El Gobierno relaja las restricciones en la fase 3: estas son las novedades
Sin franjas horarias, más aforo en los velatorios, reuniones más amplias...

El Boletín Oficial del Estado ha publicado este sábado las novedades de la fase 3 de la desescalada por el coronavirus que ha aprobado el Gobierno de Pedro Sánchez.
Las islas de La Gomera, El Hierro, La Graciosa y Formentera son los territorios que han recibido el visto bueno del Ministerio de Sanidad para pasar a fase 3 de desescalada a patir del día 1 de junio, tal y como informó esta semana el ministro de este Departamento, Salvador Illa.
Serán, por tanto, las primeras en beneficiarse de ellas:
Reuniones: Se permitirán reuniones de hasta un máximo de 20 personas en domicilios y al aire libre, excepto en el caso de personas convivientes.
Franjas horarias: Tal y como expone el BOE, no quedará reservada ninguna franja horaria a colectivo alguno. En el caso de contacto social con personas que se encuentran dentro de los grupos considerados vulnerables al COVID-19, se deberán extremar las medidas de seguridad e higiene.
Circulación: Se podrá circular por la provincia, isla o unidad territorial de referencia a efectos del proceso de desescalada, sin perjuicio de las excepciones que justifiquen el desplazamiento a otra parte del territorio nacional por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependientes o personas con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.
Bares: En cuanto a los establecimientos de hostelería y restauración, además de la apertura del 75% de las terrazas, se les permitirá abrir al público para consumo en el local, salvo los locales de discoteca y bares de ocio nocturno, siempre que no se supere el 50% de su aforo. Además, estará permitido el consumo en barra siempre que se garantice una separación mínima de dos metros entre clientes o, en su caso, grupos de clientes, similar a la distancia que se establece entre mesas.
Terrazas: Las terrazas al aire libre podrán ser ocupadas hasta el 75% de su capacidad en la fase 3 de la desescalada y las zonas comunes y recreativas de los centros y parques comerciales podrán abrirse al público limitando su aforo al 40%, permitiendo, además, la apertura los establecimiento y locales comerciales situados dentro de ellos al 50% de su aforo.
Cines y teatros: Los cines, teatros, auditorios, circos de carpa y similares deberán tener las butacas preasignadas y no superar el 50% del aforo máximo en cada sala. En cualquier otro espectáculo cultural, si es en espacio cerrado el aforo será de hasta 80 personas, siempre y cuando no se supere el 50% del aforo del recinto; y de hasta 800 personas si es al aire libre y las personas están sentadas, sin superar la mitad de la capacidad máxima del aforo.
Museos: Los museos, espectáculos culturales y bibliotecas abrirán con un aforo máximo del 50%. En concreto, a los museos podrán acudir grupos de hasta 20 personas, manteniendo la distancia de seguridad interpersonal.
Zoológicos: Los zoológicos, acuarios y centros recreativos turísticos podrán reabrir al público con una limitación de su aforo total al 50%. Estas instalaciones deberán limitar a un tercio el aforo en las atracciones y lugares cerrados; y las zonas comerciales deberán cumplir con las condiciones y medidas de higiene y/o prevención establecidas por el Ministerio de Sanidad.
Bodas: Las bodas podrán celebrarse con un máximo de 150 personas en espacios al aire libre o de 75 en espacios cerrados, siempre que no se supere el 75% del aforo del recinto.
Velatorios: Los velatorios se podrán celebrar con un máximo de 50 personas en la fase 3 de desescalada si son al aire libre y de 25 si se celebran en espacios cerrados.
Entierros: La participación en la comitiva para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida se restringe a un máximo de 50 personas, entre familiares y allegados, además de, en su caso, el ministro de culto o persona asimilada de la confesión respectiva para la práctica de los ritos funerarios de despedida del difunto.
Lugares de culto: Se permitirá la asistencia a lugares de culto siempre que no se supere el 75% de su aforo, si bien la capacidad máxima se tendrá que publicar en lugar visible y se deberán cumplir las medidas generales de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.
Casinos y casas de apuestas: Los casinos, establecimientos de juegos colectivos de dinero y de azar, salones de juego, salones recreativos, rifas y tómbolas, locales específicos de apuestas y otros locales e instalaciones asimilables a los de actividad recreativa de juegos y apuestas, podrán abrir en aquellos territorios que entren en la fase 3 de la desescalada siempre que no se supere el cincuenta por ciento del aforo permitido y, en todo caso, un máximo de 50 personas, y se cumplan las medidas de higiene y prevención.