La Junta Electoral inhabilita a Quim Torra

La Junta Electoral inhabilita a Quim Torra

El 'president' está condenado a un año y medio de inhabilitación por el TSJC por el caso de los lazos amarillos. El 'Estatut' estipula su salida de la Generalitat.

El presidente de la Generalitat, Quim Torra.EFE

La Junta Electoral Central (JEC) ha revocado en la tarde de este viernes el acta de diputado en el Parlament del president Quim Torra. El dirigente catalán está condenado por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) a un año y medio de inhabilitación por desobedecer a la propia JEC y negarse a retirar los lazos amarillos. Esta decisión conlleva su salida de la presidencia de Cataluña, ya que el Estatut de Autonomía establece que para ejercer ese cargo se ha de tener la condición de diputado.

La JEC ha aplicado el artículo 6.2 b) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg) que considera “inelegibles” a quienes cumplen condena por delitos contra la Administración Pública, entre ellos la desobediencia, incluso aunque la sentencia que lo ha condenado no sea firme, como ocurre en el caso del president.

“Torra concurre en la causa de inelegibilidad sobrevenida en el artículo”, explica el acuerdo de la JEC, por haber sido condenado en sentencia no firme por desobediencia, un delito contra la Administración Pública, a una pena de inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos, “ya sean de ámbito local, autonómico, estatal o europeo, así como para el desempeño de funciones de gobierno en los ámbitos local, autonómico y del Estado”.

El organismo encargado de garantizar la validez de los procesos electorales ha ordenado a la Junta Electoral Provincial de Barcelona que, una vez notifique el resultado de su decisión, declare la vacante como diputado autonómico de Torra. Y que expida, de esa manera, la credencial al siguiente candidato de la lista con la que concurrió Junts per Catalunya a los comicios autonómicos del 21 de diciembre de 2017.

Son inelegibles los condenados por sentencia, aunque no sea firme, por delitos de rebelión, de terrorismo, contra la Administración Pública o contra las Instituciones del Estado
Artículo 6.2 b) de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg)

Esta decisión de la JEC estima los recursos que presentaron PP y Cs tras la sentencia del TSJC que le condenó y que no es firme. El Tribunal Supremo aún debe dirimir el recurso presentado por la defensa del máximo responsable de la Generalitat. Un punto al que se agarraban los defensores de Torra para pensar que la JEC no revocaría su acta.

Torra ha asegurado este viernes que recurrirá la decisión de la JEC y ha recalcado que solo el Parlament puede destituirle. También ha cargado contra la instituciones españoles, a las que ha acusado de efectuar un 155 (intervención constitucional de la autonomía) encubierto en Cataluña e intentar derrocar al president por vías no democráticas.

El TSJC condenó el 19 de noviembre a Torra a un año y medio de inhabilitación por desobedecer la orden de la propia Junta Electoral y negarse a retirar los lazos amarillos de reivindicación independentista durante la campaña a las elecciones locales y europeas de mayo, y que terminaron quitando los trabajadores de la Generalitat antes de que venciera el ultimátum que dio la JEC.

La Cámara autonómica defendió en el escrito que presentó ante la Junta Electoral que las causas del cese del president las decide el Parlament y que es la Cámara autonómica la que se reserva la última decisión, así como los plazos para acatar o no la orden de la Junta Electoral.

Lo mismo ha reiterado Torra este viernes: “Solo el Parlament puede destituirme”. El presidente de Cataluña también lo transmitió en el escrito alegaciones ante la Junta: “El reglamento es claro. Únicamente la condena a una pena de inhabilitación impuesta por una sentencia judicial firme puede comportar la pérdida de la condición de diputado”.

  Trabajadores del Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación de la Generalitat retiran lazos amarillos.

PP, Ciudadanos y Vox ya pidieron a la Junta Electoral Provincial de Barcelona que revocara el acta al president para que fuera destituido antes de que llegue una sentencia firme. No obstante, el órgano administrativo desestimó en Nochebuena ese recurso precisamente por ese motivo, ya que consideró que revocar el acta antes de que haya una sentencia firme vulneraría el derecho a la representación política de los ciudadanos de Cataluña. Un criterio que la JEC no ha compartido.

Una decisión controvertida

La ley electoral, no obstante, sí permite la inhabilitación sin que se haya posicionado el Supremo, pero esa decisión es controvertida jurídicamente. Los jueces de la Junta provincial lo corroboraron en la votación a la que llegaron divididos. Cuatro jueces se ciñeron entonces de forma expresa a la norma, como ha hecho la JEC.

Otro de los jueces, sin embargo, emitió un voto diferente y apuntó que el president Torra debía ser apartado ya del escaño que ostenta en la Cámara y, por tanto, debe dejar de ser el máximo responsable de la Generalitat.

La JEC ha dirimido la inhabilitación de Torra un dia antes de que comience este sábado a las 9.00 horas l pleno de investidura de Pedro Sánchez y ha sacudido una sesión de consecuencias inciertas. El dirigente socialista logró este jueves la abstención de los 13 diputados de ERC, claves para su triunfo el próximo 7 de enero. Los republicanos han tachado la decisión de “una nueva actuación contra la política y la democracia”.

El coordinador nacional de ERC, Pere Aragonès —y vicepresidente de Torra—, ha tachado la decisión de la JEC de “aberrante”. “Estamos contigo [president], siempre todo el apoyo”, ha advertido en Twitter.

La diputada de Junts per Cataluña en el Congreso, Laura Borràs, no escondió este jueves que la decisión de la JEC puede llevar a Cataluña a unos comicios anticipados. La diputada independentista aseguró que las negociaciones entre PSOE y ERC, que han conducido al acuerdo que hará que los republicanos se abstengan, han abierto una “fractura” con su socio en el Govern.

La ofensiva de la oposición

Los populares presentaron el recurso ante la JEC, junto a Cs, para torpedear la investidura de Sánchez y desestabilizar a ERC, que gobierna junto al dirigente catalán. “Torra no puede ser presidente, ni Junqueras puede ser eurodiputado. Por eso presentamos sendos recursos ante la Junta, para que sean destituidos de manera automática”, ha asegurado el vicesecretario de comunicación Pablo Montesinos, quien ha denunciado las presiones que según él han sufrido los jueces.

Ciudadanos ha remarcado este viernes que no han pedido su destitución, sino que se avale la incompatibilidad de su puesto en la Cámara con su estatus jurídico. “Hemos pedido que se declare su incompatibilidad como diputado autonómico, algo que posteriormente supondría la pérdida de su cargo”, ha especificado el portavoz adjunto de Ciudadanos en el Congreso, Edmundo Bal.