El papa Francisco obligará a denunciar los abusos y el encubrimiento en la Iglesia

El papa Francisco obligará a denunciar los abusos y el encubrimiento en la Iglesia

Un documento papal recoge importantes novedades en la lucha contra los delitos sexuales

El papa Francisco en el Vaticano. EFE/ArchivoEFE

El papa Francisco ha decidido dar un paso adelante en la lucha de la Iglesia contra los abusos sexuales. Desde ahora será obligatorio para todos los miembros eclesiásticos denunciar cualquier caso de abuso, así como los posibles encubrimientos de altos representantes del Ministerio.

Estas medidas han llegado en la forma del documento llamado “Vos estis lux mundi” (Vosotros sois la luz del mundo) publicado este jueves. En él también se conmina a todas las diócesis del mundo la creación antes de junio de 2020 de un sistema accesible a cualquiera que quiera realizar una denuncia. Las vías propuestas incluyen portales de internet, oficinas y líneas telefónicas en las que se atenderán a los denunciantes.

“No hay delitos ni penas nuevas, lo que se busca garantizar es la recogida de noticias de datos, la gestión de denuncias y la fidedigna transmisión de las denuncias”, ha explicado el secretario del Pontifico Consejo para los Textos Legislativos, el español Juan Ignacio Arrieta Ochoa a EFE.

La lucha contra los abusos a menores y el encubrimiento es una batalla que afronta la Iglesia, especialmente en los últimos años, con los papados de Benedicto XVI y el actual de Francisco. El actual sumo pontífice ya declaró en 2015 que “los culpables de los abusos rendirán cuentas”.

Lo que antes era una cuestión moral ahora está establecido legalmente

Arrieta Ochoa ha hecho hincapié en el cambio “legal” con respecto a las denuncias. Lo que antes era una cuestión moral, “ahora está establecido legalmente”.

Y se aplicará, como reza el artículo 1, para todos los delitos en los que “se obligue a alguien, con violencia o amenaza o mediante abuso de autoridad, a realizar o sufrir actos sexuales; realizar actos sexuales con un menor o con una persona vulnerable; producir, exhibir, poseer o distribuir, incluso por vía telemática, material pornográfico infantil”. En el documento papal igualmente se hace referencia a “cualquier caso de violencia contra las religiosas por parte de clérigos, así como el caso de acoso a seminaristas o novicios.

El encubrimiento, un delito

El silencio ante un caso de abuso por parte de un alto cargo eclesiástico, tan tristemente habitual en el pasado y que tantas críticas ha generado a la Iglesia, va a ser delito. “Cualquier clérigo o religioso que conozca esta conducta por parte un obispo estará obligado a denunciar e informar a la Santa Sede para que tome medidas disciplinarias o penales”, ha agregado Arrieta.

Además, ha aclarado que “los informes sobre los obispos siempre se pueden enviar a la Santa Sede, directamente o a través del Representante Pontificio”.

Otro punto relevante es la protección de los denunciantes y de las víctimas, que, según la nueva ley, no pueden ser objeto de “prejuicios, represalias o discriminación”, así como nadie puede imponerles la obligación de silencio con respecto al contenido, por lo que pueden hablar con ellos quienes quieran, incluida la prensa. También se les garantizará “asistencia médica, terapéutica y psicológica, según sea el caso”.

Las denuncias recogidas tendrán que ser inmediatamente comunicadas al obispo o al superior de la congregación u orden de la diócesis donde se han producido los hechos, pero también se permite que se informe a otros obispos. El documento del papa remarca “la responsabilidad del obispo” en estos casos.

“Siempre será un obispo quien deba responder directamente al papa, y con la ayuda de fieles laicos, quien se encargue de esta primera investigación preliminar”, explicó Arrieta. El responsable de la investigación después de 30 días enviará a la Santa Sede una relación informativa sobre el estado de las investigaciones, que deberá concluirse en el plazo de 90 días, que pueden ser prorrogables solo por razones justas.

Además, desde el inicio hasta el cierre de las investigaciones preliminares en la diócesis no tendrán que pasar más de 90 días, aunque se podrá por motivos justificados aumentar el plazo.