Si tienes una hipoteca con IRPH te pueden devolver dinero desde este jueves

Si tienes una hipoteca con IRPH te pueden devolver dinero desde este jueves

Más de un millón de hogares españoles pueden beneficiarse.

Una calculadora y una escritura de compraventa de una hipotecaEUROPA PRESS / EDUARDO PARRA

Este jueves puede ser decisivo para más de un millón de hogares españoles a los que sus bancos les habrían cobrado más de lo que deberían al referenciar su hipoteca al índice de referencia de préstamos hipotecarios (IRPH).

Tal y como recoge 20 Minutos, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) podría declarar como nulos los préstamos ligados al mencionado índice. La decisión judicial tendrá lugar después de que la Comisión Europea propusiera a los magistrados, en un escrito de alegaciones, que valoraran de nuevo si la banca española utilizó este indicador de manera abusiva.

De esta forma, el órgano judicial tendrá que dictar sentencia acerca de si las entidades financieras españolas incurrieron en malas prácticas al comercializar las hipotecas referenciadas al IRPH sin aplicar un diferencial negativo, tal y como exigía indicaba la Circular 5/1994 del Banco de España.

El texto normativo señala que, con el objetivo de igualar el IRPH con el resto de índices del mercado, “sería necesario aplicar un diferencial negativo, cuyo valor variaría según las comisiones de la operación y la frecuencia de las cuotas”.

El Banco de España emitió esta circular debido a que, por lo general, el IRPH es más perjudicial para los clientes que otros de los índices utilizados en el mercado, como es el caso del Euríbor.

Se han dictado tres sentencias en distintos sentidos

En concreto, esta cuestión prejudicial (la cuarta asociada a este polémico índice) ha sido presentada por la magistrada de Palma de Mallorca Margarita Poveda, quien entiende que la banca española ha contravenido la Directiva 93/2013 de cláusulas abusivas y la 2005/29 de competencia desleal.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea va a estudiar el caso de un matrimonio de Palma de Mallorca que contrató en 2007 un préstamo hipotecario de 200.000 euros vinculado al indicador y a los que se les tendría que devolver unos 40.000 euros.

En las ocasiones anteriores, “se han dictado tres sentencias en distintos sentidos”, según afirma a 20 Minutos el abogado del matrimonio y director de ASJ Jurídico, Adrián Rebollo.

El letrado destaca que “la Comisión Europea apoya nuestra tesis. Estamos esperanzados y creemos que vamos a ganar” y asegura que “la norma del Banco de España exigía que se vendiese el IRPH con un diferencial negativo. La banca española ha contravenido claramente dos directivas europeas”.

Si la sentencia del TJUE fuera favorable al matrimonio balear, el abogado subraya que “los Juzgados de Primera Instancia ya podrían aplicar el fallo” debido a que “estas resoluciones son de obligado cumplimiento desde que se publican”. En consecuencia, no habría que esperar a que el Tribunal Supremo modifique su criterio.

Adrián Rebollo calcula que si la justicia europea considera abusiva la actuación de la banca española, ello significaría “la devolución de 25.000 millones de euros, que es el doble de lo que tienen que devolver los bancos por las cláusulas suelo”. No obstante, las entidades Barclays y Goldman Sachs estiman que la devolución sería de 3.600 y 44.000 millones de euros, respectivamente.