El TSJ de Cataluña rechaza cerrar provisionalmente las "embajadas catalanas"

El TSJ de Cataluña rechaza cerrar provisionalmente las "embajadas catalanas"

Como le pidió el Gobierno, a la espera de resolver si las cierra.

EFE

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha rechazado paralizar provisionalmente la actividad de las delegaciones de la Generalitat en Alemania, Suiza y Reino Unido, como le pidió el Gobierno, a la espera de resolver si las cierra.

En un auto, la sección quinta de la sala contenciosa del TSJC desestima la petición del Ministerio de Asuntos Exteriores para que ordenara el cierre cautelar de las delegaciones en el extranjero, al concluir que la solicitud es “extemporánea” porque no fue planteada en la fase procesal que correspondía.

A través de la Abogacía del Estado, el Ministerio de Asuntos Exteriores pidió a principios de mes al TSJC que paralizara la actividad de las delegaciones en el extranjero, al entender que están realizando “con singular intensidad” labores en favor de los objetivos del proceso secesionista de Cataluña, declarado inconstitucional.

“Todas las opciones”

Por su parte, el Ministerio de Asuntos Exteriores estudia la posibilidad de recurrir la decisión del TSJC de no paralizar la actividad de las delegaciones de la Generalitat en Alemania, Suiza y Reino Unido.

“Analizamos todas las opciones, entre ellas, la de recurrir”, han informado a Efe fuentes del Ministerio tras conocer la decisión del TSJC de no paralizar provisionalmente la actividad de las “embajadas” catalanas a la espera de resolver si las cierra, como le pidió el Gobierno.

Las fuentes han subrayado también que la decisión adoptada este lunes por la Sección quinta de la Sala de los contencioso del TSJC “no entra en el fondo” de si las oficinas de intereses catalanes de estos países deben ser cerradas, sino que “sólo valora una cuestión procedimental”.

Exteriores pidió a principios de mes al TSJC que paralizara la actividad de las delegaciones en el extranjero, al entender que están realizando “con singular intensidad” labores en favor de los objetivos del proceso secesionista de Cataluña, declarado inconstitucional.

Ahora el Tribunal ha decidido rechazar la petición de medidas cautelares dado que la Abogacía del Estado no las solicitó cuando correspondía, es decir, ni cuando presentó el recurso ni cuando el pasado mes de enero formalizó el escrito de demanda.