Las claves de la ley riders que convertirá a los repartidores en trabajadores

Las claves de la ley riders que convertirá a los repartidores en trabajadores

Las empresas de reparto a domicilio tendrán tres meses desde la publicación en el BOE para regularizar la situación de los 'riders'.

Un repartidor de Glovo circula por una calle peatonal de Barcelona. SOPA Images via Getty Images

Tras el batacazo electoral, el Gobierno se pone las pilas. El Ejecutivo ha aprobado este martes el decreto que regula el trabajo de los repartidores de las plataformas digitales, la conocida popularmente como ley de riders.

Esta normativa ha salido adelante en el Consejo de Ministros con dos meses de retraso desde que el pasado 10 de marzo el Ministerio de Trabajo y Economía anunciara a bombo y platillo el acuerdo con los sindicatos y las asociaciones empresariales. Antes de llegar a ese punto fueron necesarios más de seis meses de intensas negociaciones con los agentes sociales.

Los malos resultados en los comicios madrileños parecen haberse convertido en un revulsivo para recuperar la iniciativa política. “La legislatura empieza ahora”, ha sentenciado este lunes la vicepresidenta tercera, Yolanda Díaz.

¿Para qué sirve la ley de ‘riders’?

El texto modifica el Estatuto de Trabajadores y establece la presunción de laboralidad de los trabajadores que prestan servicios de reparto a través de plataformas digitales. Es decir, una vez se apruebe esta normativa, los repartidores de las plataformas digitales, llamados riders, serán considerados trabajadores asalariados y no autónomos.

¿Esto no lo había dicho ya la justicia?

Efectivamente. Así lo dictaminó el Tribunal Supremo en septiembre de 2020, cuando sentenció que un repartidor de la empresa de reparto de comida a domicilio Glovo era un trabajador.

¿A quién afecta esta normativa?

La nueva normativa afectará a unos 18.000 repartidores que trabajan para las plataformas digitales, según los cálculos del Ministerio de Trabajo. La patronal de las empresas tecnológicas ADigital calcula que había unos 15.300 riders en España antes de la irrupción de la pandemia.

¿Se aplicará inmediatamente?

No, la nueva normativa se tramitará como decreto-ley y entrará en vigor a los tres meses de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Este periodo de tres meses está considerado como un tiempo de adaptación. Las empresas de reparto como Glovo o Deliveroo tendrán que regularizar la situación de sus trabajadores antes de que se termine.

¿Las empresas contratarán directamente a los trabajadores?

No está claro que vaya a ocurrir así. Las empresas pueden optar por contratar directamente a los repartidores —como hacen desde hace años Telepizza o Burger King— o por subcontratar a otra compañía diferente, que es quien establecería una relación laboral con los repartidores.

Este es el caso de Deelivers, una compañía nacida en 2014 que gestiona la contratación de los repartidores que prestan servicio a plataformas como Glovo, Just Eat y Promofarma. “Somos una empresa de última milla, especializada en el reparto de comida. La diferencia es que siempre hemos contratado al personal, en lugar de optar por el modelo de autónomos. Tenemos más de 1.000 repartidores contratados”, explica Adrián Pena, consejero delegado de la empresa.

Los clientes hacen los pedidos a través de la aplicación de una plataforma y es esta quien deriva esos pedidos a la empresa. “Tenemos dos modelos: trabajamos por pedidos o por horas. Nosotros decidimos cuántos repartidores asignamos y la plataforma no tiene control sobre nuestros trabajadores”, señala.

¿En qué beneficia esta norma a los trabajadores?

Los trabajadores tendrán que ser dados de alta en la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena, en lugar de ser autónomos. Esto implica que la empresa tenga que hacerse cargo de las cotizaciones sociales, así que los repartidores no tendrán que abonar la cuota de autónomos.

Los repartidores podrán disfrutar de mayores derechos laborales como vacaciones, bajas por enfermedad —tan importantes en medio de una pandemia— o prestación por desempleo, entre otros.

¿Qué ocurre con el algoritmo?

Una importante novedad del texto es que los representantes de los trabajadores deberán ser informados de las reglas con las que funciona el algoritmo de reparto de trabajo. Así podrán comprobar que no se están produciendo discriminaciones.

“No queremos jefes que nos griten ni dispositivos móviles que nos penalicen”, ha señalado la ministra de Trabajo en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

¿Qué piensan los ‘riders’ de esta ley?

Existe una división de opiniones, ya que hay algunos repartidores que sí se consideran autónomos y que creen que esta normativa va a destruir puestos de trabajo.

La plataforma Riders x Derechos considera que la ley es un paso insuficiente, ya que se limita a cumplir con el ordenamiento jurídico. “El proceso de laboralización se realiza abruptamente sin garantizar la permanencia de los actuales trabajadores”, señala en un comunicado.

¿Qué piensan las plataformas?

Al igual que en los repartidores, existe una división de opiniones. Empresas como Glovo y Deliveroo están en contra, mientras que otras como Just Eat están a favor.

Glovo ha sido una de las empresas más beligerantes al considerar que la normativa se ha aprobado de forma “precipitada, imprecisa y no dialogada”. Tras el apoyo de la CEOE a la normativa, la empresa de Oscar Pierre decidió abandonar la patronal y montar su propia asociación empresarial.