La justicia avala que se pida el certificado covid en el ocio nocturno balear

La justicia avala que se pida el certificado covid en el ocio nocturno balear

Los magistrados del TSJIB remarcan que la documentación que plantea el Govern “resulta asequible a todos”.

Jóvenes disfrutando del ocio nocturno.REUTERS

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares (TSJIB) ha autorizado al Govern a aplicar las medidas sanitarias que aprobó este lunes, entre las que se encuentran requerir el certificado covid para poder acceder a los locales de ocio nocturno en las islas, que reabrirán el 8 de octubre.

Según un auto de la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJIB de este viernes, los informes aportados por el Govern demuestran “con abundancia de datos científicos”, que “la única medida eficaz posible” para la reapertura de los locales de ocio en las islas el próximo viernes, que proporcione un alto nivel de protección para la salud pública, es la implantación del denominado pasaporte covid.

En esta ratificación judicial, los jueces sostienen que este requisito “solo puede disminuir considerablemente el riesgo de contagio en dichos establecimientos”, por lo que sigue así la misma línea que la sentencia del Tribunal Supremo referida a la aplicación de esta normativa por parte de la Xunta de Galicia.

Quienes quieran acceder a los locales de ocio nocturno de Baleares desde el 8 de octubre deberán mostrar el certificado covid o “green pass” que informa de la vacunación completa o una prueba negativa reciente de quien lo porta.

“Idoneidad, necesidad y proporcionalidad”

La Sala del TSJIB considera que la documentación aportada por el Govern que justifica la exigencia del certificado covid para entrar en estos locales es suficiente para autorizar esta petición, dado que se acredita “su idoneidad, necesidad y proporcionalidad”.

En relación con posibles limitaciones a los derechos fundamentales al exigir este certificado para entrar en discotecas, la Sala sigue el criterio del Tribunal Supremo y la Fiscalía de Baleares ya firma que “la exhibición de la documentación señalada no vulnera el derecho a la igualdad, pues no se produce discriminación entre aquellos que están vacunados y los que no lo están”.

Los magistrados del TSJIB remarcan que la documentación que plantea el Govern “resulta asequible a todos”, de modo que “quien no quiere mostrar si ha sido o no vacunado, teniendo en cuenta el carácter voluntario de la misma, puede presentar el resultado de la prueba diagnóstica o el test de antígenos”, así como una acreditación de haber pasado la enfermedad en los seis meses anteriores.

También consideran que, en este caso, concurre una justificación “objetiva y razonable” para permitir o no el acceso a los establecimientos de ocio nocturno, dado que “se trata de la protección de la salud y la vida de las personas, mediante una medida de evita o restringe la propagación de la pandemia”.

Respecto al derecho a la intimidad, el TSJIB remarca que “no parece que pueda esgrimirse la prevalencia de este derecho frente al derecho a la vida y a la protección de la salud pública”, porque dar información sobre si se ha recibido la vacuna o no en plena pandemia es “una pieza básica y esencial” para evitar la propagación de la infección.

En cuanto a la protección de datos, los magistrados afirman que “no se aprecia limitación alguna cuando lo que se establece es la mera exhibición” del certificado covid, sin que los locales puedan recoger los datos de sus asistentes o guardarlos en un fichero.

En el auto, los magistrados señalan que, si bien el nivel de vacunación es “considerable”, no es suficiente para propiciar la eliminación por completo de medidas preventivas de distanciamiento social, pese a la mejoría de la situación de pandemia que muestran los informes técnicos aportados por el Govern.

Con el aval judicial del TSJIB para que se exija el pasaporte covid para entrar en discotecas de las islas, el ocio nocturno abrirá con un aforo máximo permitido en estos locales del 75%, con los clientes sentados obligatoriamente para beber y no se podrá consumir en las barras.

Será obligatorio llevar la mascarilla puesta para acceder a la pista de baile y el horario de cierre de estos locales será como máximo a las 5.00 horas, salvo en los municipios donde haya ordenanzas municipales con horarios más restrictivos.

Estas medidas temporales estarán en vigor durante un mes desde el próximo 8 de octubre, según lo acordado en la última reunión del Consell de Govern.

El ocio nocturno lleva cerrado en Baleares desde que empezó la pandemia.