¿Traficantes o transeúntes?

¿Traficantes o transeúntes?

Nos venden como algo positivo el posible incremento de la velocidad máxima a 130 kilómetros por hora en algunos tramos de autopistas. Esta posibilidad, que debe ser posteriormente reglada, en verdad oculta el favor que la Administración hace a las empresas concesionarias de las autopistas, arruinadas.

En pocas semanas cumplirá el trámite del Senado la reforma de la Ley de Tráfico, que ya pasó por el Congreso con muy pocas modificaciones sobre el proyecto aprobado en Consejo de Ministros hace unos meses.

Aunque el texto pueda ser modificado en la Cámara alta (que no parece muy probable) se trata de un paso más en el control y represión de los integrantes del tránsito, con ese concepto de considerar al conductor de cualquier vehículo como un delincuente en potencia. Y ahora, por extensión, también el peatón aparece en el punto de mira de esa persecución implacable, al que podrán someter a un control de alcoholemia o drogas si el agente considera que ha cometido una infracción. Un agente que también podrá sancionar a un niño de 6 años que circule con una bicicleta con ruedines y no lleve casco. Suponemos que a quien sancionará será al padre o la madre.

Si al frente del deporte se colocase un experto de la agencia antidopaje es lógico pensar que lo que se pretende no es solucionar los problemas del deporte sino aplicar una política de mano dura a quien se salte las normas. Si al frente de la DGT se coloca a un experto en lesiones medulares y sigue siendo el Ministerio policial quien se responsabiliza del tránsito, no podemos esperar que se contemple el problema desde otro enfoque que no sea represivo. Spem omniam relinquitote debería de ser el lema que adornase el frontispicio del organismo, como parece ser que adorna las puertas del infierno: abandonad toda esperanza de que entre un soplo de sentido común.

A la entrada en vigor de la Ley, que debería de producirse antes de verano, le sucederán otras leyes, disposiciones, normas y reglamentos que forman un entramado legislativo de tal complejidad que entendemos perfectamente que por la cabeza de los dirigentes, comenzando por su Directora, pase la idea de someter a exámenes periódicos de conocimientos a los 26 millones de conductores. Idea que tras ser expuesta en público se apresuraron a desmentir rápidamente; lo que en el mundo político es llamar bocazas a quien se atreva a desvelar secretos. Tiempo al tiempo.

Lo que de verdad nos gustaría saber a los españoles conductores son las razones por las cuales la actual Ley de Tráfico tiene que ser reformada. Sobre todo porque la promulgación de normas posteriores han puesto al día todo ese entramado legal. ¿Es que la seguridad vial ha disminuido? ¿Hay más accidentes o más víctimas y es necesario modificar las normas? Rotundamente no. Todo lo contrario. Es más: ha habido importantes cambios técnicos que afectan a la seguridad que ni se mencionan en la nueva redacción y sólo se tienen en cuenta para limitar otros. La única razón para modificar la Ley de 1990 es dar otra vuelta de tuerca: dar más opciones para la sanción; elevar la cuantía de las multas e interpretar a favor del denunciante cuantas dudas puedan plantearse en el tráfico. Nos venderán después que gracias a este recrudecimiento se han reducido los accidentes, como si no se estuviesen reduciendo desde hace más de 25 años, gracias especialmente a la mejora en las estructuras y en los vehículos.

Todos los constructores de automóviles están trabajando en la intercomunicación entre vehículos y conductores. Está demostrado que la información sobre las condiciones del tráfico y la reducción de los tiempos de intervención ante un siniestro son capitales para la mejora de la seguridad vial. Marcas como Volvo o BMW incorporan sistemas de llamada automática de emergencia (el llamado "eCall") y sin embargo la nueva Ley pone palos en los radios en esta comunicación via-conductor al prohibir los detectores de radar. Ahora en que hay millones de dispositivos en funcionamiento y por tanto hay mucho donde sancionar. Fíjense en la contradicción: están obligados a señalizar los radares... ¡y prohíben un dispositivo que los señalen! Es decir: quieren que la atención a la conducción se distraiga si con ello aumentan la capacidad de sancionar.

Y este es sólo un ejemplo del poco sentido común de muchas de las disposiciones. Casco para los niños y no para adultos; controles de alcohol para peatones; sanciones que no tienen en cuenta los niveles salariales... no es tanto el detalle de la incongruencia como el espíritu inquisitorial que se desprende de todo el conjunto. Somos culpables salvo que se demuestre la inocencia.

Y nos venden como algo positivo el posible incremento de la velocidad máxima a 130 kilómetros por hora en algunos tramos de autopistas. Esta posibilidad, que debe ser posteriormente reglada, en verdad oculta el favor que la Administración hace a las empresas concesionarias de las autopistas, arruinadas por el escaso tráfico y que esperan que con este incremento de la velocidad permitida hagan más atractivas estas autopistas; especialmente las radiales. Nadie duda de que serán estas las vías en las que prioritariamente se autorizarán los 130 km/h.

En fin: una vez más, nuestros legisladores y responsables siguen considerando al ciudadano como traficante en vez de transeúnte. Ya sé que es solo un matiz semántico, pero trágicamente significativo.