El plan de Escrivá para que los españoles no se jubilen con 64 años

El plan de Escrivá para que los españoles no se jubilen con 64 años

El ministro plantea premiar a los ciudadanos que retrasen su edad de retiro.

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, en la comisión del Pacto de Toledo del Congreso.  Europa Press News via Getty Images

Retrasar la edad real de jubilación. Ese es el objetivo de la propuesta remitida esta semana por el Gobierno de Pedro Sánchez a los sindicatos y a las asociaciones empresariales para intentar llegar a un acuerdo sobre la reforma del sistema público de pensiones.

El documento elaborado por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, que capitanea José Luis Escrivá, plantea varias fórmulas para acercar la edad real de jubilación —64 años y 6 meses— a la establecida por la ley —66 años en 2021—.

Con este objetivo, el departamento de Escrivá propone una serie de medidas para endurecer las condiciones para acceder a la jubilación anticipada y premiar a los trabajadores que opten voluntariamente por retrasar su edad de retiro del mercado laboral.

Unas medidas que buscan mejorar la situación económica del sistema público de pensiones. La Seguridad Social tiene un déficit estructural equivalente al 1,5% del producto interior bruto, según el Banco de España. Existe una diferencia anual entre ingresos y gastos de 18.000 millones. A raíz de la pandemia, el agujero se elevará este año hasta los 25.000 millones.

Incentivos para retrasar la edad de jubilación

Escrivá quiere premiar a los ciudadanos que sigan trabajando aunque ya hayan alcanzado la edad legal de jubilación. Esta se sitúa en los 66 años en 2021 y se elevará paulatinamente hasta los 67 años en 2027. La propuesta pone incentivos para los trabajadores que decidan retirarse más tarde.

Una de las posibilidades es que estos trabajadores cobren un 4% más en su prestación por jubilación por cada año cotizado de más en su vida laboral.

¿Cómo funciona? Si un trabajador se jubilara a los 68 años en 2021 (dos años más que la edad legal), recibiría una pensión un 8% superior a la que percibiría si se hubiera retirado cuando le tocaba.

Estos trabajadores podrán cobrar estos incentivos aunque la cantidad total supere la pensión máxima establecida anualmente en los presupuestos, fijada en 2.707,5 euros en 2021.

Otras alternativas es que estos trabajadores cobren ese premio en un único pago a la hora de jubilarse o una combinación de ambas soluciones.

Penalizaciones para las jubilaciones anticipadas

La propuesta de Escrivá también incluye algunas medidas destinadas a desincentivar la jubilación anticipada. El texto fija nuevas penalizaciones en la prestación por jubilación para aquellos trabajadores que decidan adelantar su edad de retiro a lo establecido legalmente. La cuantía de la penalización se calculará en función de los meses de adelanto.

Otra de las medidas está destinada a los trabajadores que tienen derecho a cobrar la pensión máxima de jubilación al haber tenido salarios más altos. Las penalizaciones por retirarse antes de tiempo para estos empleados se aplicarán sobre la cuantía de la la prestación máxima. Hasta ahora se aplicaban sobre la base reguladora —una cantidad similar al salario—, por lo que la gran mayoría de ellos seguían percibiendo la pensión máxima.

Prohibición de la jubilación forzosa

Asimismo, el Gobierno también propone prohibir la jubilación forzosa en las empresas. Una propuesta que va en dirección contraria a lo acordado en 2018 por el Ministerio de Trabajo con la patronal CEOE y los sindicatos CCOO y UGT.

Los nuevos convenios colectivos no podrán incluir una cláusula para que los trabajadores se tengan que retirar obligatoriamente el día que cumplen la edad establecida para jubilarse, situada en 66 años en 2021.

“En aras de favorecer la prolongación de la vida laboral, los convenios colectivos no podrán establecer cláusulas que posibiliten la extinción del contrato de trabajo por el cumplimiento de parte del trabajador de la edad legal de jubilación fijada en la normativa de la Seguridad Social”, señala el documento.

Esta prohibición se incluirá en el Estatuto de los Trabajadores, pero solo se aplicará a los nuevos convenios colectivos, no así en los qua ya están vigentes.