¿Nos vamos todos a vivir a Andorra?

¿Nos vamos todos a vivir a Andorra?

El Rubius anuncia que se muda a Andorra. Esta actitud pueda ser vista por sus millones de seguidores como buena o comprensible.

 El youtuber español, 'El Rubius'.ASSOCIATED PRESS

Uno de los principales Youtubers de España ha anunciado su intención de trasladar su residencia a la vecina Andorra, dice que cansado de pagar tantos impuestos en nuestro país. Otros muchos ya tomaron anteriormente esta misma decisión, pero lo novedoso en este caso es lo público del anuncio y la relevancia social del sujeto, dada su consideración de influencer. De modo que, de entrada, no sé si lo más preocupante es que un personaje más o menos popular manifieste abiertamente su deseo de no querer seguir pagando impuestos en España, o que esta actitud pueda ser vista por sus millones de seguidores como buena o comprensible.

No es ningún secreto que la fiscalidad de Andorra es muy inferior a la española.  En este sentido, sirvan de ejemplo los tipos máximos de los principales impuestos estatales: 1) El del IRPF en España es del 47% y en Andorra del 10%; 2) El del Impuesto sobre Sociedades está entre el 25% y 30% en España y es del 10% en Andorra, y 3) Mientras que el IVA alcanza el 21% en España y sólo llega hasta el 4’5% en Andorra.

La voluntad de esconder bienes y ganancias a los recaudadores de impuestos es tan antigua como los tiempos

Naturalmente, al otro lado de la balanza tendríamos que comparar el volumen del gasto público de los respectivos servicios y prestaciones públicas que las distintas Administraciones de ambos países ofrecen a sus ciudadanos.

Es cierto que, a medida que aumentan los ingresos, el uso de servicios y prestaciones públicas puede reducirse, llegando a la paradoja de que los mayores contribuyentes no necesitarían a priori ser “clientes” de lo público y, por consiguiente, podrían terminar percibiendo que su contribución al sostenimiento del gasto público es injusto. Es entonces cuando algunos deciden corregir tal “injusticia” buscando la manera de eludir lo que consideran una excesiva contribución. Nada nuevo, la voluntad de esconder bienes y ganancias a los recaudadores de impuestos es tan antigua como los tiempos. 

Entonces, ¿qué hacemos? ¿nos vamos todos a vivir a Andorra? A parte de la evidente dificultad de meter casi 50 millones de personas en un territorio que actualmente tiene poco más de 75.000 habitantes, la simple residencia o residencia pasiva en Andorra no autoriza a trabajar en aquel país, de modo que, sin fuentes alternativas de ingresos, para la mayoría el traslado resulta inviable atendiendo a las necesidades personales y laborales, y es que lo normal es que el lugar de residencia de cada uno tenga una estrecha relación con la familia y/o el lugar de trabajo.

Precisamente, el lugar de residencia, junto a la nacionalidad, es el principal elemento para determinar dónde se pagan los impuestos. Por eso, por el hecho de ser españoles y vivir en España es porque pagamos el IRPF, y también lo pagan aquellos que cada día se desplazan fuera de nuestras fronteras para trabajar, como a Portugal o Gibraltar, o a la misma Andorra, pero mantienen su domicilio en territorio español. En cambio, aquellos que, por su actividad profesional, no tienen que trabajar de forma permanente en el mismo centro de trabajo, efectivamente tienen más fácil la decisión de trasladar su lugar de residencia. Hasta ahora, esta posibilidad la tenían mayoritariamente artistas y deportistas, pero con el teletrabajo se ha ampliado de forma importante.

Ciertamente, si la forma habitual de trabajo es a través de Internet y ello permite residir en cualquier parte, incluso en el extranjero, podríamos pensar que ya nos podemos olvidar de la Hacienda española. Pero no es así en el supuesto de que el teletrabajador decida trasladar su residencia fuera de España, además de pasar a ser contribuyente en el otro país, su régimen fiscal seguirá siendo el español cuando se dé cualquiera de las siguientes circunstancias: que resida en España al menos 183 días al año; que radique en España el núcleo principal o la base de sus actividades o intereses económicos, o cuando residan habitualmente en España el cónyuge y los hijos menores de edad. 

El cambio de residencia implicaría tener que “deshacerse” de toda vivienda a su disposición situada en territorio español

Que se lo expliquen a la larga lista de artistas y deportistas que, a pesar de fijar sus residencias en países con fiscalidades más “ventajosas”, han tenido que ceder ante las inspecciones de Hacienda por simular sus cambios de residencia, dado que, o bien sus principales intereses económicos o personales continuaron estando en España, o bien porque no llegaron a residir más de la mitad del año en el otro país. Sin embargo, si el teletrabajador no cumple ninguna de estas circunstancias pero mantiene la nacionalidad española, entonces pasaría a estar sometido a dos sistemas tributarios, al del otro país por tener allí su residencia y al español por ser esta su nacionalidad. Para evitar esta “doble” tributación, los estados firman convenios para decidir en qué impuestos y bajo qué circunstancias los sujetos pueden tributar únicamente en uno de los territorios.

Resulta que entre el Reino de España y el Principado de Andorra existe un convenio para evitar la doble imposición desde el 2015. Según el mismo, un ciudadano se considerará residente exclusivamente del Estado donde tenga su vivienda permanente. Ahora bien, si tuviera una vivienda a disposición en ambos, entonces se le considerará residente exclusivamente del Estado con el que mantenga relaciones personales y económicas más estrechas (centro de intereses vitales). De modo que, el cambio de residencia a Andorra del Youtuber implicaría, no sólo el traslado junto a su pareja e hijos, si los tiene, y tener que residir allí de forma efectiva al menos 183 días al año, sino además tener que “deshacerse” de toda vivienda a su disposición situada en territorio español. Pero, aún así, Hacienda podría considerar que, a pesar del traslado y las demás circunstancias, sus principales intereses personales y económicos siguen estando en España, que es donde residen la mayoría de sus patrocinadores y seguidores, y exigirle igualmente el pago de los impuestos españoles eludidos, con los correspondientes intereses y sanciones.

Y ¿qué pasa con el resto? Pues el resto seguiremos trabajando y pagando impuestos aquí y a quién no le guste… que se haga Youtuber y pruebe suerte.