¿Sirve un laudo para resolver una huelga? Y otras preguntas sobre el conflicto del Prat

¿Sirve un laudo para resolver una huelga? Y otras preguntas sobre el conflicto del Prat

Analizamos esta figura legal a la que ha recurrido el Gobierno.

Agentes de la Guardia Civil custodian los accesos a las puertas de embarque en el aeropuerto de Barcelona.EFE

Primera jornada de paros indefinidos en los controles de Seguridad de Barcelona-El Prat. Y solo cuatro minutos de cola. Velocidad de Speedy González.

Con un 90% de servicios mínimos y la presencia de guardias civiles para reforzar los controles en el aeropuerto de Barcelona, los paros indefinidos del personal de Seguridad de Eulen están teniendo escaso, más bien nulo, efecto sobre la circulación de viajeros.

Con todo, el ministro de Fomento, Íñigo de la Serna, ha anunciado la convocatoria de un Consejo de Ministros extraordinario el miércoles 16 para nombrar un árbitro de prestigio que imponga las condiciones laborales a los trabajadores de Eulen en el aeropuerto de Barcelona.

El arbitraje laboral, una figura que tan solo se ha empleado una decena de ocasiones en la historia laboral española, puso fin al conflicto en el sector de la construcción que amenazaba con paralizar la edificación de la Villa Olímpica para los Juegos de Barcelona'92. Salvo esta excepción y algún otro asunto de servicios públicos, los laudos han servido tradicionalmente para destrabar conflictos del sector transporte, fundamentalmente los del aéreo. Así, los controladores aéreos rigieron sus condiciones laborales casi cinco años por el laudo arbitral que dictó el exministro de Trabajo Manuel Pimentel en 2011. También los pilotos de Iberia, agrupados entorno al Sepla (Sindicato de Pilotos de Líneas Aéreas), vieron congelados sus salarios en 2010 por orden de un laudo arbitral dictado por el catedrático de Derecho del Trabajo Jaime Montalvo.

Ante una huelga que no parece una huelga, el arbitraje laboral ¿es una buena opción?

Para los gobiernos central, autonómico y local, el laudo sería una alternativa que acabaría con la huelga. La Generalitat y el Ayuntamiento de Alda Colau consideran, sin embargo, que aunque pusiera punto final a los paros "no resolvería el problema".

Poco atinado, acertado, desmedido o no, los expertos en Derecho Laboral consultados por El HuffPost guardan una opinión coincidente sobre el anuncio de arbitraje realizado por el ministro Íñigo de la Serna el viernes pasado. A su juicio, el arbitraje es válido a todos los efectos legales, pero innecesario cuando todavía no se han agotado todas las vías de negociación posibles.

Con este análisis coinciden los catedráticos de Derecho Laboral Eduardo Rojo, de la Universidad de Barcelona, Antonio Baylos, de la de Castilla La Mancha, y Jesús Cruz Villalón, de la de Sevilla. Los tres expertos, con experiencia cada uno de ellos como árbitros en diferentes conflictos laborales, diseccionan la legalidad y oportunidad de las soluciones propuestas por el Gobierno para acabar con las colas en El Prat.

El Ejecutivo ya puso en marcha el fin de semana pasado el procedimiento de inicio de este laudo en previsión de que los trabajadores mantuvieran la huelga. La Abogacía del Estado, a petición del Ministerio de Fomento, ha elaborado ya los pasos legales para nombrar un árbitro. Redactará un informe que irá al Ministerio de Empleo y de este al Consejo de Ministros, el responsable de nombrar a un árbitro que dirima el conflicto. En agosto no se reúne el Consejo, pero Mariano Rajoy adelantó que el día 16 podría hacerlo para abordar la cuestión separatista de Cataluña y aprovechar para nombrar este mismo día un árbitro de prestigio que imponga las condiciones laborales a los trabajadores de Eulen. Dicho y (casi) hecho.

¿SITUACIÓN PREOCUPANTE?

