El TSJM ratifica la prohibición de fumar en la calle en Madrid y el cierre del ocio nocturno

El TSJM ratifica la prohibición de fumar en la calle en Madrid y el cierre del ocio nocturno

La Comunidad de Madrid estaba a la espera de esta decisión.

Un hombre fuma en la Puerta del Sol de Madrid el 30 de mayo de 2020 (Ely Pineiro/Getty Images).Ely Pineiro via Getty Images

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha ratificado las medidas sanitarias del Gobierno regional al declarar que es innecesaria la autorización judicial para poder aplicarlas en la Comunidad de Madrid.

En su sentencia, la Sala estima el recurso de apelación del Gobierno autonómico y anula el auto del titular del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Madrid, Alfonso Villagómez, quien no ratificó la orden regional para aplicar las últimas medidas consensuadas frente al coronavirus como el cierre nocturno o la prohibición de fumar en terrazas cuando no se mantenga la distancia.

Los magistrados que integran la Sala de Vacaciones del Tribunal han declarado “innecesaria la autorización o ratificación judicial” de las nuevas medidas adoptadas en la orden del 18 de agosto en lo que respecta a la recomendación a la población de reducir los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable, por tratarse precisamente de una recomendación y no de una medida de carácter imperativo.

La sentencia establece además, en contra del criterio del juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Madrid, “que la falta de publicación de una norma jurídica no afecta a su validez, dado que las medidas aprobadas por el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud y declaradas en la Orden Ministerial de 14 de agosto de 2020, tienen como destinatario a las autoridades sanitarias autonómicas, como interlocutores de la administración del Estado, y no a los ciudadanos, por lo que, como tal instrumento de armonización y homogeneización, su publicación en el BOE resulta irrelevante, pues nada aporta sobre su validez y eficacia, tampoco sobre la concurrencia de una causa de nulidad de pleno derecho no convalidable”.

La resolución recuerda que “las autoridades sanitarias de cada comunidad autónoma pueden acordar acciones preventivas generales y adoptar las medidas y limitaciones sanitarias que consideren oportunas cuando concurren razones sanitarias de urgencia o necesidad o para controlar enfermedades transmisibles, siempre que queden justificadas y se acomoden al fin último de prevención y control de la salud individual y colectiva”.

Confusión generada

La orden regional se publicó en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el miércoles 19 de agosto y entró en vigor el 20, establecía también el cierre de los locales de ocio nocturno y prohibía también el consumo de alimentos a bordo de los vehículos de transporte público, en autobús o ferrocarril. Además, limitaba la actividad de hostelería y restauración, pues tanto dentro como fuera de los locales debía cesar a la 01.00 horas, no pudiendo en ningún caso admitir nuevos clientes a partir de las 00:00 horas.

El recurso se interpuso después de que el juez Alfonso Villagómez no ratificara dichas medidas y las dejaba en suspenso al estimar que no necesitaban ratificación. Tras ello, se abrió un debate jurídico sobre el sistema de doble control judicial de los actos administrativos que afectan a derechos fundamentales, con una autorización previa y la posibilidad de recurso.

La Comunidad se quejó de la confusión a la que llevaba su auto. Por ello, el juez Villagómez realizó declaraciones en las que detalló que no anuló las medidas y que por tanto la disposición regional seguía vigente.

En concreto, Villagómez explicó a Europa Press que la disposición general sobre la que la consejería pedía ratificación establece normas generales y no para una persona específica, y subrayó que ese tipo de orden no necesita la ratificación judicial.

Ayuso celebra la decisión

La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha celebrado la decisión del TSJM con un mensaje en su cuenta de Twitter.

“El Tribunal Superior de Justicia de Madrid estima nuestro recurso de apelación y ratifica nuestras medidas sanitarias. La Comunidad de Madrid podía hacer lo que hizo. Era urgente, era necesario y era legal. Seguiremos combatiendo al virus en todos los frentes”, ha publicado.