Ocho años de cárcel por maltrato: pegaba, vejaba y decidía la ropa y el maquillaje de su mujer

Ocho años de cárcel por maltrato: pegaba, vejaba y decidía la ropa y el maquillaje de su mujer

La víctima vivía en un clima de dominación tal que, tras separarse, no sabía realizar por sí misma actividades cotidianas como elegir qué ponerse

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La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha condenado a ocho años de prisión a un hombre por agredir sexualmente a su mujer, maltratarla y humillarla durante seis años, periodo en el que los episodios de violencia fueron “plurales y especialmente denigrantes”.

Según reza en la sentencia, comunicada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y consultada por Europa Press, el tribunal condena a este hombre a seis años de prisión y a siete de libertad vigilada por un delito de agresión sexual, con la atenuante de embriaguez, y a dos años por maltrato habitual, así como el pago de 10.200 euros de indemnización a la víctima.

A su vez, también le prohíbe acercarse a menos de 500 metros de la mujer o comunicarse con ella durante ocho años por la violación, cometida en el domicilio donde convivían en Écija (Sevilla), y cuatro por el delito de maltrato.

El tribunal considera probado que este hombre empezó una relación con la víctima en 2006 que, casi de inmediato, les llevó a convivir, convivencia a la que incorporaron un hijo de cada uno, ambos menores.

El juez entiende que casi desde el primer momento, el condenado, sirviéndose de la diferencia de edad con su pareja y el estado especialmente vulnerable de la mujer, tras la ruptura cercana de un matrimonio anterior, “trató de controlar todos los aspectos de la vida en común y de su pareja, para lo que se servía tanto de continuas desvalorizaciones y vejaciones, como repetirle que era una canija, que no servía para nada o que ningún hombre la iba a querer”,

De igual manera, le decía “que si ella se marchaba, él se autolesionaría y la denunciaría culpándola” así como “explícitas amenazas de buscarla y matarla”, consolidando así “un clima de absoluta dominación y control” en el que “incluso era él quien la maquillaba y llegaba a decidir qué ropa se ponía o qué tenía que comer”.

Control de horarios y de llamadas, castigos...

También le gritaba “de forma continua”, controlaba su móvil “para ver a quién llamaba”, le ponía horarios para levantarse o comer y “la culpaba de la mala marcha de la relación”, por lo que “tras cada incidente la enviaba a su cuarto a reflexionar sobre lo que había hecho para merecer lo que le hacía”.

Del mismo modo, hacía gala este hombre de unos celos infundados que le llevaban a impedir que esta mujer saliera sola, insultándola si la veía hablando con alguien e incluso manteniéndose en contacto con ella continuamente mediante el teléfono móvil cuando ella salía a comprar, añade la sentencia, lo que “no era obstáculo para que el hombre saliera del domicilio cuando le venía en gana, sin dar explicación alguna, aprovechando para ello los horarios que, por coincidir con las comidas o el sueño de los menores, sabía que ella no podría abandonar la vivienda”.

De igual forma, para evitar cualquier reacción de la víctima, el condenado “no dudaba en comentar ante ella que sabía cómo pegar a una mujer sin dejar marcas o que para matar a alguien no hacía falta mancharse las manos pues podía contratarse a alguien mientras se buscaba una coartada”, llegando a comentarle incluso que tenía una pistola, ha adelantado el diario ABC.

Además, el tribunal considera probado que “en toda esa dinámica” él “no dudaba en recurrir a la violencia física ante la mínima resistencia, llegando a sujetarla por los brazos o empujarla cuando entendía que ella había incumplido alguna de sus reglas, asegurándose siempre de que no estuvieran presentes los menores cuando esto ocurría”.

El juez también recuerda que ya hubo una otra sentencia en 2008 cuando, residiendo en Salobreña, ella formuló una denuncia pero tras acogerse a su derecho a no declarar, fue absolutoria.

No dudaba en recurrir a la violencia física ante la mínima resistencia, llegando a sujetarla por los brazos o empujarla cuando entendía que ella había incumplido alguna de sus reglas, asegurándose siempre de que no estuvieran presentes los menores cuando esto ocurría

El tribunal también lo condena por un delito de agresión sexual que tuvo lugar el 12 de julio 2013 cuando este hombre, a las 4,00 horas, llegó a su casa en estado de embriaguez y, movido por el ánimo de satisfacer sus libidinosos deseos, subió al dormitorio donde se encontraba acostada su pareja que “trató hacerse la dormida”.

No obstante, tras tres intentos fallidos y pese a que “gritaba que la dejara en paz”, la sacó a la terraza y se la llevó al salón, donde este hombre conectó el aire acondicionado para evitar ser oídos y consumó el acto “por la fuerza”. Además, a la mañana siguiente, sobre las 15,00 horas y tras volver éste al domicilio familiar, comenzó a insultarla, motivo por el que su hijo se interpuso, encarándose con el menor alzando la mano.

Como consecuencia de los hechos ocurridos esa madrugada, esta mujer sufrió una equimosis en introito vulvar y una crisis de ansiedad y, como consecuencia del trato recibido durante todos esos años, le generó también una gran dependencia emocional respecto a este hombre, al punto de que, tras separarse, no sabía realizar por sí misma las actividades más cotidianas como elegir la ropa para ponerse.