Eduardo Rojo, catedrático de Derecho del Trabajo en la Universidad de Barcelona, pone el foco en la relevancia del momento. El artículo 10 del Real Decreto de 4 de marzo de 1977 sobre Relaciones Laborales establece un instrumento jurídico que hay que utilizarlo en casos relevantes importantes "y mirando, muy mucho, si las circunstancias son consecuentes con la necesidad, si están generando un perjuicio grave a la economía nacional", subraya Eduardo Rojo desde Barcelona. Es decir: para dictar un laudo, "tendría que darse una situación preocupante".

Para dictar un laudo, tendría que darse una situación preocupante.Eduardo Rojo

La norma, aunque preconstitucional, fue validada por el Tribunal Constitucional en la sentencia TC 11/1981, de 8 de abril. Ref. BOE-T-1981-9433, lo que invalida las críticas sobre su vigencia realizadas por los sindicatos mayoritarios, UGT y CC OO.

Entretanto, el Gobierno se adelanta y alega motivos de seguridad para echar mano del arbitraje y reforzar los controles con agentes de la Guardia Civil.

Pero el conflicto, según el análisis del catedrático de Barcelona Eduardo Rojo, no afecta tanto a la seguridad del propio aeropuerto como a su organización, motivo por el que no se entiende la presencia de las fuerzas de seguridad.

Así lo admite la ley, que dice que en en el caso de servicios esenciales para la comunidad "se puede limitar el derecho de huelga si existe riesgo para la seguridad". Este ha sido el argumento esgrimido por el Ministerio de Fomento para intensificar la presencia de la Guardia Civil en El Prat, en contra de lo que opinan los tres catedráticos de Derecho del Trabajo consultados. El ministro responsable, Íñigo de la Serna, en cambio, argumenta que España está en estado de alerta terrorista, extremo que ha sido cuestionado por UGT y CC OO, que también han puesto en cuestión el arbitraje obligatorio porque "atenta gravemente" contra el derecho de huelga.

"El laudo un instrumento jurídico que hay que utilizar en casos relevantes importantes y mirando, muy mucho, si lo que dice este artículo ocurre en la realidad". En opinión de Eduardo Rojo, el anuncio del arbitraje busca desactivar el conflicto por la vía de la presión antes de aplicar lo que decida un experto neutral en Derecho Laboral, pactado por las partes o nombrado por el Gobierno.

También Juan Carlos Giménez, asesor del comité de huelga de Eulen, ha calificado de "ilegal" el laudo arbitral y ha aseverado que la seguridad en el aeropuerto "no está en peligro", al tiempo que ha reprochado al Gobierno que se dedique a "ordenar" en vez de sentarse a hablar".

Por su parte, Antonio Baylos, catedrático de la Universidad de Castilla La Mancha, ve el arbitraje obligatorio como "una medida poco usada, que requiere la imparcialidad de los árbitros y que puede ser impugnado judicialmente" por carecer de los requisitos que la figura exige legalmente. "Se trata de una salida autoritaria, excepcional, que pretende fundamentalmente impedir la huelga convocada, que si persiste tras la emisión del laudo arbitral, se consideraría ilegal y por tanto podría dar lugar a sanciones disciplinarias", adjetiva sucesivamente.

El arbitraje es una salida autoritaria, excepcional, que pretende fundamentalmente impedir la huelga convocada.Antonio Baylos

La medida ha sido rechazada con firmeza por los sindicatos: "Es indefendible que se tomen medidas de carácter excepcional por tratarse de una cuestión tan relevante en un sector tan importante como el del transporte en plena temporada turística, después de externalizar servicios en condiciones laborales de precariedad y bajos salarios", según ha hecho público CCOO en una nota.

De los tres expertos consultados, Jesús Cruz Villalón, catedrático de Derecho del Trabajo de la Universidad de Sevilla, es el único que considera necesario emitir un laudo. A su juicio, las circunstancias lo justifican. "La huelga podría dañar un sector clave de la economía española como es el turismo, no hay atisbo de acuerdo sin nuevas propuestas sobre la mesa", detalla.

"El punto neurálgico aquí es preguntarse si los retrasos en los controles de seguridad de ese aeropuerto impiden el ejercicio del derecho al transporte y a la movilidad de los ciudadanos, o si lo obstaculiza y en qué nivel o grado, para sobre esa base decidir si se imponen servicios mínimos y con qué alcance", le contradice Antonio Baylos desde la Universidad de Castilla-La Mancha. "Naturalmente que una afectación del 90% es previsiblemente contraria al ejercicio del derecho de huelga", continúa, "y por tanto se trata de servicios mínimos que deben ser declarados nulos por vulnerar ese derecho".

