"Todavía me sigo sorprendiendo": Asombra a Twitter con lo que ha visto en un supermercado

"Todavía me sigo sorprendiendo": Asombra a Twitter con lo que ha visto en un supermercado

La publicación se ha hecho viral.

Imagen del pasillo de un supermercado.Getty Images

Es marzo del 2022 y a estas alturas, aunque el listón esté muy alto, la vida sigue guardándonos sorpresas prácticamente a diario.

La guerra de Ucrania, sumado al paro nacional indefinido de transportistas, ha vuelto a traer a los supermercados las imágenes que se vieron al principio de la pandemia, aunque esta vez el producto deseado es especialmente el aceite de girasol y no el papel higiénico.

El desabastecimiento del aceite de girasol fue tan grande que algunos supermercados comenzaron a tomar medidas para limitar a los consumidores el número de unidades de aceite de girasol que pueden adquirir en cada compra.

Pero no solo eso, para evitar robos de botellas de aceite de girasol, algunos supermercados le han colocado sistemas antirrobo. La imagen la ha compartido la periodista de laSexta Irene Rupérez.

“Aceite de girasol alarmado. Yo todavía me sigo sorprendiendo”, ha escrito la comunicadora en su perfil de Twitter, junto a la imagen de las botellas con el sistema antirrobo en un establecimiento. Su tuit ya lleva más de 2.000 me gusta.

Cuando empezó la guerra de Ucrania, ya se hizo viral una gasolinera que colocó este tipo de protección para evitar robos en unas botellas de aceite de girasol y de oliva.

Entonces, Facua-Consumidores en Acción ya había denunciado a cinco cadenas de supermercados e hipermercados por limitar a los consumidores el número de unidades de aceite de girasol que pueden adquirir en cada compra, tras el inicio del conflicto bélico en Ucrania.

En concreto, los establecimientos denunciados ante las autoridades competentes en materia de comercio de distintas comunidades autónomas han sido Dia, Mercadona, MAS -la cadena andaluza del grupo IFA-, El Jamón e Hiperdino, según ha informado Facua en un comunicado.

Facua justificó que el artículo 9.2 de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minorista, establece que “los comerciantes no podrán limitar la cantidad de artículos que pueden ser adquiridos por cada comprador ni establecer precios más elevados o suprimir reducciones o incentivos para las compras que superen un determinado volumen”.

“En el caso de que, en un establecimiento abierto al público, no se dispusiera de existencias suficientes para cubrir la demanda, se atenderá a la prioridad temporal en la solicitud”, termina dicho artículo.