La Justicia rechaza medidas cautelares para impartir el 25% de clase en castellano en Cataluña

La Justicia rechaza medidas cautelares para impartir el 25% de clase en castellano en Cataluña

El Superior catalán deniega el recurso de la Asamblea Por una Escuela Bilingüe que reclamaba impartir, como mínimo, una asignatura en castellano.

Protesta en Barcelona en defensa de la enseñanza en catalán.Paco Freire/SOPA Images/LightRocket via Getty Images

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha denegado decretar medidas cautelares para impartir, como mínimo, una asignatura en castellano en todos los colegios catalanes, como había demandado la Asamblea Por una Escuela Bilingüe (AEB) en un recurso contra las instrucciones de la Generalitat para el curso 2022-2023.

En la resolución del TSJC emitida este pasado viernes por la Sala de Vacaciones y a la que ha tenido acceso Efe, el tribunal estima que “no ha lugar a la adopción de la medida cautelar interesada por la parte recurrente”.

El recurso se planteó por el procedimiento especial de tutela de los derechos fundamentales, en relación al cual el mes de agosto tiene carácter hábil, ha señalado la Sala de Vacaciones del TSJC.

El Ministerio Fiscal, en un informe solicitado por la misma sala, se pronunció en contra de aplicar las medidas cautelares, mientras que la portavoz de la AEB, Ana Losada, ha dicho a Efe que recurrirán el auto emitido por el TSJC.

“Inadmisible”

En su auto del 26 de agosto, la Sala de Vacaciones del TSJC en funciones de guardia remarca que en el recurso donde se pide la medida evidencia que el objeto de la medida cautelar coincide con el objeto del recurso interpuesto por lo que adelantaría prácticamente la estimación íntegra del recurso, y ve “inadmisible” la falta de concreción de los perjuicios que se derivarían en el supuesto de que no se adoptara la medida cautelar.

“La falta de determinación de los perjuicios que se deberían evitar con la concesión de la medida cautelar, pone en evidencia que lo que se pretende en realidad es avanzar el dictado de una resolución favorable a la parte recurrente”, señala el auto.

Por lo que la sala del TSJC ha señalado que no ha lugar a la medida cautelar solicitada “sin prejuzgar desde luego con ello el fondo del asunto, al no concurrir en el caso los requisitos normativos exigidos”.

En su recurso, la AEB recordaba que el nuevo decreto ley del Govern sobre proyectos lingüísticos rechaza usar porcentajes en el uso de las lenguas, pero al parecer de la asociación “ello no es obstáculo para que las dos lenguas oficiales sean vehiculares en la enseñanza no universitaria”.

En un tuit, la AEB ha considerado “sorprendente que el fiscal se alinea con el Govern” en la oposición a las medidas cautelares, y fuentes de la asociación han explicado que presentarán recurso ante la decisión del TSJC.