidad distinta de la suya cuando el número de profesionales de dichas unidades no sea suficiente.

El objetivo, según el departamento que dirige Salvador Illa, es prestar atención sanitaria a los pacientes de esas áreas, “siempre que quede garantizada la asistencia sanitaria de sus unidades asistenciales de origen”.

Cada autonomía podrá acordar que los que presten servicios en centros hospitalarios pase a hacerlo en los centros de Atención Primaria de su área para “reforzarla” y siempre quede garantizada la atención sanitaria en sus unidades de origen.

Además, podrán destinar “al personal estatutario de la categoría de Enfermería, médico/a o pediatra de Atención Primaria, de forma excepcional y transitoria, a prestar servicios en sus hospitales de referencia o a hospitales de campaña, si las necesidades lo demandan”.

El personal funcionario autonómico o laboral que desempeñe su actividad en establecimientos sanitarios de carácter público podrá ser destinado a cualquier dispositivo asistencial del Sistema Nacional de Salud.