El Gobierno restringe los despidos por el impacto del coronavirus

El Gobierno restringe los despidos por el impacto del coronavirus

“Nadie puede aprovecharse de esta crisis sanitaria”, ha asegurado Yolanda Díaz, ministra de Trabajo.

El Gobierno ha aprobado este viernes una restricción temporal de los despidos mientras dure el estado de alarma para evitar que las empresas echen a sus trabajadores por la pandemia del coronavirus, según ha anunciado la ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, tras la reunión del Consejo de Ministros en el Palacio de La Moncloa.

“Nadie puede aprovecharse de esta crisis sanitaria, no se puede aprovechar el COVID-19 para despedir”, ha sentenciado Díaz.

A falta de conocer los detalles concretos, el Gobierno habría prohibido por ley los despidos objetivos por fuerza mayor y por causas económicas, organizativas, técnicas y de producción que aleguen la pandemia del coronavirus como justificación. Estos despidos tienen una indemnización de 20 días de salario por año trabajado, con un máximo de 12 mensualidades.

“La presente norma establece que no estará justificado el despido que se realice por causas relacionadas con el Covid-19”, asegura la referencia del Consejo de Ministros, que no explica nada más sobre esta importante decisión del Ejecutivo.

A pesar del eslogan del Gobierno, esta decisión no prohíbe todos los tipos de despidos existentes en España. Por ejemplo, las empresas van a poder seguir usando el despido disciplinario si un trabajador incumple sus obligaciones laborales.

La pandemia del coronavirus ha provocado un terremoto económico en España. La entrada en vigor del estado de alarma el 14 de marzo suspendió gran parte de la actividad económica del país, con el cierre de comercios y la restricción de circulación de los ciudadanos. Esto ha provocado una avalancha de despidos y suspensiones de empleo en las últimas dos semanas.

Con esta medida, el Gobierno pretende que las compañías opten por las suspensiones de empleo, en lugar de los despidos, a diferencia de lo que ocurrió durante la crisis económica iniciada en 2008. “No se puede despedir, no es necesario despedir a nadie”, ha asegurado Díaz.

Las cifras finales de trabajadores afectados por suspensiones de empleo o despidos todavía no se conocen, aunque aumentan día a día. Esta semana se ha sabido que las comunidades autónomas habían registrado hasta ahora un total de 160.657 expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), que afectaban a cerca de 1,15 millones de trabajadores.

A pesar de las recomendaciones de los miembros del Ejecutivo de utilizar esta herramienta, muchas empresas han optado por despedir trabajadores con la excusa de que los ERTEs blindan los puestos de trabajo de los afectados durante los seis meses posteriores a la crisis sanitaria.

Los líderes sindicales Unai Sordo (CCOO) y Pepe Álvarez (UGT) denunciaron este jueves que se habían producido más de un millón de despidos individuales durante el mes de marzo por la pandemia del coronavirus. Estos habían pedido una prohibición de los despidos similar a la que se ha aprobado en Italia, una petición que ha sido escuchada.

No se puede despedir, no es necesario despedir a nadie
Yolanda Díaz, ministra de Trabajo

Todavía no se conocen los detalles concretos de la prohibición de los despidos, que entraría en vigor una vez se publique en el BOE. “Siempre que existan causas económicas, técnicas, organizativas o de fuerza mayor no se puede despedir”, ha asegurado Díaz.

Junto a esta medida, el Gobierno ha acordado que los contratos temporales se mantengan vigentes hasta que concluya la crisis sanitaria, se renovarán automáticamente. “Con la excusa del covid, no hay que extinguir los contratos temporales”, ha afirmado

La ministra ha anunciado que la Inspección de Trabajo tiene orden de revisar los expedientes de regulación temporales de empleo (ERTEs) presentados durante el estado de alarma para asegurarse de que las compañías no cometan fraude.

En caso de incumplimiento, las empresas se enfrentarán a sanciones o devoluciones de las cuantías percibidas.“Si hay fraude, los empresarios deberán devolver todas las ayudas en cotizaciones y pagar las prestaciones de desempleo”, ha afirmado.

Díaz también ha informado de que el Consejo de Ministros ha dado el visto bueno a la posibilidad de que los consejos rectores de los socios cooperativistas puedan presentar ERTEs, ya que las cooperativas no pueden celebrar virtualmente sus Asambleas Generales.

El Gobierno ha acordado concretar los mecanismos para que la prestación por desempleo se solicite directamente por parte del empresario que ha tramitado el ERTE, en lugar del trabajador. Esto agilizará los trámites para que los afectados puedan cobrar cuanto antes la ayuda económica.

Las compañías tendrán que remitir un listado de los trabajadores afectados al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), con datos como el nombre, DNI o cuenta corriente, para que estos puedan cobrar la prestación por desempleo. “Un mecanismo muy sencillo, con un formulario con datos muy básico. Con estos formularios se los enviarán a las oficinas de empleo, que tramitarán las ayudas”, ha explicado.

Aquí puedes leer el real decreto en el BOE:

BOE con el decreto de medidas laborales. by El HuffPost on Scribd