IU cita por error en Twitter al creador de 'La que se avecina' y su respuesta es antológica

IU cita por error en Twitter al creador de 'La que se avecina' y su respuesta es antológica

Maravilloso.

Alberto Caballero junto a Laura Caballero, en noviembre de 2019.Sergio R Moreno GTRES

Alberto Caballero, creador de la popular serie de televisión La que se avecina, ha hecho maravillas en Twitter con su respuesta a IU de Castilla y León, que le citó por error en esa red social para un tema que nada tenía que ver con él.

El origen de la confusión es el (hasta cierto punto) parecido en el usuario de Twitter de Caballero (@alber_caballero) con el del exdiputado de Podemos Alberto Rodríguez (@Alber_Canarias).

Por eso, IU de Castilla y León ‘arrobó’ al director y guionista en un mensaje que iba destinado realmente al expolítico.

″@IzquierdaUnida muestra el “máximo respeto” por las decisiones de @alber_caballero y se pone a su disposición “para todo lo que necesite” tras las maniobras sufridas para dejarle sin escaño”, escribió la cuenta oficial del partido político.

Un error que no habría tenido mayor repercusión de no ser por la antológica reacción de Alberto Caballero, que ha replicado: “Agradezco mucho el apoyo, pero no era mi escaño. Más quisiera yo, sufrido trabajador del sector privado, que estar en la cafetería del congreso con cañas a 0,81€ y gin tonics a 3€”.

Todo ello después de que Rodríguez, condenado por el Tribunal Supremo por atentar contra un agente de la autoridad a un mes y quince días de cárcel, anunciara que presentará ante la Sala Segunda del Alto Tribunal un incidente de nulidad de actuaciones.

Con el incidente de nulidad, previsto en el artículo 241 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), quienes son parte legítima pueden pedir por escrito que se declare la nulidad de actuaciones apoyándose en cualquier vulneración de un derecho fundamental de los referidos en el artículo 53.2 de la Constitución.

Una vez lo presenten, la LOPJ dice que será competente para conocer de este incidente el mismo juzgado o tribunal que dictó la resolución que hubiera adquirido firmeza. El plazo para pedir la nulidad es de 20 días desde la notificación de la la resolución o, en todo caso, desde que se tuvo conocimiento del defecto causante de indefensión, sin que, en este último caso, pueda solicitarse la nulidad de actuaciones después de transcurridos cinco años desde la notificación de la resolución.

Así, dado que la sentencia se hizo pública el día 6 de octubre, la defensa de Alberto Rodríguez, dirigida por el abogado Gonzalo Boye y la abogada Isabel Elbal, aun está a tiempo de presentar ese incidente. Paso previo al recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional.