Cláusulas suelo y cortinas de humo

Cláusulas suelo y cortinas de humo

La sentencia del Tribunal Europeo sobre las cláusulas suelo es suficientemente clara y aplicable, si hay voluntad para hacerlo. Sin embargo, el Gobierno no acepta esta sentencia y la ve como un golpe a la banca en lugar de una victoria de la ciudadanía.

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Foto: ADICAE.

Necesitamos un Gobierno, una Administración y un Parlamento que cooperen con el Poder Judicial para ejecutar lo juzgado y no que creen una cortina de humo que confunda a la ciudadanía.

Porque corresponde al Poder Judicial y no al Gobierno la ejecución de lo juzgado, como dice el artículo 117.3 de la Constitución Española

El ejercicio de la potestad jurisdiccional en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado, corresponde exclusivamente a los juzgados y tribunales determinados por las leyes, según las normas de competencia y procedimiento que las mismas establezcan.

Quienes hemos analizado la sentencia del Tribunal Europeo sobre las cláusulas suelo, entendemos que es suficientemente clara y aplicable, si hay voluntad para hacerlo. Una sentencia de impecable justicia ciudadana, conforme al derecho español y al europeo.

Sin embargo, el Gobierno no sólo está retrasando la ejecución de dicha sentencia, sino que al no existir recurso trata de apelar a quien no corresponde. Por un lado al Banco Central Europeo y por otro a su propio poder legislativo promoviendo ahora un procedimiento extrajudicial -inexplicable en aquello que ya ha sido juzgado.

El ejecutivo se presenta así como cooperador de una Banca que ya ha sido condenada e impide el inmediato cumplimiento de una sentencia que deja poco lugar a dudas. Mientras tanto, la ciudadanía española, cansada de las malas prácticas bancarias, se sienta de nuevo impotente a contemplar otro capítulo de innecesaria dilación en la aplicación de la justicia.

Es un hecho que el Gobierno, al igual que hizo el Tribunal Supremo en su momento, se resiste a reconocer que efectivamente, no sólo la Banca ha actuado ilegalmente y que tiene que devolver los intereses indebidamente cobrados desde el principio, sino que se niega a acatar una decisión judicial desviando su inmediato cumplimiento hacia un procedimiento extrajudicial, del que sabemos saldrá beneficiada la banca.

El Gobierno no acepta esta sentencia y la ve como un golpe a la banca en lugar de una victoria de la ciudadanía.

Hablemos claro, el Gobierno no acepta esta sentencia y la ve como un golpe a la banca en lugar de una victoria de la ciudadanía. Por ello está y continuará haciendo lo imposible por reducir su impacto. Como el diablo está siempre en los detalles, un procedimiento extrajudicial para el pago de los intereses indebidamente cobrados posiblemente obviará la necesaria escrupulosidad financiera implicita en el procedimiento judicial.

Así que no nos engañemos, no tiene sentido que la ejecución de la cosa juzgada se despoje de las garantías del procedimiento judicial creando una vía extrajudicial para su resolución.

Extrajudicial: De extra- y judicial.

1. adj. Que se hace o trata fuera de la vía judicial. RAE

Dejemos al Poder Judicial hacer su trabajo y si lo que se pretende es evitar sobrecargar a la Administración de justicia, la actividad normativa sería mas eficiente y efectiva obligando de oficio a la banca a devolver de forma inmediata lo que en derecho corresponde a la ciudadanía. Pero de ningún modo impidiendo su reclamación por vía judicial.

Por todo ello entendemos que la actividad del Gobierno debería tender hacia la cooperación efectiva con el Poder Judicial en favor de la ciudadanía y no de la banca, evitando que la politización de este debate provoque una cortina de humo que nos desenfoque del todo.