El TSJM anula una multa que Madrid impuso a una terapeuta de homosexuales

El TSJM anula una multa que Madrid impuso a una terapeuta de homosexuales

El tribunal considera que se incurrió en “fraude de ley” en una parte del procedimiento.

Manifestación en Madrid, el pasado 11 de julio, contra la homofobia tras el crimen del joven Samuel Luiz.SOPA Images/LightRocket via Gett

Polémica. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha anulado este lunes la multa de 20.001 euros que la Comunidad impuso a una mujer por “la promoción y realización de terapias de aversión o conversión” a homosexuales, al considerar que se incurrió en “fraude de ley” en una parte del procedimiento.

El 17 de septiembre de 2019, el Gobierno de Isabel Díaz Ayuso sancionó por primera vez en la región a una mujer por infracción muy grave del artículo 70.4 de la Ley de Protección Integral contra la LGTBifobia y la Discriminación por razón de orientación e identidad sexual de la Comunidad.

Y todo por un precepto que sanciona “la promoción y realización de terapias de aversión o conversión con la finalidad de modificar la orientación sexual o identidad de género de una persona”, siendo “irrelevante el consentimiento prestado por la persona sometida a tales terapias”.

La sentencia, que impone a la Comunidad el pago de un máximo de 2.000 euros en costas, no entra en el motivo de la sanción

La sección octava de lo Contencioso del TSJM ha dado ahora la razón a la mujer en una sentencia en la que considera que la Administración incurrió “en fraude de ley” en el trámite de información previa del proceso sancionador, que se demoró en exceso (31 meses). Y eso, según la Justicia “conlleva un ejercicio irregular de las potestades administrativas”, algo que causó “una efectiva indefensión para la recurrente”.

La sentencia, que impone a la Comunidad el pago de un máximo de 2.000 euros en costas, no entra en el motivo de la sanción, sino que se centra en un aspecto formal y menciona la paralización que sufrió el procedimiento, con “un año de absoluta inactividad por parte de la Administración”, que mantuvo las diligencias abiertas “injustificadamente y por un lapso temporal irrazonable”.

Si hubiese estado abierto el expediente sancionador, se habría determinado la caducidad del procedimiento, señala el tribunal.

Denuncias de los colectivos LGTBI

Los servicios que ofrecía la recurrente fueron objeto de diversas denuncias que llegaron a la Comunidad, una de ellas por psicólogos del Servicio LGTB de la región, mientras que, una vez impuesta la sanción, asociaciones como Abogados Cristianos reclamaron su retirada.

En un comunicado, la asociación ultracatólica señala que se ha producido una “persecución ideológica” contra la recurrente y pide derogar la ley LGTBI de la Comunidad.

La responsable de los servicios de terapia, que se definió como “coach especializada en identidad personal”, denunció estar sufriendo “difamaciones” y “suplantaciones de identidad en redes sociales” y “artículos periodísticos que ofrecen información falsa sobre su actividad profesional”.

Esta mujer subrayó “que la homosexualidad no es un problema” y que “su trabajo consiste en ayudar a un crecimiento personal”. Además denunció la “mediatización” del proceso sancionador, en concreto por parte del exvicepresidente madrileño Ignacio Aguado que, dice, informó de la sanción sin que se le hubiese notificado, motivo por el que emprendió acciones legales contra él, pendientes de resolución.