El Gobierno prepara una ley para poner coto a las 'puertas giratorias' y regular 'lobbies'

El Gobierno prepara una ley para poner coto a las 'puertas giratorias' y regular 'lobbies'

Los grupos de interés tendrán que inscribir su actividad en su registro oficial, según el borrador de la norma a la que tenido acceso la Cadena SER.

El Congreso, en una imagen de archivo.Ricardo Rubio/Europa Press via Getty Images

El Gobierno prepara una nueva ley con la que poner coto a las denominadas ‘puertas giratorias’ en la política, pero también para regular los lobbies. Según ha publicado la Cadena SER, el Consejo de Ministros tiene previsto aprobar en su reunión de este martes el Anteproyecto de Ley de Transparencia e Integridad en las Actividades de los Grupos de Interés.

El objetivo del Gobierno es el de elevar los estándares de rendición de cuentas “facilitando a la ciudadanía un mayor conocimiento sobre los comportamientos que inciden en las instituciones y en las autoridades públicas”, dando cumplimiento a las demandas de distintas organizaciones internacionales y nacionales en aras de una mayor transparencia con este tipo de colectivos.

Tiempo de enfriamiento para altos cargos

En este sentido, y según el texto del borrador al que ha tenido acceso la SER, se impedirá que cualquier alto cargo de la Administración -incluso de su sector público- pueda realizar, tras su cese, labores profesionales de influencia desde empresas o consultoras de asuntos públicos.

Por otra parte, ministros, secretarios de Estado, delegados del Gobierno, entre otros cargos, también deberán esperar un plazo de dos años para dedicarse a esas tareas relacionadas con sus competencias anteriores. También contempla sanciones como devolver la compensación por cese -si la ha recibido- o la inhabilitación de entre 5 y 10 años para los altos cargos que incumplan este nuevo régimen de incompatibilidades.

Regulación de los ‘lobbies’

Por otra parte, esta nueva ley crea la primera definición del concepto de grupo de interés y redacta un código de conducta en sus relaciones con políticos o funcionarios. Así, todas aquellas personas o empresas que “tengan como finalidad intervenir en la toma de decisiones públicas o en el diseño de leyes”, deberán formar parte de un registro oficial para poder comunicarse “de forma directa o indirecta” con el personal de la alta Administración, según indica el citado medio.

El registro dependerá de la Oficina de Conflictos de Intereses y recogerá detalles como la relación de personas que forman parte del grupo de presión, ámbitos de influencia y de financiación, además del importe y origen de los fondos públicos que reciban. Además estarán obligados a difundir “las reuniones y audiencias mantenidas con el personal público, así como las comunicaciones y los informes sobre las materias tratadas”.

Otra de las claves que si la actividad se hace en representación de terceros estarán obligadas a revelar su identidad y la cantidad de dinero que pagan por ese concepto.

Código de conducta de 12 puntos

Por otra parte, el borrador también contempla la creación de un código de conducta que incluye una docena de principios de obligado cumplimiento cuando los grupos de interés tengan que relacionarse con los miembros del Gobierno o altos cargos del sector público estatal.

Queda prohibido que ofrezcan regalos, favores o servicios en condiciones ventajosas. Tampoco podrán difundir la información confidencial que pudieran conocer en el ejercicio de su actividad o influir de manera ilícita en la toma de decisiones.

Asimismo, aquellos altos cargos deberán hacer pública su agenda oficial en el Portal de Transparencia. Es decir, toda la relación de asuntos o compromisos soportada en cuadernos, dispositivos electrónicos o cualquier otro medio que sirva para anotar, hacer seguimiento y reflejar la actividad de los miembros del Gobierno y de la Administración.

Además, todas las futuras normas que se aprueben deberán contar con el denominado ‘informe de huella legislativa’. Este apartado deberá especificar las aportaciones realizadas por los grupos de interés que participen en el proceso de elaboración legislativo. También deberá incluir la fecha de los contactos mantenidos, el objeto y la postura y pretensiones mantenidas por el lobista.