Los letrados del Parlament rechazan la investidura a distancia de Puigdemont

Los letrados del Parlament rechazan la investidura a distancia de Puigdemont

Los abogados de la cámara autonómica consideran que contraviene su Reglamento.

Francois Lenoir / Reuters

Los letrados del Parlament han elaborado este lunes un informe que rechaza que se pueda investir a distancia a Carles Puigdemont, ya que consideran que contraviene el Reglamento de la Cámara.

El informe defiende que es "imprescindible" la asistencia al pleno del candidato a la Presidencia de la Generalitat. Entre otras razones, porque debe poder debatir oralmente y de forma directa con todos los grupos.

Los letrados esgrimen que, en los sistemas de régimen parlamentario, "atendiendo a la relación de confianza y de responsabilidad política que se establece entre el Parlament y el Govern", es clave la presencialidad de los protagonistas en debates como la investidura o una moción de censura.

Los letrados argumentan que en un debate de investidura es indispensable "ver, sentir y entender en persona".

Consideran que estos debates, "sin la participación directa y personal del candidato o del presidente de la Generalitat, estarían faltos de un elemento esencial del procedimiento, sin el cual éste no podría cumplir su función estatutaria y reglamentaria".

Los letrados argumentan que en este tipo de debates es indispensable "ver, sentir y entender en persona", por lo que ven imprescindible la presencia de todos los protagonistas, incluyendo el candidato a presidente.

Diputados en la cárcel y en Bélgica

El informe también considera que los cinco diputados electos que están en Bélgica y los tres que están en la cárcel no pueden delegar el voto, ya que su ausencia en el plenario no responde a los supuestos que se regulan en el Reglamento del Parlament para delegar el voto.

Añade que la decisión sobre si pueden delegar el voto recae en cualquier caso sobre la Mesa, aunque señala que, si la Mesa decide que pueden delegar el voto, "difícilmente esto encajaría en la letra y el espíritu de la norma".

Consideran que tanto los cinco diputados electos como los tres encarcelados tienen una incapacidad "legal" para ejercer el voto

Recuerda que los supuestos por los que pueden delegar el voto los diputados son "la baja por maternidad o paternidad y los supuestos de hospitalización, enfermedad grave o incapacidad prolongada debidamente acreditadas".

Considera que tanto los cinco diputados electos como los tres encarcelados tienen una incapacidad "legal" para ejercer el voto, por lo que concluye que no entra en los supuestos que les permitiría delegarlo.

Dificultad añadida

La dificultad añadida es que para el pleno de constitución del Parlament del 17 de enero no estará formada la nueva Mesa, ya que precisamente en ese pleno se vota a los integrantes del órgano rector de la Cámara.

Así, los letrados consideran que la delegación del voto deben resolverla o la Mesa de la actual Diputación Permanente o la Mesa de Edad que se formará para el pleno de constitución del Parlament, que la forman el diputado de más edad y los dos más jóvenes.

Los letrados señalan que, a través de una reforma del reglamento, se podrían cambiar todos los supuestos que ahora impiden que Puigdemont sea investido a distancia

Los letrados se inclinan por que resuelva el asunto la Mesa de Edad, que presidirá el diputado de ERC Ernest Maragall acompañado de otros dos republicanos, Ruth Ribas y Gerard Gómez del Moral.

Reforma del Reglamento

Los letrados señalan que, a través de una reforma del reglamento, se podrían cambiar todos los supuestos que ahora impiden que Puigdemont sea investido a distancia y que los ocho diputados electos que están en la cárcel o en Bélgica deleguen el voto.

Sin embargo, señala que esta reforma debería seguir los trámites ordinarios y elaborarse en ponencia conjunta --con la presencia de todos los grupos-- y afirma que "no sería apropiado" tramitarlo por el procedimiento urgente de la lectura única.

Los letrados también avisan de que no es viable que los soberanistas puedan frenar el pleno de constitución de la Cámara ausentándose del mismo, ya que sería un "fraude de reglamento hacerlo" y que no hay un quórum mínimo necesario para un pleno de estas características.