La Justicia niega a Euskadi el uso del 'certificado covid' en ocio nocturno y restaurantes

La Justicia niega a Euskadi el uso del 'certificado covid' en ocio nocturno y restaurantes

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha rechazado la autorización porque "por muy loable que este sea, el fin no justifica los medios cuando se vive en un Estado de Derecho".

Dos clientes en un bar de Donosti (San Sebastián), en una foto de archivo.ANDER GILLENEA via AFP via Getty Images

El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco no ha autorizado al Gobierno Vasco implantar la exigencia de tener el “pasaporte covid” para acceder a locales de ocio nocturno y restaurantes con comedores para más de 50 personas.

La sala de lo Contencioso Administrativo del TSJPV ha votado por dos a uno; el magistrado Luis Ángel Garrido, que en ocasiones anteriores se había pronunciado contra las directrices del Gobierno Vasco, ha votado en esta ocasión a favor y ha emitido un voto particular, mientras que sus dos compañeros de terna han votado en contra. “Por muy loable que este sea, el fin no justifica los medios cuando se vive en un Estado de Derecho”, remarca el texto judicial.

El Ejecutivo autonómico quería que mientras Euskadi tenga una incidencia superior a los 150 casos por 100.000 habitantes en 14 días (hoy está en 300,68) fuera necesario mostrar este certificado para acceder a establecimientos que ofrezcan “actividades de esparcimiento y baile” como discotecas, salas de baile, salas de fiesta con espectáculo, bares musicales y karaokes.

Las razones de la Justicia: derechos, desigualdad territorial y vacunación

El auto del órgano judicial argumenta que el pasaporte restringiría derechos fundamentales como los de igualdad e intimidad, pero, más allá de la demanda, reconocen afectados los de reunión, la libertad ambulatoria al tratarse de establecimientos públicos e incluso los de libertad de expresión y creación artística, al hablar de los karaokes.

El Superior de Justicia vasco incide además en que las cifras de contagios que da el Gobierno no especifican municipios, por lo que “no se justifica tampoco que deba aplicarse una misma medida de modo uniforme en todo el País Vasco”.

Igualmente, recuerda que la presión hospitalaria no es alta y, sobre todo, que el porcentaje de vacunados supera el 90%. “Este elevadísimo porcentaje de vacunados es un factor que opera en contra de la medida cuya autorización se pretende, y es que lo que habrá que presumir es que la inmensa mayoría de la población está vacunada. Desde esa presunción, el imponer la exigencia del Pasaporte de modo indiscriminado carece de justificación, y menos aún cuando simultáneamente se reconoce que los efectos del contagio en los vacunados no son relevantes”, fija el auto.

Un nuevo rechazo judicial

La pretensión del Ejecutivo vasco era reclamar el pasaporte covid en discotecas, salas de baile, de fiesta con espectáculo, bares musicales o karaokes, así como en los pubs y bares especiales incluidos en el Grupo III a partir de las 22.00 horas o en los restaurantes con más de 50 comensales. Eso sí, siempre que Euskadi supere los 150 casos por cada 100.000 habitantes en 14 días.

El tribunal ha denegado la solicitud del Ejecutivo de Iñigo Urkullu para implantar el certificado covid digital de la UE en establecimientos de ocio nocturno, pese a que ya está en vigor en Baleares, Cataluña y Galicia, y también la reclaman muchas otras comunidades autónomas.

No es la primera vez que el Superior toma una decisión en esta línea. En febrero, este tribunal ordenó la reapertura de los bares y restaurantes que se encontraban en zonas de elevada incidencia de covid, tras una reclamación de las asociaciones de hostelería.

Aragón, por el mismo camino

Por su parte, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) considera que implantar el pasaporte covid podría incurrir en un “vicio de inconstitucionalidad”, por lo que ha instado a la fiscalía y al Ejecutivo aragonés a presentar alegaciones a la petición. Da 10 días a las dos partes para que reacciones.

Según informa el TSJA, esta es la respuesta de la justicia aragonesa a la petición del Gobierno regional de apoyar su implantación para establecimientos de ocio nocturno y en los espectáculos públicos con grandes aforos.

Este plazo de 10 días impide al Ejecutivo de Javier Lambán acordar la utilización de este documento hasta que se vuelva pronunciar el TSJA, que en distintas ocasiones ha derivado al Tribunal Constitucional todas las peticiones para invalidar restricciones contra la covid.

Lambán ha sido una de las figuras territoriales más activas al pedir a Sanidad que actuase a fin de implantar un pasaporte covid ‘nacional’ que evitase actuar independientemente a cada comunidad.