Condenan a siete años de prisión a un hombre por abusar de una joven bebida

Condenan a siete años de prisión a un hombre por abusar de una joven bebida

La Audiencia de Cantabria considera que la víctima, en la situación en la que se encontraba, "no estaba en condiciones de consentir una relación sexual”.

Juicio contra los dos acusados de abuso sexual en la Audiencia Provincial de CantabriaEUROPA PRESS

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a siete años de prisión y al pago de una indemnización de 10.000 euros a uno de los dos acusados de abusar sexualmente de una joven que se encontraba “prácticamente privada de sentido” por el alcohol que había consumido.

En la sentencia de este miércoles que todavía no es firme, condenan a uno de los dos acusados por un delito de abuso sexual agravado, ya que penetró a la joven en dos ocasiones, anal y vaginalmente, y ha absuelto al otro por falta de pruebas.

La Audiencia Provincial de Cantabria ha detallado que solo se encontraron restos de semen del condenado, por lo que no considera suficiente su versión, en la que afirmaba que los dos habían mantenido relaciones sexuales consentidas con la joven.

Por otro lado, no ha encontrado pruebas de que, tal y como relataban las acusaciones, los hombres echaran una sustancia en la bebida de la joven. “Las acusaciones presumen que mediaron esas sustancias, pero ninguna prueba hay de ello; de lo que sí hay prueba más que suficiente es de una considerable ingesta de alcohol”, razonan en el documento.

El tribunal ha asegurado en el escrito que cuando se examinó a la víctima en el hospital, la tasa de alcohol en sangre era “más que elevada”, teniendo en cuenta, además, que ya se encontraba “en fase descendente”.

Ello “permite colegir que cuando ocurrió la doble penetración la joven se encontraba notoria y gravemente influida por el alcohol, lo que se corresponde con el estado de sopor y falta de consciencia que la mujer ha relatado a lo largo de todo el procedimiento”, añade la sentencia.

La joven “no estaba en condiciones de consentir la relación sexual”

La Justicia ha afirmado que las relaciones no fueron consentidas, explicando que “una mujer borracha en los límites en los que se encontraba la mujer no está en condiciones de consentir o no una relación sexual”.

El tribunal considera probado que los acusados invitaron a la joven a irse a dormir con ella después de conocerla en un bar de fiesta de Noja y que ella tenía “las facultades intelectivas y volitivas seriamente mermadas” por esa ingesta de alcohol.

La Audiencia Provincial de Cantabria ha relatado que una vez en el piso de los procesados, la mujer se quedó dormida en el salón y el condenado aprovechó para abusar de ella, mientras que el otro “se dirigió a su cuarto, donde se metió en la cama y se quedó dormido”.

La víctima “tenía su voluntad tan afectada que no se enteró prácticamente de nada”, y tal era su estado que cuando fue penetrada vaginalmente “ni siquiera se dio cuenta de que estaba usando un tampón”, que le encontraron en la exploración al día siguiente.