¿Hablamos de tu libro? Las diez claves legales en el contrato de edición

¿Hablamos de tu libro? Las diez claves legales en el contrato de edición

Has completado tu novela, ensayo o poema y estás listo para publicarlo. Tu obra literaria es original y sí, enhorabuena, eres legalmente un autor incluso antes de publicar. Los derechos de autor protegen tu obra, consolidando tus derechos a obtener beneficios por tu trabajo intelectual.

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Has completado tu novela, ensayo o poema y estás listo para publicarlo. Tu obra literaria es original y sí, enhorabuena, eres legalmente un autor incluso antes de publicar.

Los Derechos de Autor

Tu obra literaria estará protegida en España por los llamados derechos de autor, regulados por la Ley de Propiedad Intelectual y protegidos internacionalmente por la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (WIPO). Los derechos de autor protegen tu obra literaria, consolidando tus derechos a obtener ciertos beneficios por tu trabajo intelectual y regulan la forma en que tu obra formará parte de la Cultura con mayúscula. Te asistirán dos tipos de derechos:

I. Derechos morales: Son derechos que te corresponden como autor y que sólo tú puedes ejercitar, son irrenunciables e intransferibles. Los más importantes son los derechos al reconocimiento de tu autoría y el derecho que te ampara para mantener y decidir sobre la integridad de tu obra.

II. Derechos de explotación: Son los derechos que protegen tu remuneración por la obra. Puedes cederlos a cambio de una remuneración y su duración también es limitada.

Hay que partir de la base que todos, absolutamente todos los derechos de explotación son tuyos, pertenecen al autor.

Y cuando cedas estos derechos a cambio de una remuneración, tendrás que considerar ciertas complejidades y asesorarte adecuadamente. Nombrar o no un representante depende de ti, y no voy a ser yo como abogado quien te insista. De cualquier forma, tú tienes la responsabilidad última sobre tus derechos, tu patrimonio literario.

Las 10 claves del contrato de Edición

Es importante que negocies ciertos límites a tu cesión de derechos, aunque ello sea complicado para un autor novel, poniendo atención a las siguientes diez claves:

  1. La remuneración: Lo primero es lo primero. Como autor tienes todos los derechos de explotación de tu obra y el derecho a una adecuada remuneración por su cesión. La remuneración será directamente proporcional a tu nivel de influencia y fama. Tú eres el único facultado para autorizar su reproducción o publicación, distribución, comunicación pública, así como su transformación. Tienes que tener claro que el contenido genera un beneficio directo o indirecto a la editorial y por lo tanto has de valorar tu aportación, sin la cual el negocio editorial no es posible.
  2. Cánones o Royalties: La remuneración por la cesión de derechos es lo que se conoce como "canon" o en la terminología anglosajona, "royalties". Dependiendo del autor y la editorial el canon puede oscilar entre un cinco y un 15% y, en muchos casos, está escalonado en función del número de copias que se vendan. También variará si se trata de ediciones digitales o en países o lenguas extranjeras.
  3. Pagos a cuenta: Generalmente se establece un pago a cuenta al autor a la firma del contrato que varía igualmente en cada caso.
  4. El territorio y los idiomas: Este factor será el que determine con claridad en qué países se va a distribuir tú obra y debes tratar de no ceder los derechos a nivel mundial ni en todos los idiomas.
  5. Publicación Digital: Tú decides también si vas a ceder los derechos para publicar tu obra en formato digital o al menos clarificar cuales son los medios en los que la obra se va a difundir digitalmente.
  6. Obras o productos derivados: Tu obra podrá convertirse en película, animaciones, juegos y adoptar formatos digitales variados, online o en soporte magnético. Igualmente podrán desarrollarse otros productos comercializables. Como autor, es conveniente que clarifiques hasta qué punto cedes tus derechos en estos productos.
  7. Manuscrito: El manuscrito final se entrega en formato digital, generalmente en Word y adjuntando un par de copias impresas, dependiendo del editor. Es importante que se entregue con acuse de recibo señalando la fecha. El manuscrito se entregará con las páginas claramente numeradas, incluyendo el índice y cualquier instrucción o ilustraciones que quieras sugerir en su publicación. También puedes sugerir el título y el texto u otros detalles de la portada y contraportada, aunque generalmente será el Editor quien elija de acuerdo a su criterio editorial y comercial.
  8. Revisión: El editor se reservará el derecho de revisar y modificar, con tu autorización, el manuscrito. En cualquier caso tú, como autor, habrás de revisar la obra final como un derecho inalienable y sin que ello suponga un coste adicional, en la medida que no cambies sustancialmente la obra original.
  9. Publicación: La fecha de publicación tendrá que negociarse aunque es normal que el editor incluya un margen de algunos meses alrededor de la fecha acordada. El número de ejemplares y el tipo de edición habrá de incluirse igualmente en esa negociación.
  10. Copyright: Generalmente una vez cedidos los derechos de publicación de la obra, la editorial se asignará el copyright de acuerdo al contrato. Un autor establecido puede negociar el copyright a su nombre pero, en la práctica, es algo difícil de conseguir para un autor novel.

Y bien, autor. ¿Hablamos de tu libro?