SERVICIOS MÍNIMOS DEL 90%

Pese a apoyar el arbitraje, Jesús Cruz Villalón ve desproporcionado el porcentaje de servicios mínimos establecido y menos coherente aún la presencia de la Guardia Civil en el aeropuerto. "El Prat no tiene un problema de seguridad", observa, "por lo que la presencia de las fuerzas de seguridad no está justificada". Lo estaría si, con anterioridad y después de haber comprobado que los trabajadores incumplen los servicios mínimos, la empresa Eulen contrata personal temporal y aún así todavía no logra dar el servicio en el aeropuerto", explica.

El Prat no tiene un problema de seguridad, por lo que la presencia de las fuerzas de seguridad no está justificada.Jesús Cruz Villalón

El Grupo Eulen ganó 14 millones en 2016, un 65% más que el anterior gracias a la aportación de sus filiales internacionales. Los trabajadores de El Prat reclaman un alza salarial de 350 euros y la incorporación de 21 nuevos compañeros, lo que haría una plantilla total de 381 trabajadores en el aeropuerto de Barcelona.

La empresa ha aceptado cerrar esas 21 nuevas contrataciones pero limita el alza salarial a los 200 euros propuestos por la Generalitat, cuya Consejería de Trabajo es la autoridad laboral competente en cualquier conflicto laboral que se produzca en la región, cuantía rechazada por los trabajadores de seguridad, quienes continúan así con la huelga.

GUARDIAS CIVILES ¿Y ESQUIROLES?

Con un 90% de servicios mínimos y la presencia de la Guardia Civil, "esto ha vaciado el derecho de huelga", comenta Eduardo Rojo. "En cierto modo", dice, "se trata de anular este derecho".

Los sindicatos han ido un paso más allá al calificar de la presencia de la Guardia Civil en el aeropuerto de "esquirolaje", un término también empleado por PSOE y Podemos. Con estos, coincide Juan Cruz Villalón, quien dice que aunque no se ajusta al término en derecho -porque se conoce como esquirol a aquel que se presta a sustituir a un huelguista en sus funciones laborales- "los efectos prácticos son muy similares".

"Si los servicios mínimos son desproporcionados, no los podría calificar de esquirolaje pero...", discurre el catedrático de Sevilla con un tono medido que eleva para denunciar que el Gobierno "no está buscando un equilibrio entre las partes en conflicto", señala. "Que el Gobierno boicotea la huelga es un hecho", dice.

"Los trabajadores de Eulen en el aeropuerto barcelonés han dejado claro cuál es la causa principal de su conflicto, que reside en el mecanismo perverso de privatización y licitación de contratas de servicios sobre la base de un precio global reducido como único criterio de adjudicación que conduce necesariamente a la celebración de contratos de obra y servicio por el tiempo de duración de la contrata", le acompaña Antonio Baylos desde la universidad castellanomanchega, "con recortes de plantilla, y a la fijación de salarios extremadamente bajos y diferentes en función del ingreso del trabajador más nuevos respecto de los antiguos".

"Nos quedamos con los paros y hablamos muy poco de la privatización de la seguridad en servicios públicos como transportes y tampoco nos fijamos lo suficiente en las condiciones de trabajo de Eulen ni en las de otras contratas como esta". Eduardo Rojo lamenta que se haga un análisis superficial del conflicto. En opinión del catedrático de Barcelona, los trabajadores utilizan las posibilidades que pueden y cuando pueden. "La huelga es un ejercicio constitucional", dice, "guste o no". Y añade por última vez: "El arbitraje tendrá que hilar muy fino". Porque, para Eduardo Rojo, "hay posibilidades de negociación, al menos hasta ahora".

Le secunda Antonio Baylos para quien, en estos tiempos de devaluación salarial y de precariedad laboral, "la huelga debe poder expresar con claridad cuál es la situación en el ámbito del trabajo".

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