La explicación "fácil" del número 2 del Congreso sobre la decisión de expulsar a Rodríguez

La explicación "fácil" del número 2 del Congreso sobre la decisión de expulsar a Rodríguez

Gómez de Celis sostiene que el Supremo les aclaró que la pena de cárcel sí se mantenía y, por eso, la inhabilitación era inmediata.

Alberto Rodríguez, el pasado verano, en el Congreso. Europa Press News via Getty Images

Alfonso Rodríguez Gómez de Celis, vicepresidente primero del Congreso de los Diputados y diputado socialista, ha explicado esta mañana por qué la presidenta, su compañera Meritxell Batet, decidió finalmente expulsar a Alberto Rodríguez, el congresista de Podemos, condenado por atentado a la autoridad.

En una entrevista en La hora de la 1, ha dicho que la cuestión era si la pena de cárcel del diputado canario “seguía existiendo o no” -se le impuso un mes y 15 días, sustituibles por el pago de una multa de 540 euros que ya ha sido abonada-. “Había un debate jurídico y hasta los letrados de la Cámara decían que la sustitución por la multa hacía desaparecer la pena de cárcel y por tanto la incompatibilidad y la inhabilitación ya no regían”, arranca.

Pero ante esas “dudas jurídicas”, dice el socialista sevillano, los miembros de la mesa pidieron a la presidenta que hiciera una consulta al Tribunal Supremo, que fue el ”órgano sentenciador” de quien vino el fallo, y el Alto Tribunal lo dejó “alto y manifiesto”: “la pena de cárcel no desaparece, y si la pena de cárcel no desaparece, la inhabilitación es ipso facto”, concluye.

“A partir de ese momento, los letrados cambian de opinión por la aclaración del Tribunal Supremo y ejecuta la sentencia” la presidenta Batet.

Gómez de Celis destaca que quien le quita el acta de diputado a Rodríguez “no es ella, sino “la sentencia del Tribunal Supremo”. “Todo lo que se dirige contra la presidenta le hace un flaco favor a la institución”, concluye.